Segregación de finca rústica
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¿Cómo obtener la segregación de parcela rústica en Valladolid?
El primer paso es contactar con un técnico competente. Este profesional se encargará de realizar un estudio topográfico detallado de la finca y de todas las mediciones necesarias. Además, se encargará de preparar el plano de segregación y todas las documentaciones técnicas requeridas.
Una vez que el plano está completo y todos los documentos están en orden, se presentará una solicitud ante el Ayuntamiento correspondiente de Valladolid. Es esencial cumplir con la normativa urbanística vigente y cualquier requerimiento específico del municipio. Esto puede incluir certificados de no infracción urbanística y aprobaciones preliminares.
Tras la presentación, el Ayuntamiento revisará la solicitud y, si todo está en orden, emitirá una resolución aprobatoria. Una vez obtenida esta autorización, el técnico podrá proceder a inscribir la segregación en el Registro de la Propiedad. Este paso es crucial para que la segregación tenga plena validez jurídica.
Con la ayuda de un técnico cualificado, obtener una segregación de finca rústica en Valladolid puede ser mucho más sencillo y eficiente.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de finca rústica en Valladolid?
Se han solicitado 7 presupuestos de segregación de finca rústica en Valladolid . El precio mínimo son 400€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de finca rústica? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias