Boletín de agua
en el municipio de Málaga
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¿Cómo obtener el boletín de agua en el municipio de Málaga?
Para comenzar el proceso de registro, el usuario debe acercarse a una empresa instaladora autorizada que cuente con un técnico competente para realizar la instalación o inspeccionar y certificar la ya existente. Una vez completada la instalación o revisión, la empresa emite el Boletín, que es un certificado de que la instalación cumple con todas las normativas de seguridad y sanidad.
Posteriormente, este Boletín debe ser presentado ante el proveedor de servicios de agua local, en este caso Emasa (Empresa Municipal de Aguas de Málaga), para su registro. Generalmente, se requiere una cita previa que se puede solicitar por teléfono o mediante la plataforma o página web de Emasa. En la cita será necesario presentar el Boletín de Instalación de Agua, la documentación que justifique la identidad del titular y, en ocasiones, planos o proyectos técnicos de la instalación.
Una vez entregada y validada toda la información necesaria por Emasa, el registro se formaliza, y se concede la autorización para el suministro de agua, asegurando así que los usuarios reciben un servicio adecuado y con las máximas garantías de seguridad y calidad.
¿Cuánto cuesta realizar el boletín de agua en el municipio de Málaga?
Se han solicitado 606 presupuestos de boletín de agua en la provincia de Málaga . El precio mínimo son 60€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
No existen tasas administrativas para registrar un boletín de agua en Andalucía.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.
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