Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Sevilla?
1. **Legitimación para impugnar**: En primer lugar, debes asegurarte de que estás legitimado para realizar la impugnación. Según el artículo 18 de la LPH, están legitimados para impugnar los acuerdos de la Junta de Propietarios aquellos que hayan salvado su voto en la Junta, los que injustamente hubieren sido privados de su derecho de voto y los que hubieren estado ausentes por cualquier razón, siempre y cuando hubiesen manifestado su discrepancia en el plazo de 30 días naturales a través de comunicación fehaciente.
2. **Motivos de impugnación**: Los acuerdos pueden ser impugnados si son contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad, si resultan gravemente lesivos para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios, o si suponen un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o si se han adoptado con abuso de derecho.
3. **Procedimiento**: La impugnación deberá presentarse ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde radique la finca. Se debe hacer a través de un proceso judicial, y, por tanto, es recomendable contar con la asistencia de un abogado especializado en propiedad horizontal. Se deberá redactar una demanda detallando los motivos de impugnación y aportando las pruebas necesarias.
4. **Plazo para impugnar**: Los acuerdos adoptados en la Junta pueden ser impugnados en un plazo de tres meses para aquellos actuantes en la junta que no estén conformes con la decisión adoptada y de un año si el acuerdo es contrario a la Ley o a los estatutos de la comunidad.
5. **Efectos de la impugnación**: Mientras se resuelve la impugnación, los acuerdos mantienen su validez, a menos que el juez disponga medidas cautelares que impidan su ejecución.
Es fundamental actuar con rapidez y contar con asesoramiento legal adecuado, para asegurar que la impugnación de los acuerdos de la comunidad de propietarios se desarrolle de forma efectiva y ajustada a derecho.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Sevilla?
Se han solicitado 19 presupuestos de impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Sevilla . El precio mínimo son 150€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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¿Te surgen más dudas sobre impugnación de acuerdos comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.