Boletín de agua
en el municipio de Santa Maria del Mar
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¿Cómo obtener el boletín de agua en el municipio de Santa Maria del Mar?
El primer paso para obtener el boletín de agua es acudir a la oficina de servicios municipales correspondiente. Allí, se deberá presentar la documentación requerida, como el título de propiedad del inmueble o contrato de arrendamiento, además del DNI del titular.
Una vez realizada la presentación de documentos, se procederá a la inspección del inmueble por parte de un técnico autorizado. Este se encargará de verificar que el domicilio cumple con los requisitos necesarios para el suministro de agua, como contar con una instalación adecuada y segura.
Posteriormente, se procederá a la instalación del contador de agua en el inmueble. Este dispositivo permitirá medir el consumo de agua y garantizará un cobro justo y equitativo.
Finalmente, una vez completado el proceso de registro y confirmada la instalación del contador, se emitirá el boletín de agua correspondiente al inmueble. Este documento es fundamental para poder disfrutar del servicio de suministro de agua potable en Santa Maria del Mar.
En resumen, obtener el boletín de agua en el municipio de Santa Maria del Mar implica presentar la documentación requerida, pasar una inspección técnica y contar con un contador de agua instalado adecuadamente. Este proceso garantiza un suministro eficiente y seguro para los ciudadanos del municipio.
¿Cuánto cuesta realizar el boletín de agua en el municipio de Santa Maria del Mar?
Se han solicitado 22 presupuestos de boletín de agua. El precio mínimo son 50€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.
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