Valoración de arboles ornamentales
¿En qué consiste valoración de arboles ornamentales? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre valoración de arboles ornamentales
Normativa y requisitos de la valoración de árboles ornamentales
No existe una regulación específica para la valoración de árboles ornamentales. La norma Granada de valoración y árboles y arbustos ornamentales surgió para paliar una evidente carencia al respecto. Antes de ella existían métodos desarrollados en varios países (incluyendo el método del ICONA español), pero no parecían realmente completos o exhaustivos.
La norma Granada no es perfecta, pero ha demostrado ser la más eficaz hasta el momento en su campo, y la más completa y moderna. Por ejemplo, incorpora un método de cálculo de los daños en raíces y troncos, algo que no se encuentra en ninguna otra guía o reglamento en todo el mundo. Además, la norma Granada está en continua revisión y actualización, lo que permite su evolución periódica y perfeccionamiento.
A pesar de no ser un reglamento de elaboración oficial por parte de la Administración, la norma Granada se ha ganado sin problemas la categoría de canon o estándar. Muchas ciudades y comunidades autónomas han legislado de manera que la norma Granada sea el método obligatorio de valoración de árboles ornamentales en sus territorios.
La valoración de árboles ornamentales no tiene regulación específica. Pero suele estar relacionada con la valoración o tasación de elementos mayores, como las fincas. Sobre esto sí existe legislación de sobra, así que te interesará prestar atención tanto a la norma Granada como a alguna de las siguientes leyes que te indicamos.
– Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Este real decreto legisla los usos del suelo en España, de modo que se regulan nuestros derechos y deberes al respecto. Como no puede ser menos, se incluyen los terrenos y fincas forestales, que podrían incluir árboles ornamentales o de valor paisajístico. La valoración de estas fincas se encuentra en el título V. En la disposición adicional sexta se habla de los suelos forestales incendiados.
– Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo. El objetivo de esta ley es determinar la valoración de los suelos consignados en la Ley de Suelo. Las fincas forestales aparecen como objeto de esta ley en el art. 10.
– Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. En esta ley se regula el uso de los bosques, su gestión, administración, cuidado y recuperación, y tiene todo el interés cuando hablamos de arbolado.
– Catálogos de especies. El valor ornamental de un árbol puede darse en cualquiera de ellos, pero hay especies más valoradas que otras. Algunas incluso solo se usan de modo ornamental. Algunos árboles tienen un especial vínculo emocional con la comarca (por ejemplo, los robles en el norte de España o los dragos en las islas Canarias). También hay especies protegidas y especies invasoras que requieren una valoración específica o mantener informada a la Administración. Encontrarás toda la información sobre las especies botánicas en los catálogos y guías.
¿Cuándo solicitar una valoración de árboles ornamentales?
El valor de afección de los árboles ornamentales nos habla de estética, belleza, ocio… ¿para qué preocuparnos por descubrirlo? ¿Acaso tiene utilidad? Por supuesto que la tiene. En determinadas circunstancias es necesario o interesante conocer el valor de los árboles ornamentales. Querrás hacerlo por los siguientes motivos:
– Para conocer el valor de árboles individuales concretos, con objeto de su catalogación, catastro o inventario.
– Para su evaluación económica con objeto del estudio de la valoración de impacto ambiental.
– En actividades de compraventa, tanto de árboles y arbustos individuales como de jardines, parques o fincas. El espacio trasero de una vivienda, ¿vale más si es un solar pelado o si es un gran jardín arbolado, hermoso y bien cuidado? Parece obvio que lo segundo. Ahora bien, ¿cómo saber su valor? Con la norma Granada.
– En participaciones, proindivisos y herencias. Si hay que segregar, dividir o hacer un reparto de un parque o jardín conviene saber el valor, tanto de la finca original como de las parcelas o fincas resultantes.
– En actividades financieras. Conocer el valor ornamental puede interesarte como garantía hipotecaria. La finca vale más que la superficie del suelo, hay otros condicionantes en el precio de una finca que deben considerarse.
– Para la estimación de daños para reclamaciones legales. Por ejemplo, para valorar las pérdidas por la meteorología, accidentes o vandalismo, como en caso de vendavales, inundaciones, incendios, daños mecánicos o químicos. Si tu jardín ha ardido en un incendio querrás saber cuánto has perdido y cuánto podrías reclamar. Si alguien tala, sin tu permiso, uno de tus árboles de gran valor sentimental o estético… ¿cuánto has perdido?
– Para estar al día en cuestión de impuestos, tasas urbanísticas y seguros. El valor ornamental es importante para el impuesto sobre el patrimonio o el impuesto sobre sucesiones y donaciones. También puede servir como fianza e indemnización por infracciones. Considera que la Administración tiene su propia tasación de la finca, y es posible que no concuerde con la que tú harías en caso de tener en cuenta el valor ornamental.
– Para la evaluación de la rentabilidad de trasplantes. Cambiar unos árboles por otros puede hacer variar tu patrimonio. También podría interesarte conocer lo rentable que te ha sido trasplantar árboles ornamentales nuevos en tu finca. ¿Ha merecido la pena?
– En casos de expropiación forzosa. Más te vale conocer el valor ornamental de tu finca si vas a ser objeto de una expropiación, por ejemplo por el desarrollo urbanístico o la construcción de autovías, líneas de alta velocidad u otras obras públicas.
Tú puedes hacer personalmente la valoración de árboles ornamentales aplicando la norma Granada, pero quizá prefieras acudir a un profesional. El tiempo que tarde este técnico en hacer la valoración dependerá, obviamente, de la cantidad de árboles y arbustos a valorar en la finca. El técnico realizará sus mediciones y utilizará las indicaciones del método de la norma Granada, que reflejará en un informe. Esto puede llevarle unos pocos días, según sea la magnitud del caso y la cantidad de detalles a considerar.
¿Qué es la valoración de árboles ornamentales?
Los árboles de plantaciones forestales y los árboles frutales nos aportan varias materias primas valiosísimas e imprescindibles. De ellos obtenemos recursos muy diversos: madera para construcción de viviendas y para fabricación de muebles y utensilios, leña y combustible, corcho, resinas, frutos, medicamentos y principios activos, etc. Esos son bienes tangibles, que se pueden medir y contar. Tienen un precio de mercado y eso justifica que exista la explotación forestal, organizada o no, privada o comunal.
Pero los árboles también tienen funciones no tangibles igual de importantes. Tienen una función ambiental: los bosques alteran el clima, captan el CO2 del aire y emiten el O2 que respiramos, evitan la erosión, intervienen en el ciclo hídrico, aportan alimento, etc. También nos dan belleza. Adornan jardines, parques y calles, regalan flores, dan sombra, alegran las ciudades. Constituyen parajes recreativos en los que pasear, relajarse o hacer deporte. Con algunos árboles hasta tenemos vínculos emocionales. Estos árboles, que no nos proporcionan materias primas tangibles pero sí otras funciones importantes, son los árboles ornamentales.
El árbol ornamental es el que se planta, cuida y utiliza con intenciones decorativas en jardines y diseños paisajísticos. Ese valor decorativo está en las características estéticas de sus flores, tallos y hojas, así como la frondosidad o textura de estas o el perfume. Estas funciones estéticas u ornamentales pueden valorarse, pero debe hacerse de manera diferente a la valoración económica clásica de los elementos tangibles que aporta el arbolado. Tan diferente, que no se trata de buscar un precio. No existe un precio porque no existe oferta ni demanda en términos de mercado. Lo que existe es un valor ornamental, y se trata de convertirlo en un valor económico apropiado y justo.
La valoración de árboles de interés estético o paisajístico juega en un terreno complicado, en el que se tiene que buscar el equilibrio entre los métodos clásicos de valoración econométrica y los que puedan introducir el llamado valor de afección, aquel relacionado con las funciones intangibles como el valor histórico, estético, ambiental, simbólico, paisajístico o de bienestar del árbol en cuestión. ¿Cómo se consigue esto?
Afortunadamente tenemos la llamada norma Granada, un método desarrollado por la Asociación Española de Parques y Jardines Públicos que se ha convertido en el método por excelencia en España y una referencia internacional. La norma Granada para la valoración de árboles y arbustos ornamentales pretende establecer que un árbol vale más que el valor de su madera en el mercado, y lo demuestra con un método de cálculo que suma a la valoración económica «clásica» el valor añadido intangible. Los fundamentos de la norma Granada son:
– Diferenciación entre árboles sustituibles y no sustituibles.
– Establecimiento de tres grupos de valoración: frondosas, coníferas y palmeras y similares.
– Determinación de características del árbol y comparación con los valores medios de mercado.
¿Cómo conseguir una valoración de árboles ornamentales?
El método de la norma Granada es accesible al público en general, así que tú podrías encargarte personalmente de la valoración de tus árboles ornamentales si los conoces bien y tienes las herramientas adecuadas.
Pero es posible que prefieras que lo haga un técnico, que por estar más relacionado con esta actividad pueda asegurarte más precisión y calidad en la valoración. Este técnico podría ser un ingeniero agrónomo, ingeniero de montes, técnico en jardinería, ambientólogo, botánico, economista ambiental o cualquier otro profesional con formación relacionada con el ámbito forestal, ambiental o de jardines.
En caso de recurrir a un profesional tendrás que pagar sus honorarios, que estarán entre los 500 y 1000 euros, según la dificultad y magnitud del trabajo, así como la localización.
Si vas a hacer tú la valoración de árboles ornamentales lo principal y más interesante es que tengas la norma Granada, que podrás conseguir en la página web de la Asociación Española de Parques y Jardines Públicos. Eso, por supuesto, si no vas a acudir a un profesional.
Con la metodología que sugiere la norma Granada es relativamente sencillo conocer el valor de los árboles ornamentales. Se siguen una serie de criterios y se van pasando fases de caracterización. La primera fase sería determinar el carácter sustituible o insustituible del árbol en cuestión. Un árbol es sustituible si:
– En el mercado hay ejemplares de la misma especie de árbol o arbusto, que tienen la misma edad y las mismas características que el que se podría sustituir. Es decir, no es un ejemplar único.
– Es posible trasplantar el espécimen en concreto. Es decir, el árbol se puede sustituir porque no hay impedimentos técnicos que impidan cambiarlo por otro.
– Hay altas probabilidades de arraigo. Es decir, que una vez trasplantado, hay mucha seguridad de que va a resistir el cambio y arraigar.
En los árboles sustituibles, sumamos el precio de compra del árbol en el mercado, los gastos por la operación de trasplante y los gastos de mantenimiento anuales. En el caso de ser un árbol insustituible, hay que aplicar ciertas fórmulas que multiplican el valor del árbol en el mercado. Además, se aplicarán coeficientes por el tipo de árbol. Esto es así porque la norma Granada también introduce variables para coníferas, frondosas y palmeras y similares. Cada tipo de árbol tiene su corrector específico.
Con los resultados de ese cálculo, se introducen a continuación otros índices correctores que atienden a criterios intrínsecos de la especie. Por ejemplo, el estado sanitario, el tamaño fotosintéticamente activo o la expectativa de vida útil. También se introducen los correctores correspondientes a factores o criterios extrínsecos. Es decir, los que correspondan por el medio en el que se encuentre el árbol. Estos podrían ser el factor funcional y estético, la rareza o la representatividad.
Una novedad que presenta la norma Granada, que también podríamos señalar como avance respecto de otros métodos, es que es capaz de introducir en la valoración los daños parciales del árbol. Por ejemplo, pérdida de raíces, heridas en el tronco, ramas perdidas…
Al final, deberías sumar los valores de los árboles individuales o aplicar un método de cálculo para masas forestales.
Cuanto cuesta valoración de arboles ornamentales
La valoración de árboles ornamentales es un proceso que determina el valor económico de los árboles con base en su contribución estética, ecológica y social. Esta evaluación se realiza por diversas razones, incluyendo compensaciones por daños, transacciones de compra-venta, o por requerimientos en planes de ordenamiento territorial.
El costo de la valoración puede variar ampliamente dependiendo de factores como la ubicación, el número y tipo de árboles, y las tarifas del técnico. Un factor clave es la metodología utilizada para la valoración; métodos reconocidos incluyen el Capital Asset Value for Amenity Trees (CAVAT) y el Helliwell System, cada uno con sus propios criterios para estimar el valor.
El precio para la valoración de árboles ornamentales inicia en 100 euros para un único árbol, pero puede aumentar significativamente con la cantidad y la complejidad del trabajo. Por ejemplo, una valoración detallada que incluya varios árboles puede exceder los 600 euros. Es importante considerar que estos precios son solo estimaciones y que se deben solicitar presupuestos personalizados para obtener la tarifa exacta según las necesidades específicas del proyecto.
La valoración de árboles ornamentales requiere del conocimiento y la experiencia de un profesional capacitado para asegurar que se realice de manera precisa y de acuerdo con las normativas vigentes.
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