Boletín de agua
en el municipio de Alaior
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¿Cómo obtener el boletín de agua en el municipio de Alaior?
Para obtener el boletín de agua, es necesario presentar una serie de documentos, como el DNI o NIE, la escritura de propiedad o contrato de arrendamiento, así como un certificado de empadronamiento. Estos documentos son indispensables para confirmar la titularidad del inmueble y establecer la conexión al suministro de agua.
Una vez presentados los documentos, la Oficina Municipal de Atención al Ciudadano se encarga de realizar el trámite correspondiente y emitir el boletín de agua. Este documento certifica que el inmueble cumple con los requisitos necesarios para contar con el servicio de agua potable.
Es importante destacar que, sin el boletín de agua, no es posible disfrutar del suministro de agua en el municipio de Alaior. Por tanto, se recomienda a todos los residentes realizar este trámite para evitar cualquier inconveniente.
En conclusión, obtener el boletín de agua en Alaior es un procedimiento necesario y obligatorio para contar con el servicio de agua potable en el municipio. A través de la Oficina Municipal de Atención al Ciudadano, se lleva a cabo un proceso de registro que garantiza la titularidad del inmueble y garantiza el suministro adecuado de agua a los residentes.
¿Cuánto cuesta realizar el boletín de agua en el municipio de Alaior?
Se han solicitado 127 presupuestos de boletín de agua. El precio mínimo son 50€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.
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