Alquilar mi casa
¿En qué consiste una alquilar mi casa? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre alquilar mi casa
¿Cuánto se tarda en alquilar mi casa?
Alquilar mi casa requiere una serie de trámites. No importa si se trata de un negocio ocasional en verano o a turistas en vacaciones, de un acuerdo temporal o de una negociación con opción a compra con un inquilino que proyecta tener casa propia en el futuro. Aunque es bueno que sepas que el alquiler turístico tiene una regulación diferente al de vivienda.
Cuando te dispongas a ceder el uso de tu vivienda por cualquier lapso a extranjeros o nacionales, te recomendamos que contactes a un abogado para redactar un contrato ¿Eso es necesario? Sí, si quieres que el notario lo eleve a escritura pública, y en España, los contratos de alquiler deben registrarse ante las autoridades y, por supuesto, pagar los impuestos correspondientes.
El momento de arrendar lo decides tú: “quiero alquilar mi casa”, reservas presupuesto para publicidad y casi estás listo. Solo te falta el trámite del contrato, que es determinante, porque sus cláusulas, siempre que no sean ilegales, se imponen en cualquier disputa entre las partes. Porque a veces inquilinos y arrendatarios tienen criterios diferentes y un juez dirime el problema.
¿Alquilar mi casa? ¿Qué necesito? Además de visitar tu casa y revisar que esté solvente, sea segura y otros detalles, el futuro inquilino necesita saber que en efecto eres propietario de la vivienda. También puedes subarrendar con autorización del dueño, y con los límites que impone la ley, pero digamos que se trata del arrendamiento de pisos de un propietario a uno o varios inquilinos.
Entonces podrías necesitar el título de propiedad. En todo caso, la ley permite que el inquilino consulte el Registro de la Propiedad para verificar los datos del inmueble. Del resto, los requisitos están del lado del inquilino. Te interesa conocer su solvencia, por eso puedes revisar su contrato de trabajo, sus nóminas o movimientos bancarios. También puedes pedir que presente fiadores.
La ley exige además que pague un mes de fianza. Aunque podéis acordar una cantidad superior. Ten en cuenta que ese dinero no queda en tus manos. Lo legal es que deposites el dinero antes de que el contrato cumpla dos meses de firmado, en la cuenta corriente de las Unidades de Fianza.
La propia transmisión patrimonial tiene su impuesto y ambas partes deben reflejar la negociación en su declaración de renta (IRPF).
Y si bien te encuentras ante el inicio de una negociación, ¿visualizas ya el fin de la historia? El contrato termina, tú recuperas el uso y disfrute de la vivienda y haces con ella lo que te apetezca. El inquilino se marcha y todo sigue su camino ¿Cierto? ¿O no es así?
La duración de los contratos de alquiler en España suele ser de un año, y la ley permite su renovación hasta tres años en principio. Pero recuerda que esos contratos pueden establecer el período de arriendo, y las condiciones para su renovación o revocación. En ese caso, lo establecido en el contrato tiene prioridad.
Y, a menos que el documento sea muy detallado, los derechos de los cónyuges, parejas y otros familiares están establecidos en la ley para casos de divorcio, separación y fallecimiento de cualquiera de las partes.
¿Cómo alquilar mi casa?
Alquilar tu casa acarrea más cosas que redactar un aviso y tomar una foto para publicidad y subirlo a Internet. Recuerda que debes protegerte para seguir teniendo casa propia. Así que debes redactar un contrato que te proteja, y que ampare los derechos de tu inquilino, y te permita recuperar tu vivienda después del período acordado.
Pues al inicio todo puede parecer correcto, pero luego podrías tener que enfrentar imprevistos. Por eso, nuestro principal consejo es que te atengas a las leyes y realices los trámites pertinentes: establece un contrato, regístralo, establece la fianza, asegúrate de que tu inquilino sea solvente. Luego, sigue adelante con el negocio.
Propietario y arrendador tendrán que pagar varias cosas: los honorarios del abogado que redacta el contrato, los del notario que realiza la escritura pública y quizás tasas en el Registro de la Propiedad. Más tarde, deben reflejarlo en los impuestos (IRPF y por traspaso patrimonial). Pero recuerda que todo lo haces por proteger tu inmueble.
Concretamente nos referimos al arrendamiento regular. Cuando dices “quiero alquilar mi casa” por un tiempo. Ahora también se ha popularizado el arrendamiento a turistas, en verano o en otras vacaciones. Si te animas a realizar ese tipo de negocio, recuerda que tienen su propia regulación y debes estar pendiente de no incumplirla.
La ley te exige tener un contrato con tu inquilino. Se trata de un documento muy importante porque la justicia reconoce las cláusulas que estableces en él. Además te indica que debes registrarlo como escritura pública ante notario y hasta inscribirlo en el Registro de la Propiedad. Algunos ayuntamientos suelen tener censos de viviendas alquiladas, actualizados en mayor o menor medida.
Te servirá revisar cualquier normativa al respecto en tu localidad.
Tienes una moneda de dos caras: el arrendatario y el inquilino. El primero quiere asegurar su propiedad. Para ello se establecen parámetros en el contrato, porque no solo se trata de recuperar el control, sino de que todo se encuentre en buen estado. Es decir, que el inquilino no cause daños. Para eso existe una fianza de garantía. En casos conflictivos puedes recurrir a las leyes o a un tribunal local.
Entre ambas partes se encuentran los abogados, el notario, los jueces (como garantía) y cualquier otro organismo de control o regulación (como las Unidades de Fianza). También se encuentra Hacienda que supervisa y grava el intercambio de dinero.
Los alquileres de pisos, a nacionales o extranjeros, deben seguir todo el marco legal. España cuenta con una Ley de Arrendamientos Urbanos específica para este tema. Además le afectan algunos temas de la ley hipotecaria. En última instancia se recurre al Código Civil y ya en casos extremos las leyes pertinentes para enjuiciamiento.
Lo importante es que veas que se trata de un negocio entre partes que adquieren deberes y derechos en el marco de la ley. Recuerda que no solo tendrás el disfrute de la renta: asumirás también algunos costos del inmueble (piensa que también los tendrías si lo sigues habitando), y debes cumplir con tus obligaciones tributarias.
¿En qué consiste alquilar mi casa?
Alquilar o arrendar una vivienda consiste en permitir su uso y disfrute a cambio de una contraprestación económica, a través de un contrato. Es decir, es un negocio a través del cual cedes tu casa a un inquilino por un período, un precio y con unas condiciones estipuladas.
Y aunque en algunos sectores, como el alquiler a turistas, se ha desarrollado un mercado informal, te recomendamos que sigas todos los pasos correctos para rentar. Eso incluye contratar a un abogado para que redacte el contrato, un notario para elevarlo a escritura pública, constituir la fianza de acuerdo con la ley y pagar los impuestos que te corresponden.
Recuerda que un negocio bien hecho se constituye en garantía de los deberes y derechos de las partes. En Internet podrás encontrar varios modelos de contratos, pero te conviene tener el tuyo propio y negociar los puntos que sean importantes para ti, porque quizás no lo fueron para otros.
Decides “quiero alquilar mi casa” ¿Qué debes saber? Lo primero es que el marco legal predominante es el contrato que establezcas con tu inquilino. En ese documento acuerdan las cláusulas o condiciones del negocio, que pueden abarcar desde el mantenimiento de las instalaciones hasta la presencia de animales, de acuerdo con los intereses de ambos.
Ante desacuerdos entre las partes se puede recurrir a la Ley de Arrendamientos Urbanos, al Código Civil y al arbitraje. Este último puede realizarse por la vía mercantil o civil. Pero el contrato es lo principal.
Al inquilino se le permite el subarriendo, con autorización del propietario y por un monto no superior al del arriendo. Así que este punto se puede estipular cuando quiero alquilar mi casa, o verificar el uso que se hace de ella.
El negocio de alquiler ofrece garantías para las dos partes. Por eso, entre los trámites se exige que se celebre un contrato, se registre y se constituya una fianza.
Dicho aval tiene una serie de requisitos formales, y no es una simple entrega de dinero. El arrendatario debe depositarla en las Unidades de Fianza (cuenta corriente) hasta un máximo de dos meses después de celebrado el contrato. El monto de este aval debe ser un mes de alquiler, pero la ley permite que se establezca un monto superior. Y el plazo para su devolución (si todo ha salido bien) es de 15 días después de finalizado el contrato.
Pero además de ese requisito, el propietario puede pedir al inquilino el contrato de trabajo, las nóminas y los movimientos bancarios. Ello para asegurarse de que los pagos se realizarán de la manera acordada.
El tema tributario, como en todos los negocios e intercambios de dinero, también entra en juego en los alquileres. No importa si alquilas pisos a extranjeros en verano, o en vacaciones en general, o si lo haces con opción a compra a un inquilino que se plantea tener casa propia a mediano plazo.
El propietario debe ocuparse del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Por su parte, el inquilino debe mirar sus ingresos y sus gastos para saber si le aplican descuentos en el IRPF (impuesto sobre la renta) por pago de alquiler.
Normativa y requisitos para alquilar mi casa
¿Quieres alquilar tu casa? ¡Vas por buen camino consultando la normativa al respecto! Quizás no te hayas detenido en ello, pero lo primero que necesitas es el título de propiedad. Es decir, que debes poder demostrar que esa vivienda que alquilas es realmente tuya.
No saltes todavía a tomar las fotos para la publicidad. Detente un poco, puedes conversar con un abogado primero y revisar los trámites e impuestos que tendrás que pagar. Eso también te ayudará a fijar el alquiler.
El abogado te indicará que la Ley de Arrendamientos Urbanos es el marco legal de este tipo de alquileres en España. También es válido para locales comerciales, oficinas y otros. Si lo revisas, desde el inicio podrás percibir la importancia que otorga al contrato que realizan las partes. Sus disposiciones o cláusulas predominan en una disputa, siempre que no contravengan las leyes.
Y si te fijas en el Código Civil, que también regula este tipo de negocios, encontrarás la importancia que da a los acuerdos entre las partes.
El contrato de alquiler dota de obligaciones al propietario y al inquilino. Como decíamos, el arrendatario quiere comprobar primero que negocias efectivamente con tu propiedad. Eso implica que debes tener en regla los papeles del inmueble, así lo hayas recibido en herencia o de otra manera, ante el Registro de la propiedad.
La ley de arrendamientos te indica que el inquilino debe entregarte el equivalente a un mes de alquiler como fianza. Pero, al ser una garantía, no puedes disponer de ese dinero: debes dejar en depósito en una cuenta corriente que pertenece a la Unidad de fianzas (en un máximo a dos meses después de la firma del contrato) y devolverlo hasta 15 días después de finalizado.
También encontrarás deberes y derechos para parejas o familiares de las partes –para casos de divorcios o decesos– y en temas que pueden no haberse establecido en el contrato como el período de arriendo.
El contrato –que identifica a las partes, la vivienda y establece las obligaciones de las partes– debe ser elevado a escritura pública por un notario.
En la actualidad es usual tener un seguro de vivienda que cubra daños y accidentes variados.
Te corresponderán los tribunales locales en caso de disputa. Recuerda que las diferencias pueden llevar a un juicio civil, mercantil e incluso penal. Tu inquilino no puede realizar actividades ilegales en tu vivienda.
Debes revisar si en tu municipio existe un censo de pisos alquilados y cuál es tu obligación de registrarte.
El tema de impuestos también debe capturar tu atención. Revisa los requisitos, pues puede generar un pago para el propietario (por la transferencia patrimonial), y descuentos en la renta del inquilino. Esto también lo puedes conocer en la legislación tributaria nacional y en la normativa local.
En todo caso, alquilar no significa poner en riesgo tu casa. Al contrario, si quieres alquilar tu casa alimentas el mercado de inmuebles disponibles y obtienes un ingreso adicional. Por eso también ahora surgen nuevos negocios como el alquiler a turistas, a extranjeros, en verano y en otras vacaciones.
Cuanto cuesta alquilar mi casa
En primer lugar, los gastos relacionados con la preparación de la vivienda para su alquiler, como pequeñas reparaciones o mejoras y la certificación de eficiencia energética, pueden variar, pero esencialmente implican una inversión inicial.
Es recomendable también contratar un seguro de alquiler, que aunque no es obligatorio, ofrece tranquilidad y protección ante posibles incidentes y su precio medio podría rondar los 150 euros al año. Además, debes considerar los costos legales, como la elaboración del contrato de arrendamiento.
El precio por este servicio puede ser aproximadamente de entre 50 y 150 euros, dependiendo de la complejidad del contrato o si se incluye la gestión de otros trámites. Una gestión completa del alquiler, que incluiría servicios como la valoración de la vivienda, fotos profesionales, selección del inquilino, entre otros, puede tener un coste que se alinea con un mes de alquiler del inmueble.
300€ - 1200€
70%
5 meses
Hasta el Registro de la Propiedad
Agente inmobiliario o abogado. El notario es obligatorio
Presencial
Posibles problemas si hay errores en la redacción del contrato o si no se cuenta con toda la documentación y trámites necesarios
Sí
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