Las lindes de una parcela representan la línea que separa unos terrenos o propiedades de otros. Es el límite o límites hasta los que superficialmente se extiende la finca o la propiedad sobre la misma.
La delimitación de una finca rústica consta de dos pasos fundamentales: el deslinde y el amojonamiento. Deben de realizarse en ese orden: no puede darse un amojonamiento si anteriormente no se ha realizado el deslinde.
El deslinde de fincas
Es frecuente que se dé el caso de que un propietario no conozca dónde termina exactamente su terreno, por lo que se hará necesario un deslinde del mismo.
Si los propietarios de las fincas que se disputan el límite están de acuerdo será fácil, simplemente marcarlo ellos mismos. En caso contrario, se tendrá que llevar a cabo un deslinde judicial.
Los requisitos fundamentales para realizar el deslinde son los siguientes:
- Las propiedades que son objeto del deslinde deben estar juntas y sin ninguna separación física entre ellas.
- Los intervinientes en el deslinde deben ser los propietarios de las fincas, o bien representantes debidamente apoderados notarialmente.
- La linde no estará claramente definida.
Proceso de deslinde
Si no hay acuerdo entre los propietarios de los terrenos colindantes, la acción que se llevará a cabo será interponer un procedimiento judicial contencioso, ejercitando la acción de deslinde.
Se gestionará por cauces de juicio verbal si la cuantía no supera los 6000 euros, y ordinario en caso de que los supere.
Lo primero que deben aportar los propietarios son los títulos facultativos de la propiedad, tales como las escrituras públicas o el contrato privado de compraventa.
En caso de que no se cuente con la documentación, habría que aportar toda la documentación que se tenga, como el certificado histórico del catastro o cualquier tipo de informe técnico, así como testigos.
El Secretario judicial, una vez admitida la solicitud, notificará el inicio del expediente a las partes, quienes podrán hacer las alegaciones oportunas en el plazo habilitado para ello.
Transcurrido el plazo, se les citará al acto de deslinde para intentar llegar a un acuerdo: si se logra el acuerdo entre los interesados, simplemente el Secretario Judicial levantará un acta de deslinde donde se reflejarán los límites de manera exacta, debiendo ser firmada y aceptada por los propietarios presentes.
De la misma manera, si los propietarios no se ponen de acuerdo sobre dónde se sitúa la línea divisoria, será el juez el que, de manera arbitraria, situará los límites.
El amojonamiento
Se denomina así al proceso de señalar con mojones los linderos de la propiedad. Una vez conocidos, se marcarán los vértices del perímetro con señales que permitan visualizar con claridad dónde se encuentra la divisoria.
Si necesitas realizar un deslinde puedes contactar con un profesional de tu zona que te dará presupuesto y te ayudará en todo el proceso.