En anteriores artículos hemos hablado de las diferencias entre los distintos locales de hostelería: bares, cafeterías, restaurantes, etc. Para resumir, indicábamos que la definición exacta y la diferencia entre un tipo de local y otro vienen definidas en las ordenanzas locales de cada municipio y en las normativas turísticas de cada comunidad autónoma.
En general, se define un bar como un establecimiento en el que, principalmente, se sirven bebidas en una barra y opcionalmente también en mesas. En algunos casos puede servir tapas, raciones y menús del día si tiene una cocina habilitada para ello, pero no puede tener una carta de comidas permanente (pues en este caso sería más una cafetería o un restaurante).
En este artículo nos centraremos en el caso exclusivo de que queramos abrir un bar: qué necesito, qué condiciones ha de cumplir el local, qué documentación necesito, etc.
¿Qué necesito para abrir un bar?
Para abrir un bar se necesitan muchas cosas, así que vamos a empezar por el orden que, a nuestro juicio, sería el más apropiado.
1. Consideraciones previas
No vamos a profundizar mucho en este tema, pero algunas de las consideraciones que debemos hacer antes de montar cualquier negocio son las siguientes:
– Estudio de mercado: ¿Cuántos bares hay en nuestra localidad? ¿La zona en la que nos queremos ubicar necesita un bar? ¿A qué clientela quiero atraer? ¿Verdaderamente es un bar el modelo de negocio más apropiado para la zona? ¿Qué bares hay en la zona y cómo son? ¿Tienen éxito?
– Estudio económico: ¿Qué preparación tengo para montar un bar? ¿Qué puedo aportar yo? ¿Qué preparación necesito? ¿Cuántos empleados necesito? ¿Qué preparación han de tener? ¿Cuánto cobrarán los empleados? ¿Qué gastos voy a tener? ¿Cuántos ingresos preveo y cuántos necesito para tener éxito?
En definitiva, antes de lanzarnos a la aventura, es bueno hacer un estudio de mercado serio que, si no nos vemos capacitados para hacerlo nosotros, es muy recomendable que pongamos en manos de profesionales.
2. El local
Una vez que tengamos claro la zona y el tipo de negocio que queramos montar, es hora de elegir el local. En este caso tenemos dos opciones: la más segura es encontrar un negocio que ya fuese un bar y realizar una transmisión y la otra es acondicionar un local que se dedicase a cualquier otra actividad.
- Traspaso de un bar existente: Si cogemos un bar existente, vamos a tener ciertas ventajas. En la mayoría de municipios, podemos hacer una transmisión de la titularidad, es decir, acogernos a la licencia del bar anterior, simplemente cambiando el titular. Las condiciones para poder hacer esto es que la actividad ejercida sea la misma (es decir, un bar), que el local no haya cesado su actividad durante un período determinado (mínimo 6 meses, a veces por tiempo indefinido) y que el titular anterior nos ceda su licencia por escrito. Las ventajas de realizar esta transmisión es que no necesitaremos realizar proyecto de actividad (si no realizamos obras) y, por tanto, podremos mantener el local tal cual está.
- Acondicionar un local existente: Este es el caso más habitual y del que debemos partir al hacer nuestros estudios previos. En términos generales, cualquier actividad nueva ha de cumplir una serie de requisitos en materia de accesibilidad, protección contra incendios, protección contra el ruido, salubridad, etc. Para ello, hay cumplir diversas normativas tales como el Código Técnico de la Edificación (CTE), el planeamiento de nuestro municipio (Plan General de Ordenación Municipal, Normas Subsidiarias, etc.), las normas de turismo de cada comunidad, las leyes de accesibilidad autonómicas, los diversos reglamentos de instalaciones estatales (RITE, REBT, RIPCI), etc.
Algunos de los más restrictivos son los siguientes:
- Accesibilidad: El local ha de ser accesible y por tanto ha de tener una entrada accesible (sin peldaños), al menos un aseo accesible (que quepa un círculo de 1,5 m de diámetro libre en su interior), que las puertas sean accesibles (al menos de 0,80 cm de ancho), que no haya peldaños en el interior, etc.
- Protección contra incendios: El local ha de tener extintores y salidas de emergencia señalizadas, las puertas ha de tener unas características determinadas (normalmente apertura hacia el exterior o automáticas), en algunos casos es necesaria más de una salida, etc.
- Salubridad: Si el bar tiene cocina, plancha o cualquier elemento que produzca humo, habrá de tener una salida de humos hacia el exterior. Hay que tener en cuenta que esta salida de humos no puede extraer el humo hacia la fachada, sino que lo tiene que llevar hasta la cubierta, y esto se ha de realizar por un patinillo o por un patio de luces, no por la fachada principal. También hay que tener en cuenta que el local ha de tener una ventilación adecuada, que normalmente será mecánica, mediante aparatos de extracción e impulsión de aire limpio del exterior.
- Aislamiento acústico: Cualquier actividad que pueda producir ruido necesita un estudio acústico que garantice un máximo nivel sonoro sobre los locales y viviendas adyacentes. Para cumplir con dicho estudio es muy probable que necesitemos aislar toda la envolvente de nuestro local, y más concretamente el techo, que suele estar en contacto con las viviendas. El nivel de aislamiento necesario vendrá requerido por las fuentes sonoras que vayamos a poner: música ambiental, televisión, máquinas recreativas, etc.
Para dar cumplimiento a todas estas normativas, es necesario que un técnico competente realice un proyecto de actividad del local. En este proyecto, se justifica el cumplimiento a todas estas normativas. Pero para ello hay que cumplirlas y por tanto, en la mayoría de los casos habrá que hacer obras en el local.
La clave en este caso es ¿qué obras necesito en mi local para ejercer la actividad de bar? Pues para eso necesitas un técnico competente que realice el proyecto. Por supuesto, en una primera visita, el técnico podrá darte unas indicaciones basadas en su experiencia, pero hasta que no realice el proyecto no podrá dártelas todas, pues muchas medidas dependen de la ocupación, de la superficie utilizada por el público, de la distancia a las salidas, superficie de fachada y de huecos, etc. Una opción posible es realizar un estudio de viabilidad técnico del local, antes de embarcarse a comprar o alquilar el local, que se centre en las medidas necesarias para abrir el local y en su coste. El coste de este estudio sería inferior al del proyecto completo, y sin duda nos puede ahorrar mucho dinero.
3. Documentos técnicos
Los documentos técnicos que necesitaremos serán principalmente dos: un proyecto de actividad, realizado por un técnico competente, (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico) y un estudio acústico, realizado por una empresa homologada.
Como ya hemos sugerido anteriormente, puede que sea conveniente haber realizado antes un estudio de viabilidad técnico del propio local o de otros locales que hayamos descartado. También podemos contratar un servicio de asesoramiento técnico en la búsqueda de locales, si no tenemos claro qué local buscar.
Si el bar tiene terraza, debemos presentar también una documentación técnica para pedir licencia de terraza.
4. Autorizaciones administrativas
Para abrir el local necesitamos tener las correspondientes licencias o autorizaciones administrativas. En principio, la actividad de bar se suele tramitar como comunicación previa, aunque esto dependerá de cada ayuntamiento. Pero si el edificio en el que se integra el bar está catalogado, es probable que se tramite como licencia. Recordemos que la diferencia entre comunicación previa y licencia es que con la comunicación previa podemos comenzar la actividad una vez presentada la documentación, mientras que con la licencia tendremos que esperar para abrir el local a que el ayuntamiento nos otorgue la licencia, lo que se puede demorar unos meses.
Si vamos a realizar obras en el local, existen dos opciones: que las obras sean menores, con lo cual se pueden realizar por comunicación previa conjuntamente con el proyecto de actividad, o que sean mayores, lo cual requerirá de una licencia, un proyecto y una dirección de obra realizadas por un técnico competente.
Si el bar va a tener una autorización de terraza, que al afectar a la vía pública se tramita normalmente por el trámite de licencia.
Por último si vamos a poner un rótulo identificativo en la fachada, también necesitaremos una autorización propia, que se tramitará normalmente como comunicación previa.
Todas estas autorizaciones se solicitan en el departamento de urbanismo del ayuntamiento correspondiente, donde te podrán informar más pormenorizadamente, y se pueden presentar en cualquier registro del ayuntamiento.
Los requisitos y documentación que te exigirá el ayuntamiento para aceptar la solicitud son, habitualmente, los siguientes: fotocopia del DNI, justificante del pago de las tasas correspondientes, póliza del seguro de responsabilidad civil, documentación acreditativa de la disponibilidad del local (contrato de alquiler, escrituras, etc.) y el proyecto o documentación técnica correspondiente.
5. Otros trámites burocráticos
Hemos hablado de los trámites necesarios si quiero abrir un bar, pero no nos hemos de olvidar que para abrir un bar necesito estar dado de alta como profesional del sector, para lo cual necesitaré también lo siguiente:
- Darse de alta como autónomo (o como empresa si es el caso) en la Seguridad Social.
- Dar de alta a los empleados en la Seguridad Social.
- Dar de alta la actividad económica en la Agencia Tributaria.
¿Qué documentos necesito para abrir un bar?
En resumen, la documentación necesaria para abrir un bar es la siguiente: contrato de alquiler del local (o escrituras), proyecto de actividad del bar, estudio acústico, seguro de responsabilidad civil del bar, fotocopia del DNI y justificante del pago de las tasas correspondientes.