Informe pericial daños de vivienda
¿En qué consiste un informe pericial daños de vivienda? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo lo necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre informe pericial daños de vivienda
¿Quién no ha sufrido nunca daños en su vivienda? Existen numerosas causas que pueden provocar un siniestro de consecuencias graves en una casa, por las que tenemos derecho a solicitar una indemnización a nuestra compañía de seguros en la mayoría de ocasiones. Para poder llevar a cabo este proceso con éxito es necesario que contemos con un informe pericial de daños en la vivienda, que especifique con detalle cómo ha quedado nuestra casa después de sufrir problemas tan habituales como las goteras.
La función del informe pericial de daños en vivienda
Un informe pericial de daños en vivienda pretende reflejar la valoración de un técnico acerca de la situación en que se encuentra nuestro hogar después de que haya analizado las consecuencias que tienen sobre su estructura daños como inundaciones o grietas.
Los informes periciales de daños en vivienda están elaborados por expertos en las patologías de las viviendas, y están pensados para que sean usados como una prueba pericial en el caso de que sea necesario llegar a juicio para solucionar el problema o solicitar las indemnizaciones oportunas.
Una valoración de un experto en peritaje de daños en vivienda nos permitirá disponer de un informe sobre grietas en la vivienda o daños por agua, analizados gracias a una peritación por inundación. También son especialmente solicitados peritajes profesionales para la realización de un informe de agrietamiento o un informe de fisuras, pensados para determinar algo tan básico para todos como los problemas estructurales que pueden afectar a la seguridad del hogar.
Es importante señalar que solo se podrá considerar como informe pericial de daños en la vivienda el que solicitemos a un técnico competente en la patología que afecte a nuestro hogar. Además, después de ser redactado deberá contar con el visto bueno del colegio profesional al que pertenezca el especialista contratado para garantizar que estamos presentando un informe con todos sus requisitos legales.
¿Quién puede solicitar el informe pericial de daños en vivienda?
Lo más habitual es que el arrendatario o propietario de la vivienda afectada por el siniestro solicite la realización de un informe pericial de daños en vivienda, pero no es la única figura que puede solicitar la intervención de un técnico en este tipo de peritaje. Si se llega a un litigio ante los tribunales, el juez encargado de su solución también puede solicitar que un perito especializado realice este informe para tener la información necesaria para dictar sentencia.
Igualmente, en estos casos también es necesario tener en cuenta la posibilidad de que la compañía con la que tenemos contratada nuestra póliza de seguros del hogar solicite un informe pericial de daños en vivienda, que les permita saber con seguridad el origen de los daños sufridos.
Cuanto cuesta informe pericial daños de vivienda
El Informe pericial de daños en vivienda es un documento esencial cuando se identifican desperfectos en una propiedad y se precisa acreditar su origen y alcance, especialmente para procesos de reclamación o litigio. La elaboración de este informe debe ser realizada por un técnico especializado, como un arquitecto o un aparejador, que aportará su criterio experto.
El coste del informe pericial puede variar dependiendo de varios factores como la ubicación de la vivienda, el tipo y la extensión de los daños, así como la urgencia con la que se requiera el informe. En términos generales, el precio medio para este tipo de análisis oscila entre 250 y 2.000 euros. Para casos más simples, donde no se necesita una valoración detallada, el precio puede rondar los 250 y 500 euros. Por otro lado, para aquellos informes que requieren un estudio más exhaustivo, incluyendo pruebas o análisis técnicos adicionales, pueden alcanzar hasta 2.000 euros.
Es importante destacar que estos precios son meramente indicativos y pueden fluctuar. Solicitar varios presupuestos y comparar servicios ofrecidos puede ser una estrategia efectiva para obtener un informe a un costo razonable. Asimismo, es crucial que el técnico seleccionado cuente con la experiencia y la cualificación adecuada para que el informe tenga el peso necesario en cualquier procedimiento legal o de reclamación que deba enfrentarse.
La aparición de diversas patologías en una edificación puede justificar la solicitud de un informe pericial de daños en la vivienda, tanto para valorar la posibilidad de reclamar una indemnización como para conocer el alcance de las consecuencias de la afectación.
Informes periciales por siniestros
Los incendios son uno de los motivos principales de la realización de un informe pericial de daños en la vivienda. Conocer el origen del siniestro y valorar las posibles indemnizaciones a las que tienen derecho los afectados es el principal objetivo de este trámite.
En el mismo sentido, la solicitud de una indemnización por inundación es otra causa para la realización de un informe pericial de daños. Calcular el alcance de las consecuencias del siniestro y saber sus motivos es esencial para solucionar el posible litigio con la aseguradora o los responsables del problema de manera efectiva.
Informes de daños estructurales
La aparición de humedades que puedan dañar la estructura de una casa es una de las razones más habituales para solicitar un informe pericial. De esta manera, el técnico podrá dilucidar tanto las causas que han originado el problema –y sus responsables– como la reparación necesaria para evitar daños más importantes en la estructura.
Asimismo, la aparición de fisuras y grietas en las paredes de la casa puede considerarse un indicativo de una patología seria en su estructura. Un informe pericial de daños en la vivienda distinguirá entre ambos problemas, sus causas y consecuencias.
Merece la pena señalar que las fisuras solamente representan un daño estético en las paredes de la casa, ya que son superficiales. En cambio, las grietas son grandes aberturas que pueden llegar a ser un peligro para la seguridad de la vivienda y sus habitantes. Un perito especializado será capaz de distinguir en su informe las consecuencias de las grietas y, sobre todo, sus causas. En otras palabras, un informe pericial de grietas puede señalar si este problema entra dentro de unos parámetros normales o puede tener un alcance estructural importante. Asimismo, el informe reflejará en sus conclusiones si un error en la construcción o la elaboración del proyecto es el origen de las grietas.
El destinatario del informe
Si tu vivienda ha sufrido daños, deberás solicitar que un perito especializado realice un informe pericial de las patologías aparecidas. Podrás presentarlo ante entidades o particulares afectados por el siniestro, pero también tienen derecho a exigírtelo la administración pública, el juez o la compañía en la que tengas contratada tu póliza de seguros durante todo el proceso judicial que tenga lugar para delimitar responsabilidades y posibles indemnizaciones. Se trata, por lo tanto, de un documento de vital importancia que debemos asegurarnos se realice por parte de peritos cualificados.
¿Qué debe reflejar un informe de daños en la vivienda?
Cuando solicitemos un informe pericial para evaluar el nivel de daños que ha sufrido nuestra vivienda, lo hacemos con el objetivo de conseguir que el técnico especializado nos resuelva las dudas acerca de su origen y sus consecuencias. Por lo tanto, debe ser capaz de proporcionarnos las siguientes informaciones:
– Especificación de las patologías que sufre la vivienda y de su localización exacta dentro de la estructura
– Análisis de las causas que hayan provocado los daños que sufre la vivienda en este momento
– Análisis de las posibles soluciones a las que podemos recurrir para arreglar los daños causados, y valoración de cuál sería el coste económico de su aplicación.
¿Existe una normativa específica para el informe pericial de daños en la vivienda?
El técnico encargado del peritaje de los daños sufridos por una vivienda tiene total libertad para marcar el desarrollo del informe que presentará, ya que no existe una normativa específica que marque como deben realizarse este tipo de informes.
En cambio, sí que debe tener en cuenta si la vivienda analizada cumple con la normativa vigente en materia de edificación, como un elemento de referencia a la hora de intentar determinar las causas de algunos siniestros.
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Esta ley es la que marca la normativa vigente que deben cumplir las viviendas edificadas en España. En sus cuatro capítulos recoge el papel fundamental que deben cumplir los agentes implicados en la construcción, y cuáles deben ser las consecuencias de su trabajo.
De esta manera, la normativa vigente sobre edificación incluye exigencias técnicas y administrativas como la realización del proyecto, la solicitud de licencias y autorizaciones, la recepción de la obra y la documentación de la obra hecha, que siempre debe adjuntarse.
Igualmente, la normativa vigente sobre edificación analiza el papel de los agentes involucrados en la edificación (promotor, proyectista, constructor…) y su responsabilidad civil. Dentro de este mismo capítulo, merece la pena destacar los plazos de prescripción de las acciones y la consideración de las garantías por daños materiales ocasionados por vicios y defectos de la construcción
Además, esta ley señala en sus disposiciones adicionales la obligatoriedad de las garantías por daños materiales ocasionados por vicios y defectos en la construcción, entre otros requisitos necesarios para garantizar la protección de la vivienda frente a posibles daños.
Igualmente, la ley establece diferentes plazos de responsabilidad para los agentes participantes en la edificación, según los daños que pueda padecer el edificio. Así, el constructor será el responsable principal de los daños causados por una mala construcción durante el primer año. En cambio, todos los implicados en la construcción deberán responder durante los siguientes tres años por los vicios de la construcción que causen daños a la habitabilidad, y durante 10 años por los daños estructurales que afecten a la seguridad del edificio.
Todas estas adjudicaciones de responsabilidad serán tenidas en cuenta por el técnico que realice un informe pericial de daños en la vivienda y por el juez encargado del proceso que debe decidir la adjudicación de indemnizaciones por los daños causados.
De todos modos, hay que dejar claro que esta normativa sobre edificación puede verse modificada por disposiciones introducidas por los gobiernos autonómicos y locales, que deben ser tenidas en consideración a la hora de la realización de un informe pericial completo sobre daños producidos en una vivienda. Además, también merece la pena recordar que esta ley se refiere a los daños en las edificaciones producidos por vicios o defectos estructurales, no por siniestros o accidentes como una inundación.
El procedimiento
Estos informes periciales no pueden encargarse a cualquier persona con conocimientos técnicos acerca de los daños que puede sufrir una vivienda. Y, por supuesto, tampoco podemos llevarlos a cabo nosotros mismos. Si queremos usarlos para solucionar el posible litigio consecuencia de la aparición de daños en nuestro hogar, no podemos olvidar que estos informes periciales deben ser encargados a arquitectos o arquitectos técnicos colegiados, que estén especializados en este tipo de peritaje.
Para asegurarnos de contar con un profesional cualificado, podemos solicitar en los colegios profesionales de nuestra localidad una relación de los técnicos profesionales que llevan a cabo este tipo de tareas. De esta manera, tendremos todas las garantías posibles de que su informe podrá presentarse incluso en un proceso judicial, si así fuera necesario.
No podemos menospreciar la importancia de este tipo de informes periciales, ya que se usan en muchos casos como pruebas en litigios judiciales. Esto significa que, además de encargarlos a peritos judiciales especializados y con formación adecuada sobre la patología de la vivienda a analizar, debemos respetar los plazos que marca la ley para su elaboración y presentación.
De todos modos, el plazo estimado para la elaboración de un informe pericial de daños en la vivienda dependerá de la patología a analizar. Si el objeto del informe es un problema simple que puede apreciarse solo con una inspección visual, podemos tenerlo en nuestras manos en unos tres días.
En cambio, si la patología de nuestra construcción requiere de la realización de pruebas para evaluar su alcance y consecuencias el plazo de presentación del informe del perito puede ampliarse entre 1 y 6 semanas. Hay que tener en cuenta que no es lo mismo analizar los daños sufridos por una inundación en una vivienda que el origen indeterminado de unas humedades en una pared. Muchas de las patologías que justifican la realización de un informe pericial de este tipo requieren incluso del análisis de la situación con el uso de pruebas específicas.
Los requisitos del informe pericial de daños en la vivienda
Para la elaboración de un informe pericial de daños en la vivienda, el técnico necesitará solicitar una serie de datos que le ayudarán a valorar el alcance del siniestro sufrido por la edificación:
– Los datos del propietario o arrendatario de la vivienda, que permitan su identificación
– La información catastral de la vivienda dañada
– La existencia de informes periciales de daños en la vivienda anteriores al solicitado, sea por la misma causa o no. De esta manera, se puede conocer la existencia de un historial de daños en la vivienda que pueda afectar a su seguridad actual
– La posibilidad de que la patología de la vivienda afectada dañe a más viviendas. Esto es especialmente importante a tener en cuenta en el caso de informes periciales encargados por la aparición de daños estructurales, como grietas y fisuras en las paredes.
– Los posibles daños a terceros derivados de siniestros no voluntarios, como una inundación que pueda afectar al piso de abajo.
300€ - 9000€
1 - 6 semanas
Arquitecto o arquitecto técnico
No
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