Segregación de finca rústica
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¿Cómo obtener la segregación de parcela rústica en Girona?
Este profesional se encargará de realizar un informe técnico detallado que incluirá un plano de la finca y la descripción de los límites de la propiedad, así como las características del terreno. Este documento es esencial para comenzar el trámite de segregación. Una vez elaborado el informe, el siguiente paso será presentarlo junto con una solicitud oficial al Ayuntamiento correspondiente en Girona.
El Ayuntamiento revisará la documentación y, si todo está en orden, te otorgará la licencia de segregación. Es importante tener en cuenta que este proceso puede tardar varios meses, dependiendo de la complejidad del caso y de la carga de trabajo del Ayuntamiento.
Finalmente, es fundamental inscribir la segregación en el Registro de la Propiedad para que el cambio tenga validez legal. Este trámite final asegurará que la segregación de finca rústica se reconozca oficialmente y esté debidamente actualizada en todos los registros pertinentes.
Siguiendo estos pasos y contando con el apoyo de un técnico especializado en Girona, podrás llevar a cabo la segregación de tu finca rústica de manera eficaz y sin contratiempos.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de finca rústica en Girona?
Se han solicitado 20 presupuestos de segregación de finca rústica en Girona . El precio mínimo son 400€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de finca rústica? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias