Concesión de aguas

La concesión de aguas es un permiso legal otorgado por el Estado para el uso exclusivo de recursos hídricos. Este derecho permite aprovechar agua para consumo, riego o generación de energía, garantizando su gestión sostenible.

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Todo lo que necesitas saber sobre concesión de aguas

¿Qué es la concesión de aguas?

El agua es un bien preciado y escaso. Como bien sabrás, la ley te da derecho de uso de las aguas superficiales y subterráneas que corren por tu finca, pero ese uso está supeditado a ciertos permisos. Por ejemplo, la legalización de tu pozo de agua: aunque tengas el pozo construido, no podrás usarlo sin un permiso de la Administración, so pena de caer en graves sanciones.

El uso del agua está regulado porque su escasez obliga a ello. Ten en cuenta que si todos los vecinos aprovechan el agua a su capricho, se pueden producir rápidamente situaciones de sobreexplotación. Es algo que puede ocurrir, por ejemplo, si un vecino explota un acuífero subterráneo hasta dejarlo seco o sin utilidad. En ese caso, el resto de los vecinos de la comarca quedarían sin agua y, además, se afectaría peligrosamente el equilibrio del ecosistema, favoreciendo situaciones como la salinización de los acuíferos o la desertización del territorio.

Esto debe ser así porque tienes derecho a disfrutar del agua, pero el agua es de todos. Para garantizar el correcto reparto o aprovechamiento, la Administración debe controlar y regular la explotación de los recursos hídricos.

Esta regulación se hace mediante permisos de aprovechamiento y concesiones de agua, que serán de un tipo u otro según sea el destino del recurso. En el caso de que necesites agua para regar tus cultivos, necesitas una concesión de agua para riego.

La concesión de agua para riego es un permiso administrativo para usar el agua de la que dispones en tu finca para regar. Esta agua puede proceder de fuentes superficiales (aguas que corren al aire), o subterráneas (extraídas del subsuelo por medio de pozos y sondeos).

La concesión de agua está fuertemente regulada y debe pasar un trámite administrativo que puede ser largo y complejo.

Como titular de la parcela tú eres la persona que debe presentar la solicitud de concesión de agua para riego, aunque puedes delegar la presentación en terceros, como por ejemplo una gestoría. Evidentemente, tu participación es posible una vez estén todos los trámites previos finalizados, porque los posibles proyectos de obra, estudios y memorias agronómicas deben ser realizadas por un profesional del sector.

La Administración que recibe tu solicitud será un organismo de cuenca. Se llama así a los órganos competentes en la administración de los recursos hídricos. Las Confederaciones Hidrográficas son los organismos de cuenca que dependen del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Pero las comunidades autónomas pueden tener delegadas ciertas competencias sobre los recursos hídricos de su territorio, cuya administración se realizará por Agencias del Agua u otros organismos de cuenca similares.

Otra parte interviniente puede ser la comunidad de regantes. Esta es una corporación de derecho público, adscrita al organismo de cuenca de la región, que organiza el aprovechamiento colectivo de las aguas públicas. Son, en definitiva, tus vecinos agricultores, que gestionan en común y de manera equitativa el recurso disponible.

Precio

450€ - 750€

Tiempo de realización

1 - 3 meses

Profesional cualificado necesario

Técnico competente con conocimientos en impacto ambiental y en estudios agronómicos. Suelen ser ingenieros agrónomos.

¿Puedo hacerlo yo?

No

Última fecha de revisión:
13 Junio 2024
Tramite redactado por:
Sebastián Hollmann
Licenciado en Comunicación responsable de gestión de contenidos
SEDE: Paseo Independiencia 24-26. Zaragoza
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