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¿Cómo obtener la licencia municipal obligatoria en Guardamar del Segura?
El proceso de registro comienza con la solicitud de la Licencia de Apertura en el Ayuntamiento de Guardamar del Segura. El solicitante debe presentar una serie de documentos, como la licencia de actividad, el proyecto técnico del local y los planos de distribución y evacuación de emergencia. Estos documentos deben cumplir con las regulaciones municipales y ser redactados por un técnico competente.
Una vez presentada la solicitud, el Ayuntamiento realizará una inspección del local para verificar el cumplimiento de las normativas de seguridad, higiene y medio ambiente. Si el establecimiento cumple con todos los requisitos, se emitirá la Licencia de Apertura, autorizando la apertura del negocio.
Es importante destacar que cada tipo de negocio puede tener requisitos específicos, por lo que es recomendable consultar con el Ayuntamiento para conocer las normativas específicas antes de iniciar el proceso de registro. Además, es necesario renovar la Licencia de Apertura periódicamente para asegurar el cumplimiento continuo de las normativas.
En resumen, obtener la Licencia de Apertura en Guardamar del Segura es un proceso necesario para abrir un nuevo negocio en este municipio. Cumplir con las normativas y requisitos legales establecidos y presentar toda la documentación requerida son pasos fundamentales para asegurar la obtención de esta licencia.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en el municipio de Guardamar del Segura?
Se han solicitado 7 presupuestos de licencia de apertura en el municipio de Guardamar del Segura . El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 5600€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.