Boletín de agua en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
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¿Cómo obtener el boletín de fontaneria en Santa Cruz de Tenerife?
El primer paso para obtener el boletín de agua es acudir al departamento de suministros del Ayuntamiento. Allí, se debe presentar la documentación requerida, como el DNI del titular del inmueble, la escritura de propiedad y los datos de contacto.
Posteriormente, se realiza una inspección en el lugar donde se solicita el suministro de agua. En esta visita, se verifica el estado de las instalaciones y se evalúa la viabilidad del suministro.
Una vez aprobada la inspección, se procede a la instalación del contador de agua en el inmueble. Esta instalación es realizada por personal autorizado y se realiza siguiendo las normas establecidas.
Finalmente, se firma un contrato de suministro de agua y se entrega el boletín de agua al titular del inmueble. Este documento es necesario para realizar los trámites de contratación del servicio de agua.
En conclusión, el proceso de obtención del boletín de agua en el municipio de Santa Cruz de Tenerife requiere de cumplir con los trámites y requisitos establecidos por el Ayuntamiento, así como de la inspección y posterior instalación del contador de agua en el inmueble.
¿Cuánto cuesta realizar la boletín de agua en el municipio de Santa Cruz de Tenerife?
Se han solicitado 75 presupuestos de boletín de agua en el municipio de Santa Cruz de Tenerife . El precio mínimo son 50€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.