Segregación de finca rústica
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¿Cómo obtener la segregación de parcela rústica en Ciudad Real?
El proceso comienza con una consulta inicial, donde el técnico evaluará tu finca y te explicará los pasos a seguir. Normalmente, se requerirá un estudio topográfico para delimitar y medir la parcela exacta que deseas segregar. Este estudio es fundamental para asegurarse de que la nueva finca cumple con la normativa vigente y no infringe ninguna ley local o autonómica.
Una vez realizado el estudio topográfico, el técnico se encargará de preparar toda la documentación necesaria, incluyendo los planos y el informe técnico. Este dossier será presentado al Ayuntamiento correspondiente, donde se revisará y se aprobará, si todo está en orden. Además, es posible que se necesiten permisos adicionales de otras administraciones, dependiendo de la ubicación de la finca.
Tras obtener la aprobación, se procederá a inscribir la nueva finca segregada en el Registro de la Propiedad. Con la ayuda de un técnico especializado en Ciudad Real, este proceso puede ser manejado de forma eficiente y sin complicaciones, asegurando que cumplas con todas las normativas y requisitos legales.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de finca rústica en Ciudad Real?
Se han solicitado 21 presupuestos de segregación de finca rústica en Ciudad Real . El precio mínimo son 400€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de finca rústica? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias
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