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Ubicación
Localización
Jaén, Granada, Córdoba , en España
Desplazamiento
Sus ubicaciones y alrededores
(hasta 195kms)
Servicios que realiza (11)
Levantamiento de planos
Certificado energético
Inspección técnica de edificios
Informe evaluación de edificios
Cédula de habitabilidad
Segregación vivienda
Licencia de apertura
Tasación vivienda
Licencia turística
Licencia de actividad
Licencia de terraza
Nuestros servicios están dirigidos a:
Personas que quieren reformar su inmueble y desean tener un plano con los datos necesarios para poder planificar mejor la obra.
Personas que quieren vender su propiedad y desean tener un plano atractivo para mostrárselo a sus posibles compradores.
Personas que quieren comprar una vivienda, local, nave, etc…y desean tener un plano real para comprobar que su compra se adapta a sus necesidades, o poder planificar futuras obras.
Decoradores, empresas de reformas, promotoras e inmobiliarias, a los que ofrecemos la posibilidad de realizar todos los planos necesarios para reformar cualquier espacio, lo que les permitirá ofrecer un valor añadido a sus clientes.
Nuestro equipo está formado por Arquitectos y Delineantes, lo que permite optimizar los recursos y ofrecer una amplia gama de servicios orientados a la reforma de cualquier espacio.
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Equipo especializado en inspecciones tecnicas de edificios en jaen almera y granada, tramitamos todos los tramites tasas y papeleo necesarios hasta la obtencion de la certificado final del Ayuntamiento, incluyo elaboramos el proyecto de reparacion o rehabilitacion de la viviendas, ademas de los presupuesto pertinentes para las obras que tengan que acometerse en su edificio.
¿Qué es el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE)?
El Informe de Evaluación de los Edificios (en adelante IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, al menos en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética. La Administración urbanística puede requerírselo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, según un calendario establecido.
Que es la CELULA de HABITABILIDAD?. Documento que debe recoger si la finca elegida es la idónea para el uso que se pretende dar a la vivienda. Debe elaborarse antes de la ocupación de una vivienda de nueva construcción. Es imprescindible para la obtención de una hipoteca.
¿Cuáles son los requisitos de la cédula de habitabilidad?
El principal requisito de la vivienda usada o preexistente es que este escriturado como vivienda. Además, existen muchos otros requisitos que describe el Decreto 141/2012. Entre otros, según la normativa vigente, detallamos las condiciones de habitabilidad en las viviendas preexistentes, construidas con anterioridad al 11 de agosto de 1984
Requisito 1
Composición
Todas las viviendas usadas o preexistentes tienen que estar compuestas, como mínimo, por una sala, una cámara higiénica y un equipo de cocina.
Requisito 2
Acceso
2.1 El acceso a la vivienda se tiene que realizar a través de un espacio público, un espacio común o de espacio anexo a la misma vivienda al que se tenga acceso de la misma forma.
2.2 El acceso a la vivienda es la puerta que comunica la vivienda con el exterior. Este acceso no puede servir de acceso obligado a cualquier local que no sea de uso exclusivo de la misma vivienda o comunitario.
2.3 Los espacios de acceso del edificio que la contiene deben tener un sistema eléctrico de iluminación de modo que cuando se transite puedan quedar iluminados.
Requisito 3
Construcción
La construcción que conforma o afecta a la vivienda debe:
a) Ser sólida.
b) Evitar que rezume humedad.
c) Ser estanca a las aguas pluviales.
d) Evitar la inundación de la vivienda.
e) Tener el suelo pisable, tanto de la vivienda como de su acceso. El suelo tiene que estar completamente pavimentado, no ser polvoriento y no implicar peligro para las personas. Donde haya un desnivel superior a 0,60 m se tendrá que disponer de elementos protectores o barandillas resistentes a los golpes.
Requisito 4
Superficie útil interior
4.1 La superficie útil mínima de las viviendas usadas o preexistentes a la entrada en vigor de este Decreto es de 20 m².
La superficie útil interior es la comprendida dentro del perímetro definido por la cara interna de los cierres de cada espacio habitable. Del cómputo de superficie útil, quedará excluida la superficie ocupada por los cierres interiores de la vivienda, sean fijos o móviles, por los elementos estructurales y por las canalizaciones o conductos con sección horizontal superior a 0,01 m², así como las superficies de las zonas con una altura libre inferior a 1,90 m y las superficies de terrazas y otros elementos exteriores.
4.2 Excepcionalmente, se admiten viviendas con una superficie útil mínima de entre 15 m² y 20 m² que hayan sido construidas con licencia de obras solicitada antes del 1 de febrero de 1984 y que dispongan de cédula de habitabilidad vigente obtenida antes de la entrada en vigor de este Decreto.
Requisito 5
Piezas
5.1 La sala es un espacio de uso común que tendrá que disponer de una superficie útil no inferior a 10 m², sin ningún estrangulamiento en planta inferior a 1,40 m, excepto en el paso entre sala de estar-cocina, admitirá la inscripción de un cuadrado que mida 2,40 × 2,40 m y no contendrá ningún aparato higiénico.
La sala tendrá que disponer de una apertura en fachada al espacio público, patio de manzana o patio de parcela, directa o a través de una galería, de modo que entre 0,80 m y 2,00 m de altura tenga como mínimo una superficie de 0,80 m², y no podrá hacerse, en ningún caso, a través de la sala, la ventilación obligatoria de ninguna otra pieza. Si la apertura es al patio de parcela, este no tendrá una superficie en planta inferior a 4 m² y permitirá la inscripción de un círculo de 1, 80 m de diámetro.
Si la sala de estar-comedor integra el espacio del equipo de cocina (EMC), la superficie útil mínima será de 14 m². La superficie vertical abierta que relacione estos dos espacios no será inferior a 1,40 m².
5.2 Las habitaciones deberán tener una superficie útil no inferior a 5 m² y admitir la inscripción de un cuadrado que mida en planta 1,80 × 1,80 m. Se tendrán que poder independizar y no podrán contener ningún inodoro, lavadero o vertedero, ni el equipo obligatorio de cocina o de lavado de ropa.
Las habitaciones tendrán que disponer de una apertura en fachada al espacio público, patio de manzana o patio de parcela, directa o a través de una galería, de manera que entre 0,80 m y 2,00 m de altura tengan, como mínimo, una superficie de 0,40 m².
5.3 La galería es la pieza que tiene un ventanal que da directamente al aire libre con una superficie acristalada no inferior al 60% de su superficie de fachada. La superficie de iluminación y ventilación no tiene que ser inferior a la suma de las superficies de iluminación y ventilación de las estancias que se abran al exterior.
5.4 Una apertura es una puerta o ventana practicable. La superficie de una apertura es la de su paso abierto o de su superficie translúcida.
Requisito 6
Equipo
El equipo mínimo del que tiene que estar dotada una vivienda para que sea habitable debe cumplir los siguientes requisitos:
6.1 Tener una instalación de agua fría y caliente que:
a) Esté en buen estado.
b) Como mínimo, sirva al fregadero de la cocina, a un lavabo y a una ducha o bañera.
c) Si el suministro es por captación propia, que disponga de un depósito de reserva de 200 litros.
d) Permita un consumo seguido de 50 litros de agua a una temperatura de 40 grados y con un caudal de 10 litros por minuto.
6.2 Disponer de un sistema de evacuación de aguas residuales de forma que:
a) Esté en buen estado.
b) Conecte con todo el equipo que lo requiera.
c) Todos los desagües tengan un dispositivo sifónico.
d) Si en su entorno existe una red pública de alcantarillas, que conecte con esta, y si no existe, que las aguas sucias no se viertan al exterior si no se depuran previamente.
6.3 Si la vivienda está situada en un núcleo urbano, o tiene la posibilidad de estar conectada a una red exterior de suministro de energía eléctrica con condiciones económicas similares a las de una vivienda situada en el núcleo urbano, tiene que disponer de una instalación interior de forma que:
a) Tenga un punto de luz con interruptor independiente en cada pieza.
b) Tenga un enchufe para cada aparato de equipo obligatorio.
c) Tenga dos enchufes en la sala y en la cocina, y uno en las habitaciones. En caso de que la sala contenga el equipo de cocina, tiene que disponer como mínimo de cuatro enchufes.
d) No implique un riesgo para las personas ni perturbaciones en el funcionamiento normal de otras instalaciones.
e) Disponga, como mínimo, de un interruptor de control de potencia (ICP).
6.4 Disponer de un equipo higiénico, entendido como los aparatos higiénicos que, con la dotación de agua corriente correspondiente y el desagüe, están destinados a la higiene y evacuación del cuerpo humano, de forma que:
a) Esté formado como mínimo por un lavabo, un inodoro y una ducha o bañera en buen estado.
b) El inodoro tiene que estar incluido en una cámara higiénica independizable.
c) La ducha o bañera debe tener impermeabilizado su suelo y sus paramentos hasta una altura de 2,10 m.
d) La cámara higiénica tenga una ventilación al aire libre directa o a través de un conducto en el que se active mecánicamente la ventilación. Si el conducto es vertical, la ventilación puede ser activada estáticamente.
6.5 Tener instalado un equipo de cocina de forma que:
a) Esté formado como mínimo por un fregadero y un aparato de cocción eléctrico o de gas.
b) Esté en una misma pieza.
c) La pieza donde esté incluido no contenga ningún aparato del equipo higiénico.
d) La pieza donde esté incluido tenga una ventilación al aire libre directa o a través de un conducto en el que se active mecánicamente la ventilación. Si el conducto es vertical, la ventilación puede ser activada estáticamente.
6.6 Tener instalado o admitir directamente la instalación de un equipo de lavado de ropa de modo que en el espacio previsto haya, como mínimo, una toma de agua fría, un desagüe y una toma de corriente.
¿ QUE ES UN INFORME, UN DICTAMEN, UN CERTIFICADO … ?
¿ QUE ES UN INFORME TECNICO ?
Es la exposición por escrito de las circunstancias observadas en el
reconocimiento de precios , edificaciones ,documentos , etc… , o en
el exámen de la cuestión que se considera , con explicaciones técnicas
, económicas , etc
¿ QUE ES UN DICTAMEN ?
Es la exposición por escrito de la OPINION que emite el Arquitecto
sobre la cuestión sometida a consideración , y justificada en base al
informe técnico.
¿ QUE ES UNA PERITACION ?
Es el Dictámen Pericial , oral o escrito , que con arreglo a la Ley se
emite en un juicio o sumario como medio de prueba , después del
exámen de los hechos relacionados con la edificación y/o el suelo
que se someten a apreciación , ejercitándo los conocimientos y la
práctica profesionales necesarios para discernir sobre aquéllos.
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¿Qué es una tasación?
Una tasación se entiende como la valoración de un objeto, ya sea una vivienda, una joya, etc. Si nos referimos a las tasaciones inmobiliarias las podemos definir como un informe o documento destinado a determinar el valor de los inmuebles en el mercado en relación con la oferta y la demanda en determinado momento
Las tasaciones que se realizan con finalidad hipotecaria tienen efectos jurídicos, por lo que están sujetas al cumplimiento de normas relativas a quién puede hacerlas y cómo deben hacerse para poder asegurar que el valor de tasación que se calcula es válido. Por eso los informes de tasación los elaboran las sociedades de tasación homologadas y supervisadas por el Banco de España, y analizan aspectos técnicos y jurídicos de la vivienda que pudieran afectar a su valor
La valoración de la vivienda la realiza un arquitecto o arquitecto técnico que además cuenta con formación específica en materia de valoración. Este técnico no realiza la tasación a título individual, sino que está adscrito a una sociedad de tasación que pone a su disposición medios técnicos para realizar su trabajo (herramientas informáticas, bases de datos, estudios técnicos) y controla la calidad de la valoración emitida
El técnico tasador está sujeto a un régimen de incompatibilidades que garantiza su independencia, y que no puede tener ningún tipo de interés particular en la valoración
El valor de tasación es generalmente el valor de mercado de un bien, salvo que el mismo esté sujeto a algún tipo de protección oficial, en cuyo caso el valor de tasación se corresponderá con el valor máximo legal del bien
El valor de mercado es el importe neto que razonablemente podría esperar recibir un vendedor por la venta de una propiedad (bien valorado) en la fecha de la valoración, mediante una comercialización adecuada, y suponiendo que existe al menos un comprador potencial correctamente informado de las características del bien, y que ambos, comprador y vendedor actúan libremente y sin un interés particular en la operación
El precio máximo de venta de un bien sujeto a protección pública establecido en la normativa específica que le sea aplicable. Cada comunidad autónoma marca todos los años unos módulos de protección pública a través de los cuales se fijan los diferentes máximos legales para cada tipo de protección (régimen general, régimen especial, precio tasado). El tipo de régimen viene explicado por el número de expediente de protección oficial que figura en las escrituras del bien bajo el epígrafe “beneficios fiscales”
somos los arquitectos de Apartsur, especialista en liceas turisticas para apartamento casa rurales y vivienda con fines turisticos
¿Qué es la licencia de apertura y actividad?
Es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios. Consiste en un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad.
La licencia de apertura o actividad se concede al dueño de un negocio para el desarrollo de una actividad determinada. Deberá renovarse cada vez que cambie la actividad desarrollada en el local, que haya modificaciones en el mismo o que cambien los propietarios del negocio, por ejemplo en caso de traspaso.
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P: Alta vivienda turística
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Buenos dias, para proceder a la solicutud de alta turistica, necesitas nuestro informe para obtener la celula de habitabilidad, ademas...
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