Sin duda alguna las piscinas son un atractivo muy importante en una casa. Sobre todo en verano y si se trata de la casa de un amigo. Pero ¿cómo tengo que hacer para construir una piscina en mi terreno? ¿En qué tipos de terreno la puedo construir y en cuáles no?

Normativa urbanística

Las piscinas no son un elemento inocuo, alteran el terreno y el paisaje y, por tanto, necesitan de una autorización administrativa. Para saber si podemos construir una piscina en un determinado terreno debemos conocer las leyes y normativas que le afectan. En concreto la Ley del Suelo de cada Comunidad Autónoma y el planeamiento de nuestro ayuntamiento.

En general, existen tres tipos de suelo en los que se puede categorizar un terreno:

Suelo urbano

Suelo urbanizable

Suelo rústico

A estos tres habría que añadir el suelo de núcleo rural, que es un tipo especial de suelo con un tratamiento similar al suelo urbano, pero que se encuentra en zonas rurales. Esta categoría la podemos encontrar en Comunidades Autónomas con la población muy diseminada por el territorio como Galicia y Asturias.

Suelo urbano

El suelo urbano es sin duda el suelo ideal para construir una vivienda (al igual que el suelo de núcleo rural, en las zonas donde existe). Es el suelo de los entornos urbanos, incluidas las urbanizaciones. Si nuestro terreno se encuentra en suelo urbano, tenemos que leer las ordenanzas concretas de esa zona que se desarrollen en el planeamiento de nuestro ayuntamiento, para saber las características que podrá tener nuestra piscina. Lo normal es que la piscina, al igual que la vivienda principal, tenga que estar retranqueada de los linderos, es decir, separada de los bordes de la parcela, un mínimo de 3 metros.

Suelo urbanizable

El suelo urbanizable es un tipo de suelo que tiene previsto convertirse en urbano en el futuro, pero que todavía no lo es. Para convertirlo en urbano hace falta desarrollar un plan parcial. Es muy improbable que tengamos un terreno en suelo urbanizable, pero si es así, tenemos que informarnos de si está previsto que este se convierta en urbano, de si hay alguna empresa que nos lo quiera comprar o de si nos lo pueden expropiar. Normalmente, existe una normativa transitoria mientras que este suelo no se desarrolla, que suele equivaler a la de un terreno rústico. Aunque nos dejasen hacer una piscina, si somos un pequeño propietario lo mejor que podemos hacer si tenemos este tipo de suelo es venderlo a un precio adecuado.

Suelo rústico

El suelo rústico es aquel tipo de suelo relacionado con las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, o simplemente aquel suelo en el no se puede construir por estar cerca del mar, de un río o de cualquier entorno natural protegido. El suelo rústico se rige principalmente por la Ley del Suelo de cada Comunidad Autónoma. Está prohibido construir viviendas en suelo rústico, y por tanto no tiene sentido hacer una piscina. Aún así en ciertos casos sí que se puede, con la debida justificación. Veamos con más detalle este caso.

¿Cómo tramitar una licencia de piscina?

Vale, ya sabemos que podemos construir una piscina en nuestro terreno. ¿Cómo se tramita? Dependiendo de las características de la piscina podremos tramitar la autorización como licencia o como comunicación previa. En la mayoría de los casos, debido a que la piscina implica un movimiento de tierras, aunque sea mínimo, es necesaria la presentación de una licencia acompañada de un proyecto realizado por un técnico competente.

En algunos casos, si la piscina es de reducidas dimensiones, puede que nos acepten tramitarla como comunicación previa, acompañada de una memoria igualmente redactada por un técnico competente. En esta se especificarán las dimensiones, las características constructivas, el presupuesto y se justifique la normativa urbanística.

En cualquiera de los casos debemos estar asesorados por un técnico competente que nos indique dónde podemos construir la vivienda y dónde no, dónde es más recomendable a nivel constructivo y qué tipo de piscina nos conviene más, etc.

Si la piscina se realiza con proyecto, el técnico deberá supervisar la realización de la obra y el ayuntamiento nos deberá otorgar la licencia de primera ocupación una vez finalizada, como cualquier otro tipo de construcción.

Si la piscina ya está realizada pero nunca hemos tramitado su autorización, deberemos legalizarla mediante un expediente de legalización, que equivale a un proyecto pero hecho a posteriori. Tanto los ayuntamientos como la APLU en Galicia, tienen cada vez más recursos que vigilan las ilegalidades para proteger el paisaje.

Precio para construir una piscina

El precio para construir una piscina depende de sus características y de sus dimensiones. Lo habitual es que queramos una piscina enterrada, ya sea de obra o prefabricada. Aunque las piscinas prefabricadas pueden ser un poco más baratas, nos dan muchas menos posibilidades. La única diferencia estriba en el vaso, porque la excavación, la solera y la instalación general van a ser similares.

Una piscina sencilla de obra, de unos 7 m x 3 m, puede rondar en torno a los 15.000 euros. El coste de la tramitación dependerá del tipo de proyecto que se haga y de las tasas que cobre el ayuntamiento. Puede rondar entre los 1.000 euros y los 2.000 euros en total.

Si queremos construir una piscina olímpica, una infinita, de arena o de diseño el presupuesto puede superar los 100.000 euros.

Una alternativa no muy cara es hacer una piscina alargada, de la longitud de una piscina olímpica o de una piscina corta. Así se pueden hacer largos, pero con un solo carril, que puede rondar entre 30.000 euros y 40.000 euros.

Si optamos por una piscina prefabricada, por ejemplo de fibra de vidrio o de poliéster, podríamos llegar incluso hasta los 10.000 euros. Dependerá del tipo de excavación necesario, pero tendremos más limitaciones.

Conclusión

No siempre se puede o es recomendable construir una piscina en cualquier sitio. Antes de construir una piscina, infórmate en tu ayuntamiento o consulta a tu técnico de confianza.

Silja Molist López
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