Segregación de finca rústica
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¿Cómo obtener la segregación de parcela rústica en Huesca?
Primero, es fundamental contar con un técnico cualificado, como un ingeniero agrónomo o un arquitecto técnico, para realizar el proyecto de segregación. Este profesional evaluará la finca y llevará a cabo un plan detallado que cumpla con la normativa vigente de la localidad.
Una vez elaborado el proyecto, el siguiente paso es solicitar la licencia de segregación al Ayuntamiento correspondiente en Huesca. Es esencial presentar toda la documentación requerida, que incluye planos, certificados y otros informes técnicos. El técnico se encargará de preparar y gestionar estos documentos, garantizando que cumplan con todas las reglamentaciones.
Una vez aprobada la licencia, se debe proceder a la división física de la finca, que puede incluir la instalación de cercas o la marcación de los nuevos límites en el terreno. Finalmente, es necesario inscribir la nueva división en el Registro de la Propiedad y el Catastro.
Obtener una segregación de finca rústica en Huesca puede parecer complicado, pero con la ayuda de un técnico especializado, el proceso será mucho más sencillo y eficiente.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de finca rústica en Huesca?
Se han solicitado 19 presupuestos de segregación de finca rústica en Huesca . El precio mínimo son 400€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de finca rústica? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias