Licencia de apertura
en el municipio de Jerez de la Frontera
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¿Cómo obtener la licencia municipal obligatoria en Jerez de la Frontera?
El proceso de registro para obtener la licencia de apertura en Jerez de la Frontera comienza con la presentación de una solicitud en la oficina del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica. El interesado deberá aportar, junto a la solicitud, una serie de documentos: DNI o CIF del solicitante, escritura de propiedad o contrato de arrendamiento del local, proyecto técnico firmado por un profesional competente y, en ocasiones, un estudio de impacto ambiental.
Una vez presentada la solicitud, se procede a la revisión del proyecto técnico, que debe detallar las instalaciones y adecuación del lugar conforme a la normativa aplicable. Si el proyecto es aprobado, los técnicos municipales realizan una inspección in situ para verificar que lo ejecutado se ajusta a lo presentado en el proyecto.
Tras satisfacerse todos los requisitos, el Ayuntamiento emitirá la licencia de apertura, que deberá estar visible al público dentro del establecimiento. Es importante recordar que cualquier cambio significativo en la actividad o en la estructura del local requerirá una actualización o una nueva licencia. No obstante, en Jerez existen declaraciones responsables que permiten agilizar y simplificar el procedimiento para ciertos tipos de actividades.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en el municipio de Jerez de la Frontera?
Se han solicitado 36 presupuestos de licencia de apertura en el municipio de Jerez de la Frontera . El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 5600€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.