La contaminación acústica es el exceso de ruido que altera las condiciones normales del ambiente en una determinada zona. En este post te contamos las características de la Ordenanza Municipal contra la contaminación acústica.
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¿Qué es la contaminación acústica?
Se puede definir la contaminación acústica o contaminación sonora al exceso de sonido (o ruido) que altera las condiciones normales del ambiente en una determinada zona. Sabemos que el ruido no se acumula, traslada o mantiene en el tiempo como otro tipo de contaminaciones, pero puede causar grandes daños en la calidad de vida de las personas si no se controla bien.
Utilización de un sonómetro
Para la medición de la intensidad del ruido se utiliza un sonómetro, algunas personas los conocen como “medidor de decibelios”, aunque este no es el nombre técnico.
En la actualidad, los Ayuntamientos tienen competencias a la hora de de velar por la calidad ambiental; y, más en concreto, por la contaminación acústica. Cada ayuntamiento tiene su correspondiente reglamento u ordenanza municipal en el que se detalla todo lo relativo al ruido.
Por ejemplo, el Concello de A Coruña, aprobó en el año 2014 la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica.
¿Cuáles son las principales características de la Ordenanza Municipal contra la contaminación acústica?
Vamos a analizar los puntos fundamentales sobre la ordenanza municipal de La Coruña, en el resto de ayuntamientos los requisitos suelen ser similares, pero en caso de interés lo mejor es que revises la información correspondiente a tu municipio.
- En el artículo 6, se divide el día en tres períodos: Diurno, de 7h a 19h; vespertino, de 19h a 23 h y nocturno, de 23h a 7h respectivamente.
- En el artículo 8 se definen áreas acústicas en función del uso predominante existente en cada área.
- En los artículos 22, 23 y 24 se definen las condiciones exigibles a la edificación y sus instalaciones. Esto se suele medir para conseguir trámites como la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación.
- En los artículos del 25 al 40 se definen las condiciones exigibles a actividades comerciales, industriales y de servicio. Esto se define también en la licencia de actividad.
- En los artículos del 65 al 76 se define el régimen sancionador, en el que se detallan las multas por ruidos.
La siguiente tabla muestra el límite de decibelios establecido por la Ordenanza Municipal en sectores de territorio con uso predominante residencial.
Por el día | Por la tarde | Por la noche | |
En un piso o vivienda | 55 dB | 55 dB | 45 dB |
Los decibelios permitidos en la calle estarán comprendidos entre los 50dB y 65dB por el día y por la tarde, y de 40dB a 55 dB por la noche, en función del uso predominante existente en la zona.
Las sanciones por ruidos acarrearán multas entre 600 euros y 300.000 euros, en función de si son infracciones leves, graves o muy graves.
Si tienes algún problema por ruidos puedes consultar con nuestros expertos que podrán ayudarte tanto en la medición o estudios de sonido, como en el aislamiento y la insonorización.