Solicitar ayudas para rehabilitación energética
¿En qué consiste una solicitar ayudas para rehabilitación energética? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre solicitar ayudas para rehabilitación energética
En la actualidad cada vez hay más consciencia de la importancia de la sostenibilidad, la rehabilitación energética de edificios se ha convertido en un pilar crucial para reducir las emisiones de carbono y mejorar la eficiencia.
¿Qué son las ayudas de rehabilitación energética?
En línea con el Plan de Acción 2014-2020, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, puso en marcha un programa de ayudas de 200 millones de euros. Estas subvenciones tienen como objetivo promover, en edificios existentes, la realización de reformas que favorezcan el ahorro energético, el aprovechamiento de las energías renovables, la mejora de la eficiencia energética y la reducción de emisiones de CO2. Dada la importancia del objetivo, cualquier edificio puede ser destinatario de estas ayudas, independientemente de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares (a excepción de los edificios agrícolas).
Todas las subvenciones consisten en una ayuda dineraria sin contraprestación, que se complementará con un préstamo reembolsable. La ayuda dineraria sin contraprestación está formada por una ayuda base, que dependerá del objetivo de la rehabilitación, más una ayuda adicional en función del uso del edificio. El préstamo reembolsable tiene un plazo máximo de amortización de 10 años.
Validez de las ayudas de rehabilitación energética
La Unión Europea está plenamente concienciada de estas necesidades y dispone planes de actuación vinculantes para ir reduciendo paulatinamente el consumo energético. El 30 % del consumo energético es de los edificios. La mayoría se construyeron con poco o insuficiente aislamiento térmico, lo que implica un derroche energético en climatización que sale caro a los consumidores, a las comunidades y al medio ambiente. Aislar mejor los edificios será gastar menos combustible, con los consiguientes ahorro económico y reducción de emisiones. Por eso se recurre a la rehabilitación energética de edificios.
Pero, a pesar de sus ventajas, rehabilitar es algo difícil y costoso. Para ayudar a conseguir esa mejora en los inmuebles están las subvenciones para la rehabilitación energética.
El plazo máximo para solicitar las ayudas de rehabilitación energética es hasta el 31 de diciembre de 2023, y no hay un momento específico del año para hacerlo. Pero ten en cuenta que la ayuda dineraria sin contraprestación se paga una vez finalizada la obra de rehabilitación, y tras comprobar que se cumple con todos los requisitos. En caso de no disponer del capital que la obra prevé, se concede un préstamo que cubre el 100% de las obras. Este préstamos cuenta con un plazo máximo de amortización de 10 años. No se trata de un préstamo a interés 0.
Normativa aplicable
El sector de las políticas ambientales está más fuerte que nunca y las Administraciones se están implicando en él, desde Bruselas hasta el municipio más modesto. El objetivo es medioambiental y, técnicamente, de supervivencia: debemos tener ciudades más limpias y sostenibles para hoy y para el futuro. Pero también es una oportunidad de desarrollar un nuevo tipo de economía, basada en nuevos conceptos y con nuevas profesiones o especialidades.
La normativa que pretende hacer más verde nuestra vida es, pues, transversal. Y respecto a la rehabilitación energética de los edificios no falta legislación:
- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Establece las normas que debes seguir a la hora de rehabilitar tu edificio, con el objetivo de cubrir las exigencias de calidad: protección, seguridad, calidad y desarrollo sostenible. Además, es el texto que establece las obligaciones de eficiencia energética de tu edificio. En el Anejo I de esta ley encontrarás toda la documentación e información indispensable que el especialista debe incluir en el proyecto de rehabilitación.
- Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, de certificación de eficiencia energética. Este texto aprueba el procedimiento básico para realizar este documento, así como las obligaciones de propietarios de edificios sobre este asunto. Te interesa conocer esta materia porque es documentación requerida en la solicitud, así como para asuntos de compraventa de inmuebles. En el Capítulo II encontrarás las condiciones técnicas y administrativas.
- Resolución de 25 de septiembre de 2013, para el programa de ayudas para edificios existentes del sector residencial. Como la anterior, esta resolución se dedica a establecer las bases reguladoras y la convocatoria del programa de ayudas de rehabilitación energética, pero centrándose en viviendas y sector hotelero.
- Resolución de 28 de abril de 2015, del IDAE, para el programa de ayudas para pyme y gran empresa industrial, en materia de eficiencia energética. Esta norma estable las bases reguladoras y la convocatoria del programa de ayudas de rehabilitación energética. Si deseas poner al día el nivel de eficiencia energética de tu fábrica, esta es la convocatoria que debes leer.
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden TMA/178/2022, de 28 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la rehabilitación de edificios de titularidad pública y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Detalles sobre la rehabilitación energética
Existen muchos detalles y casos especiales que se nos podrían ocurrir a la hora de hacer la solicitud de rehabilitación energética. Veamos alguno:
- Si eres propietario de varios edificios, puedes solicitar la ayuda para todos ellos, pero deberás hacerlo con solicitudes diferentes. Una para cada uno de los inmuebles.
- No hay problema de que varios beneficiarios diferentes soliciten ayudas para el mismo edificio, siempre y cuando se destinen a objetivos distintos (no pueden ir varias ayudas a cubrir el mismo problema).
- Si te planteas solicitar las ayudas del programa PAREER-CRECE y dudas sobre su compatibilidad con otras subvenciones, que sepas que son compatibles con las ayudas que no tengan su origen en fondos europeos: las de las comunidades autónomas, los planes estatales y las derivadas de los Presupuestos Generales del Estado.
Evidentemente, lo ideal es que consultes estas y otras dudas con un profesional, que podrá profundizar más en tu situación particular.
Cómo son las ayudas de rehabilitación energética
Todas las subvenciones consisten en una ayuda dineraria sin contraprestación, que se complementará con un préstamo reembolsable. La ayuda dineraria sin contraprestación está formada por una ayuda base, que dependerá del objetivo de la rehabilitación, más una ayuda adicional en función del uso del edificio. El préstamo reembolsable tiene un plazo máximo de amortización de 10 años.
¿Cómo obtener las ayudas de rehabilitación energética?
Lo primero que se debe hacer es solicitar la ayuda en caso de cumplir los requisitos mínimos de objetivos y propiedad. Deberás justificar esos objetivos, demostrar que la obra que vas a hacer entra dentro de los parámetros en los que se enmarca el programa PAREER-CRECE. Para ello,, debe deberás tener preparado un proyecto de ejecución de obra, que explique y justifique todos los puntos de la rehabilitación que se pretende hacer. Ese proyecto, que debe encargarse a un profesional (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según sea el tipo de edificio), deberá ser remitido al colegio profesional que corresponda. En el colegio será inspeccionado y visado, y a continuación entregado en el ayuntamiento para ser estudiado y ver si cumple los requisitos para obtener la licencia de obra.
El proyecto se redacta en tres tiempos: anteproyecto, proyecto básico y proyecto ejecutivo. Este último es el que de verdad lleva a la concesión de permisos de obra. Para ello, debe recoger toda la información relevante y completa sobre la obra de rehabilitación. ¿Cómo se va a hacer? ¿Cómo se justifica que haya que hacerla? ¿Qué profesionales estarán implicados y qué harán? ¿Qué seguridad hay? Etcétera. El proyecto ejecutivo debe contener los siguientes documentos:
Trámites previos a la solicitud
a) Una memoria. Se señalarán los agentes implicados, información previa (normativa, antecedentes…), descripción del proyecto (descripción del edificio y el entorno, uso, cumplimiento de la normativa…) y las prestaciones. Se describirán al detalle los elementos implicados en la rehabilitación, y se justificarán las soluciones.
b) Planos. Generales y de detalle, de emplazamiento, localización, secciones, instalaciones, estructura… Todos los que vayan bien y sean necesarios.
c) Anejo de la memoria. Tantos anejos como sean necesarios para definir y justificar la obra.
d) Pliego de condiciones. Contratos implicados y cláusulas administrativas.
e) Mediciones. Las descripciones técnicas necesarias para la especificación y valoración.
f) Estudio de seguridad y salud.
g) Programa de control de calidad.
h) Presupuesto general y justificación del precio.
Además del proyecto, se te requerirá la certificación energética del edificio, un documento que debe ser elaborado por un técnico competente que recoge la información objetiva sobre el estado energético del inmueble. Este irá de clase A a clase G, según sea más o menos eficiente.
Proceso del trámite
- Se presenta la solicitud
- Una vez presentada la solicitud, tienes 15 días para cargar la documentación necesaria: Si la Administración encuentra algún error, te avisará y dará 15 días para subsanarlo.
- Si te conceden la ayuda, tendrás 30 días para confirmar que la aceptas y 60 para firmar el contrato de préstamo.
- A partir del momento de la concesión de la ayuda dispones de 6 meses para iniciarla, y de 12 meses para su finalización y justificación (prorrogables a 18 meses en casos de circunstancias imprevisibles).
La obra de rehabilitación energética necesita de un proyecto que la desarrolle. Con este se consigue, en el ayuntamiento, la licencia de obra que permite ponerla en marcha. El tiempo de elaboración del proyecto dependerá de la magnitud y la dificultad de la obra. Después de ser redactado y firmado, el proyecto pasa al colegio profesional correspondiente para ser visado. Y una vez hecho esto, pasará a estudio del ayuntamiento. Sin contar posibles retrasos, requerimientos añadidos por falta de documentación o imprevistos, es posible que obtengas tus permisos y licencias de obra en, más o menos, un mes.
Además, para solicitar esta ayuda también necesitas la certificación energética de tu edificio. Aunque esto se puede hacer al mismo tiempo que el otro profesional redacta el proyecto de rehabilitación, sigue siendo tiempo añadido. Estos y otros documentos sumarán trámites y tiempo de preparación al proceso.
Documentación a presentar
Presentar la solicitud de ayuda para la rehabilitación energética es un procedimiento sencillo que puedes hacer personalmente, aunque por supuesto puedes delegarlo en una gestoría.
Deberás tramitar la solicitud telemáticamente a través del programa PAREER-CRECE. Además de la solicitud debidamente cumplimentada, se te requerirá cierta documentación que deberás aportar:
– Fotocopia de tu DNI.
– Fotocopia del documento que acredite que eres el propietario del edificio.
– Declaración responsable. Aquí declararás que estás al tanto del cumplimiento de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que no tienes pendiente (o que ya las has cumplido) ninguna obligación de reintegro de otras ayudas, y que no has solicitado o recibido otras ayudas para la misma actuación o finalidad.
– Datos bancarios, para la transferencia del dinero de la ayuda.
– Certificación catastral.
– Certificación energética. De antes de la rehabilitación y la estimada tras la ejecución de la obra.
– Informe de evaluación del edificio.
– El proyecto de ejecución.
Quién puede recibir las ayudas de rehabilitación energética
Hay buenos motivos para que solicites las ayudas a la rehabilitación energética de tu edificio. Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:
- Los que sean propietarios de edificios ya existentes, independientemente de su uso. Eso incluye a las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada.
- Las comunidades de propietarios.
- Las sociedades cooperativas.
- Las empresas que exploten, arrenden o sean concesionarias de edificios así como cooperativas.
- Las empresas que presten servicios energéticos.
Cuánto tarda
El tiempo de concesión de la subvención depende de cada caso en concreto.
Cuanto cuesta solicitar ayudas para rehabilitación energética
Acceder a las ayudas para la rehabilitación energética de viviendas y edificios puede mitigar considerablemente el costo de las mejoras necesarias para aumentar la eficiencia energética. Estas subvenciones, enmarcadas en programas nacionales y regionales, están destinadas a financiar parte o la totalidad de las obras que tienen como objetivo mejorar el rendimiento energético, reduciendo así el consumo y favoreciendo el uso de energías renovables. Los costos de la rehabilitación varían en función de la envergadura del proyecto. Los trabajos podrían incluir desde la mejora del aislamiento térmico, la instalación de sistemas de calefacción y agua caliente más eficientes, hasta la incorporación de equipamientos que utilicen energías limpias. El coste depende de múltiples factores como el tamaño del edificio o vivienda, la ubicación y el tipo de intervención a realizar, pero generalmente el precio por metro cuadrado para la rehabilitación energética podría oscilar entre los \20 y 300 euros\. Las ayudas pueden cubrir una parte significativa de estos costes. Por ejemplo, se puede obtener hasta un \35% del coste total\ para reformas de eficiencia energética o hasta un \60% si se trata de una renovación integral\ que busque un alto rendimiento energético. Además, para incentivar la implementación de fuentes de energía renovable, se podrían conseguir ayudas que cubran hasta un \45% del coste\ de instalaciones como paneles solares. En conclusión, las ayudas para la rehabilitación energética representan una oportunidad valiosa para los propietarios interesados en la sostenibilidad y el ahorro a largo plazo, permitiendo llevar a cabo reformas que de otra manera podrían resultar prohibitivamente costosas.
Requisitos de los beneficiarios
Economía, ecología y legalidad. Hay buenos motivos para que solicites las ayudas a la rehabilitación energética de tu edificio. Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:
- Los que sean propietarios de edificios ya existentes, independientemente de su uso. Eso incluye a las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada.
- Las comunidades de propietarios
- Las sociedades cooperativas
- Las empresas que exploten, arrenden o sean concesionarias de edificios así como cooperativas.
- Las empresas que presten servicios energéticos.
Requisitos de los arrendatarios
Si estás en alguna de esas situaciones, puedes beneficiarte de las ayudas y financiación del programa de Fomento de la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en viviendas.
Los requisitos de los arrendamientos serán:
- El tipo de vivienda serán viviendas unifamiliares y edificios.
- El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.
- Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
- Zonas climáticas D y E: 35%
- Zona climática C 25%
- Zonas climáticas alfa, A y B 20%
- Antigüedad preferentemente anterior 1996
- 70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda.
Los plazos de las ayudas para la rehabilitación energética
El plazo máximo para solicitar las ayudas de rehabilitación energética es hasta el 31 de diciembre de 2022, y no hay un momento específico del año para hacerlo. Pero ten en cuenta que la ayuda dineraria sin contraprestación se paga una vez finalizada la obra de rehabilitación, y tras comprobar que se cumple con todos los requisitos. En caso de no disponer del capital que la obra prevé, se concede un préstamo que cubre el 100% de las obras. Este préstamos cuenta con un plazo máximo de amortización de 10 años. No se trata de un préstamo a interés 0.
Una vez presentada la solicitud, tienes 15 días para cargar la documentación necesaria. Si la Administración encuentra algún error, te avisará y dará 15 días para subsanarlo. Si te conceden la ayuda, tendrás 30 días para confirmar que la aceptas y 60 para firmar el contrato de préstamo.
A partir del momento de la concesión de la ayuda dispones de 6 meses para iniciarla, y de 12 meses para su finalización y justificación (prorrogables a 18 meses en casos de circunstancias imprevisibles).
Sin embargo, esto es algo más que pedir la ayuda y hacer la obra. Como con cualquier construcción o reforma, la obra de rehabilitación energética necesita de un proyecto que la desarrolle. Con este se consigue, en el ayuntamiento, la licencia de obra que permite ponerla en marcha. El tiempo de elaboración del proyecto dependerá de la magnitud y la dificultad de la obra. Después de ser redactado y firmado, el proyecto pasa al colegio profesional correspondiente para ser visado. Y una vez hecho esto, pasará a estudio del ayuntamiento. Sin contar posibles retrasos, requerimientos añadidos por falta de documentación o imprevistos, es posible que obtengas tus permisos y licencias de obra en, más o menos, un mes.
Además, para solicitar esta ayuda también necesitas la certificación energética de tu edificio. Aunque esto se puede hacer al mismo tiempo que el otro profesional redacta el proyecto de rehabilitación, sigue siendo tiempo añadido. Estos y otros documentos sumarán trámites y tiempo de preparación al proceso. ¡Tenlo en cuenta!
300€ - 750€
50%
2 semanas
Hasta el Ayuntamiento
Gestoría y un Técnico cualificado obligatoriamente
Online
No obtener la ayuda por entrega de documentación erronea o insuficiente. La solicitud de la ayuda debe incluir algunos trámites técnicos que tendrá que realizar un profesional cualificado
Sí
¿Te surgen más dudas sobre solicitar ayudas para rehabilitación energética? Nosotros te las resolvemos
- Mejorar la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Mejorar la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
- Sustituir la energía convencional por biomasa.
- Sustituir la energía convencional por energía geotérmica.
Las ayudas de rehabilitación energética podrán solicitarse como máximo hasta el 31 diciembre de 2023.
- La solicitud correspondientemente cumplimentada.
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia del documento que acredite la propiedad del edificio.
- Declaración Responsable.
- Datos bancarios para la transferencia.
- Certificación Catastral que indique que el 70% de la superficie es de uso residencial.
- Certificación energética.
- Informe de Evaluación del Edificio
- El Proyecto de ejecución correspondiente del edificio que deberá incluir la memoria General, el pliego de Prescripciones Técnicas, el estudio de Seguridad y Salud, el programa de Control de Calidad, el estudio de gestión de residuos, las mediciones, la justificación de Precios y el presupuesto General.
Se pagará en el momento en el que finalice la obra y cumpla con todos los requisitos.
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