Como sabes, desde que el 5 de abril de 2013 se publicó en el BOE la normativa que lo regula, es obligatorio que un edificio disponga de un certificado de eficiencia energética. Aunque ha pasado tiempo, a día de hoy siguen existiendo problemas con el proceso de certificación: la información de la etiqueta energética debe estar siempre presente en cualquier anuncio. Pero sigue habiendo profesionales que intentar saltarse la ley y pretenden alquilar y vender sin el certificado energético. Vamos a ver este problema en el post y qué se puede hacer en estas situaciones, ¡no te lo pierdas!

Cinco años después del RD 235/2013

Desde que se aprobó el Real Decreto 235/2013 sobre la Certificación Energética de los Edificios, han pasado casi cinco años y ya disponemos de un amplio muestrario de experiencias y vivencias que sirven para elaborar unas directrices sólidas del comportamiento de los demandantes y de la labor de los profesionales, siempre con la supervisión burocrática.

Son innumerables las ocasiones en las que clientes piden deprisa y corriendo a pocos días de una operación de compraventa el documento, por no estar concienciados de la utilidad del mismo y por la insana manía de dejarlo todo a última hora que sobrevuela España.

La etiqueta energética, obligatoria en cualquier anuncio

En más de un 90% de casos, es el propietario quien se encarga de solicitar el trámite del certificado energético. Y en las pocas ocasiones en las cuales el eventual inquilino gestiona y abona el trabajo, suele existir un pacto previo entre ambas partes traducido en algún descuento en alguna mensualidad o simplemente porque el inquilino pase a ser propietario.

Lo que no es de recibo es que la información que contiene el certificado energético no se haga pública durante todo el proceso de muestra del inmueble, como marca la Ley; o que directamente los posibles compradores o inquilinos no puedan conocer la calificación energética del piso o local.

La etiqueta energética debe estar siempre presente en cualquier anuncio de cada tipo, no solamente por imperativo legal, sino porque contiene datos imprescindibles para hacer decantar al comprador o alquilando por una vivienda determinada por encima de otra.

Irregularidades en el procedimiento de certificación energética 

Y, sin embargo, con cinco años de Real Decreto transcurridos, las irregularidades en todas las fases del procedimiento de certificación energética siguen siendo una constante. No hablamos de los aspectos técnicos, sino de la insistencia por parte de algunos profesionales por saltarse la ley y realizar transacciones inmobliarias sin realizar el trámite; es decir, alquilan y venden sin el certificado energético. Por tanto, los más precavidos querrán informarse de cómo denunciar la falta del certificado energético.

En principio, el consumidor se halla solo delante del problema, ya que es inviable tratar este problema como si fuese un delito criminal, pero recordemos que siempre tiene que hacer validar sus derechos. La existencia del certificado energético es un derecho incontestable. Como el antídoto a la picaresca es muy difuminado, recomendamos pedir, sea cual sea nuestra posición en la operación referente a la vivienda, siempre la totalidad de los documentos del certificado energético.

Es el dueño quien debería hacerse cargo de contratar el trabajo, pero no es obligatorio que lo realice él; y si hay un pacto entre caballeros – como mencioné antes -, no es nada desdeñable que el inquilino coja las riendas del asunto. Y en caso de conflictos, siempre está la disponibilidad del entorno legal.

Si necesitas un Certificado de eficiencia energética, busca en Certicalia a un profesional de tu zona y selecciona al que quieras según precio, disponibilidad y valoraciones de otros clientes. Indica tus datos y el profesional cualificado se pondrá en contacto contigo para comenzar el trámite.

Alejandro Darias Mateos
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