Tasaciones hipotecarias
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¿Cómo obtener la tasación de garantía hipotecaria en Madrid?
Las tasaciones hipotecarias son un procedimiento esencial en el proceso de concesión de un préstamo hipotecario, consistiendo en la valoración objetiva de una propiedad por parte de un experto con el fin de determinar su valor de mercado.
En la provincia de Madrid, como en el resto de España, la obtención de una tasación hipotecaria sigue una serie de pasos regulados que aseguran la transparencia y objetividad de la valoración.
Para iniciar el proceso, el propietario o interesado en adquirir la hipoteca debe contactar con una sociedad de tasación o un profesional homologado por el Banco de España.
El tasador, un profesional cualificado y con experiencia, realiza entonces una inspección exhaustiva del inmueble, recopilando datos como la ubicación, características estructurales, calidad de los materiales, estado de conservación, así como la situación del mercado inmobiliario en la zona.
Una vez recogida la información, el tasador elabora un informe detallado en el que se fija el valor del bien teniendo en cuenta todos los factores analizados. Este documento es de suma importancia, ya que el valor calculado determinará el monto máximo que una entidad financiera puede conceder en base a la garantía hipotecaria.
El resultado de la tasación debe ser registrado. Aunque la tasación misma no es un documento que se registre en un registro público como tal, la entidad financiera que concede la hipoteca incluirá el valor de tasación en la escritura de la hipoteca.
¿Cuánto cuesta realizar la tasaciones hipotecarias en Madrid?
Se han solicitado 928 presupuestos de tasaciones hipotecarias en Madrid . El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 580€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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Una tasación hipotecaria el es informe de valoración de un inmueble cuyo objeto es ser garantía para un crédito hipotecario. Este valor de tasación es completamente independiente de la cantidad solicitada y la entidad financiera se servirá de él para conceder un porcentaje determinado de financiación, generalmente un 80% del mismo.
Las tasaciones hipotecarias deben realizarlas entidades autorizadas y homologadas por el Banco de España. A su vez, estas entidades de tasación deben de disponer de los profesionales adecuados y formados para esta tarea, como son los arquitectos o arquitectos técnicos si hablamos de sector residencial o fincas urbanas, ingenieros industriales o ingenieros técnicos industriales para inmuebles industriales e ingenieros agrónomos o ingenieros técnicos agrícolas para fincas rústicas. También se puede solicitar directamente a uno de los técnicos indicados siempre que trabajen para una sociedad de tasación.
Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.
La tasación oficial se utiliza para una finalidad concreta y solicitada, bajo una metodología normalizada. En cambio una valoración es un informe que establece el valor aproximado de una vivienda siguiendo varios métodos de valoración.
Si, siempre y cuando esté avalada por una sociedad de tasación homologada por el Banco de España o un técnico perteneciente a una de estas sociedades de tasación.
Con una misma tasación el cliente, podrá presentarse a cualquier banco para solicitar un crédito y negociar las condiciones del mismo. En estos casos, el banco tendrá derecho a solicitar una segunda tasación para corroborar que el valor del inmueble es correcto.
Los bancos están obligados a disponer de la tasación del inmueble antes de comenzar cualquier trámite hipotecario. Por ello, la tasación hipotecaria es un trámite imprescindible para pedir crédito hipotecario para comprar un piso, casa, terreno, local…etc.
Lo que se necesita para las tasaciones hipotecarias es distinto en función del tipo de inmueble o finca a tasar. Eso sí, en todos los casos hay que presentar dos documentos en tasaciones hipotecarias.
El primero es el certificado del registro que acredite quién es el titular, así como las cargas que tenga el inmueble. Debe estar expedido menos de tres meses antes de la fecha de la tasación. También sirve una nota simple registral y una copia de la escritura de propiedad.
El segundo documento que es necesario para tasaciones hipotecarias es uno con los datos catastrales descriptivos y gráficos correspondientes al inmueble o la finca. Al igual que el certificado del registro, debe haberse sacado, como mucho, tres meses antes de la tasación.
Además, si el inmueble a tasar está en un edificio en proyecto hay que presentar el proyecto validado por el Colegio Profesional correspondiente. Si el edificio está en construcción o rehabilitación, aparte del proyecto de obra hay que aportar la licencia de obra, la última certificación de la obra y el contrato de ejecución de la misma. Para las VPO hay que presentar también la cédula con su calificación y un documento con el que se pueda determinar el precio máximo para la venta. Para las fincas rústicas hay que aportar la documentación catastral y la de su régimen de explotación. Además de todo esto, habrá que rellenar un documento modelo de tasación hipotecaria.
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