Segregación de finca rústica
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¿Cómo obtener la segregación de parcela rústica en Madrid?
El primer paso es contactar a un profesional cualificado que pueda realizar un estudio detallado de la finca. Este experto evaluará todas las características del terreno y te asesorará sobre la viabilidad del proyecto, asegurándose de cumplir con la normativa vigente. La legislación en Madrid es muy estricta en cuanto a la división de terrenos rústicos, por lo que el asesoramiento técnico es crucial.
Una vez realizado el estudio, el siguiente paso es presentar la solicitud correspondiente ante el Ayuntamiento de la localidad donde se ubica la finca. El técnico se encargará de preparar toda la documentación necesaria, incluyendo el plano de segregación y el informe técnico.
Por último, es fundamental inscribir la segregación en el Registro de la Propiedad para que la división tenga efecto legal. Gracias a la ayuda de un experto, todo este proceso se llevará a cabo de forma eficiente, permitiéndote disfrutar cuanto antes de las nuevas parcelas de tu finca rústica en Madrid. Contar con el apoyo adecuado te ahorrará tiempo y evitará posibles problemas legales.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de finca rústica en Madrid?
Se han solicitado 89 presupuestos de segregación de finca rústica en Madrid . El precio mínimo son 400€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de finca rústica? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias
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