Licencia de apertura
en el municipio de Santander
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¿Cómo obtener la licencia municipal obligatoria en Santander?
El trámite comienza con la presentación de la solicitud en la Oficina de Atención al Ciudadano o de manera telemática a través del portal del Ayuntamiento de Santander. Es imprescindible aportar la documentación requerida, que generalmente incluye planos del local, descripción detallada de la actividad a ejercer y, en ocasiones, proyectos técnicos firmados por profesionales cualificados que certifiquen la adecuación de las instalaciones a la normativa vigente.
Una vez presentada la documentación, se procede al pago de las tasas correspondientes. El expediente será revisado por técnicos municipales, quienes pueden requerir, si es necesario, una inspección del local para verificar que todo esté conforme a la ley.
Si el informe técnico es favorable, el Ayuntamiento concede la Licencia de Apertura, permitiendo así el inicio de la actividad. En algunos casos, se otorga una licencia provisional, pendiente de pequeños ajustes o documentación complementaria. El titular tiene la responsabilidad de mantener las condiciones de la licencia durante el tiempo que ejerza la actividad, y cualquier cambio significativo en el establecimiento o en la actividad puede requerir una nueva licencia o comunicación al Ayuntamiento.
Es importante destacar que el proceso de registro de la Licencia de Apertura es un paso imprescindible para garantizar la seguridad y el cumplimiento normativo antes de iniciar cualquier actividad económica en la capital cántabra.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en el municipio de Santander?
Se han solicitado 41 presupuestos de licencia de apertura en el municipio de Santander . El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 5600€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.