Solicitar ayudas rehabilitación de vivienda
¿En qué consiste una solicitar ayudas rehabilitación de vivienda? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre solicitar ayudas rehabilitación de vivienda
¿Qué son las ayudas rehabilitación vivienda?
Las subvenciones para llevar a cabo la rehabilitación de viviendas constan de unas ayudas con el objetivo anteriormente mencionado y que es ofrecido por el Ministerio de Fomento aunque es gestionado por la comunidad autónoma donde se ubica la vivienda en la que se desea realizar la obra.
Son cuatro los tipos de ayudas para el restablecimiento de inmuebles:
El primero tipo es una ayuda que se ofrece desde el gobierno central cuando una persona quiere reformar su casa, siendo 4000 euros la mayor cuantía posible a adquirir y se denomina Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria. El objetivo de esta ayuda es la ejecución de obras o tareas de mantenimiento en los elementos o espacios privativos comunes de los edificios residenciales.
El segundo tipo es el llamado Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas el cual es válido para edificar viviendas donde se hayan demolido otras con anterioridad.
El tercer tipo es el Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de edificios cuyo objetivo es fomentar el uso de este informe en lugar de la inspección técnica de edificios, incluyendo además el certificado de eficiencia energética la cual es obligatoria para edificios con más de 50 años y con la necesidad de una rehabilitación energética.
Y el cuarto tipo de ayudas es el llamado Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas con el cual se mejoran barrios, zonas turísticas o incluso se pueden llegar a crear los denominados ‘eco-barrios’.
Es importante saber qué ayuda es la que mejor se adecúa a nuestras necesidades ya que, si se solicitara una ayuda diferente a la que realmente necesitamos para llevar a cabo nuestra rehabilitación, posiblemente nos llegue denegada. Esto hará que los procedimientos y gestiones pertinentes para la solicitud de otra subvención se generen de forma aún más lenta.
Y es que, aunque la burocracia sea más lenta de lo que nos gustaría, si no se realiza un procedimiento con cautela, es posible que todo se ralentice muchísimo más a lo largo del tiempo. Con ello, además de una pérdida de tiempo, se generará una necesidad física del inmueble mayor a la inicial, lo que podría conllevar a una serie de problemas innecesarios que podrían solventarse con una buena solicitud.
Es por ello que, en ciertos casos sea necesaria la visita a un experto en la materia para que todo lo que deseemos realizar con dichas ayudas, no nos suponga una acción contraproducente. Esto se hace más importante cuando la rehabilitación se quiere hacer en el lugar de residencia habitual (primera vivienda).
Finalmente, cuando el trámite esté efectuado, solo quedará esperar a la notificación de la resolución de dicha subvención. La respuesta podrá ser positiva, lo que supondrá el comienzo del proceso de rehabilitación, o negativa.
Normativa y requisitos de las ayudas rehabilitación vivienda
La normativa que expone el procedimiento de solicitud de una subvención para la rehabilitación de una vivienda, así como muchos otros ascpectos que engloban las ayudas de rehabilitación edificios será especificado a continuación:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Para poder optar a este tipo de ayudas para la vivienda es preciso el cumplimiento de una serie de requisitos que serán igualmente expuestos a continuación con el objetivo de que su entendimiento sea más fácil y cómodo.
En primer lugar es necesario indicar que un 60 % de la edificabilidad deberá ser destinado a uso residencial de vivienda habitual, y en caso de no cumplirse la ayuda no será concedida o incluso retirada con serias consecuencias. Además, el ámbito se deberá haber delimitado por la Administración competente, al menos a 100 viviendas.
Un dato muy importante es tener en posesión el informe de evaluación de edificios, así como la certeza de que las actuaciones que se vayan a realizar en un futuro no solo que sean del agrado de la Comunidad de Vecinos, sino que además cuenten con el acuerdo de la propia Comunidad de Propietarios.
Por otro lado, para acceder a la subvención de fomento de ciudades sostenibles y competitivas hace falta cumplir otras series de condiciones adicionales:
Será de obligado cumplimiento circunscribirse a un único término municipal, así como poseer la delimitación precisa del área de actuación, la cual tendrá carácter homogéneo y de continuidad geográfica con la descripción de la situación urbanística y social de la misma. Esto es un dato fundamental y una documentación indispensable.
Además, se deberán de justificar la conveniencia de la propuesta de actuación así como incluir una memoria descriptiva de viabilidad técnica y económica de la actuación que se va a llevar a cabo para la rehabilitación de la vivienda.
Por último, es preciso adjuntar un presupuesto estipulado donde estén desglosados cada uno de los materiales, los tipos de actuación que se lleven a cabo en dicha obra, y un calendario donde se especifique la previsible ejecución.
La picaresca española entra en acción cuando se trata de realizar un presupuesto estimado de lo que nos podrá costar una obra que posiblemente será subvencionada posteriormente.
Y es que, no es la primera vez que se trata de engañar con presupuestos donde podemos pedir un favor a cualquier vecino, familiar o amigo para que engorde la cifra final de la cuantía a la que finalmente ascenderá la obra. Pero, si bien es cierto, hemos de tener cuidado con este tipo de acciones, en primer lugar por la legalidad, y en segundo lugar por la obra que va a realizarse.
Hemos de contar que actuando así recibiremos la subvención que deseamos en primer lugar, pero si no se atiende a un buen uso de los materiales o los utilizados no se corresponden con la calidad necesaria, pronto nos veremos obligados a realizar una segunda rehabilitación.
¿Cómo conseguir las ayudas rehabilitación vivienda?
El trámite para conseguir una subvención de cualquiera de los cuatro tipos que existen es de suma facilidad. Estos son: el Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria; el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas; el Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de edificios; y Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas. Como decimos los trámites son sencillos siempre y cuando nos ayude un profesional en la materia o acudamos a nuestra gestoría habitual.
Una vez se hayan superado todos los requisitos para acceder al derecho de una subvención, es preciso que estos sean reconocidos por la Comunidad Autónoma donde se encuentre situada la vivienda. Así mismo, será la Comunidad Autónoma la responsable de tramitar la posible subvención para la rehabilitación conforme a lo acordado con el Ministerio de Fomento.
Los cuatro tipos de subvenciones serán destinados a la realización de obras en el inmueble para la mejora del mismo desde diferentes ámbitos, según las necesidades particulares. Pueden ir desde la instalación del gas, electricidad, ventilación o aislamiento es posible la ayuda para su rehabilitación o incluso para la ampliación de espacios hasta un máximo de 120 m2 útiles e incluso para reforzar la estructura del edificio si fuese necesario.
La ayuda máxima por vivienda será de: 2000 euros para obras de conservación; 1000 euros más si se realizan remodelaciones relacionadas con la mejora de la eficiencia energética de la casa; y otra cuantía de 1000 cuando se realicen reformas para convertir la residencia en un lugar más accesible. Estas últimas rehabilitaciones suelen darse en viviendas o edificios donde habitan personas mayores o de movilidad reducida. En la mayoría de los casos suelen ser reformas de adaptaciones de baños, rampas o accesos.
Si la subvención es solicitada por parte de comunidades de propietarios, ésta oscilará entre los 2000 y los 5000 euros para actuaciones relacionadas con la calidad y sostenibilidad del edificio. Además, podrá incrementarse en 4000 euros más para mejora de la accesibilidad. Sin embargo, todas las cuantías expuestas anteriormente podrán verse incrementadas en un total de un 10 % si los edificios en cuestión están declarados como bien de interés cultural.
Como se ha indicado anteriormente, es muy habitual en los últimos años que se realicen diferentes obras de remodelación de las viviendas dado que, las viviendas de vieja construcción no tenían tan presente la accesibilidad. En consecuencia, se procede a la solicitud de subvenciones o ayudas para la rehabilitación de viviendas donde están viviendo personas ya mayores y a las que cada día les cuesta más subir escaleras o saltar el acceso a la bañera.
¿Cuándo solicitar las ayudas rehabilitación vivienda?
Para solicitar cualquier tipo de ayuda para la rehabilitación de una vivienda o edificio, es necesario que el inmueble haya sido construido con anterioridad al año 1981. Es preciso solicitar esta ayuda en la delegación de fomento de la comunidad autónoma donde se encuentre la vivienda o el edificio en cuestión. Esto es debido a que la competencia en gestión de ayudas pertenece a cada comunidad autónoma partículas a pesar de que la subvención la procese el gobierno español. Aunque si bien es cierto, existen otro tipo de ayudas que vienen dadas por las comunidades autónomas directamente, sin embargo no en todas las comunidades tienen el mismo procedimiento o llegan a existir.
Así mismo, como se ha apuntado anteriormente, si somos conscientes de que no vamos a realizar un trabajo con éxito o con el cual se garantice la optimización del trámite, será oportuno acudir a un profesional. Este podrá gestionar todo el proceso que conlleva la solicitud de una subvención. Se trata de un procedimiento habitual para este tipo de profesionales tanto para las diferentes subvenciones y ayudas como para un amplio rango de sectores (viviendas privadas, oficinas, edificios históricos, etc.).
Además, la fecha para la solicitud de ayudas para la rehabilitación de edificios es una fecha abierta por lo que no existe un mes o un día límite, tan solo existe un único requisito inicial y es para las viviendas que puedan optar por este tipo de ayudas, y son aquellas que han sido edificadas antes del año 1981. Algo que hace pensar en las miles de viviendas que existen en nuestro país construidas con anterioridad a la fecha mencionada, y que realmente necesitan de forma urgente una rehabilitación de consideradas dimensiones.
Así mismo, es también muy importante que la obra que se vaya a llevar a cabo se realice por personal cualificado. Esto garantizará que la recuperación del inmueble se ha realizado con todas las garantías por parte de todos los profesionales que hayan aportado su punto de vista. Bien sea desde la seguridad laboral hasta por la calidad del edificio en sí mismo y el cual podrá generar en el futuro otros desperfectos si no es tratado adecuadamente.
Si finalmente no es posible rehabilitar una vivienda gracias a ayudas para el edificio donde nos encontramos residiendo, no hay que desistir y seguir buscando opciones donde el adecentamiento o adaptación sea rápido y aporte mayor bienestar a los habitantes u ocupantes del inmueble. Garantizar la seguridad debe ser una máxima en estos casos.
Existen situaciones en las que la solicitud de una subvención para la rehabilitación de una vivienda se da porque uno de los habitantes tiene movilidad reducida. En este caso es necesario realizar ciertos cambios por el bien del enfermo y de las personas que permanezcan en su interior. Pero ante una primera negativa, en muchas ocasiones, se guarda silencio y no se vuelve a solicitar, algo que no debería considerarse debido a la necesidad vital para estas personas.
Si la resolución de dicha subvención es negativa, aun cumpliéndose los requisitos, es imperativo que se vuelva a solicitar, ya que es posible que se haya dado algún tipo de problema administrativo o de otra índole. Por ello, y como no podemos estar seguros de cuál ha sido el motivo, se recomienda que se vuelva a solicitar.
Cuanto cuesta solicitar ayudas rehabilitación de vivienda
Solicitar ayudas para la rehabilitación de vivienda en España puede representar una excelente oportunidad para mejorar y eficientizar las condiciones de un inmueble. Estos programas buscan fomentar la sostenibilidad, accesibilidad, y mejorar la calidad de viviendas y edificaciones.
El coste de solicitar este tipo de ayudas varía según el alcance del proyecto y el profesional elegido. Por ejemplo, para un informe de evaluación de edificios (IEE), esencial para acceder a muchas de estas ayudas, el precio medio ronda entre los 250 y 350 euros. Este documento es necesario para cualquier edificio que se someta a un proceso de rehabilitación y que quiera optar por subvenciones.
En caso de realizar un proyecto de rehabilitación energética, el costo del proyecto técnico varía en función de la complejidad y tamaño del inmueble, pero se estima que el precio medio estaría entre 900 y 6.000 euros.
Si hablamos de eficiencia energética, la instalación de un sistema de aislamiento térmico puede costar entre 30 y 60 euros por metro cuadrado.
Es importante recordar que aunque algunos proyectos pueden tener un coste inicial alto, las ayudas gubernamentales y otros programas de subvenciones pueden cubrir un porcentaje significativo de estos gastos, incentivando la renovación y mejoramiento de edificios bajo criterios de sostenibilidad y eficiencia energética. Para maximizar las posibilidades de recibir una ayuda, se recomienda consultar con profesionales cualificados y estar atentos a las convocatorias de los programas de subvenciones.
300€ - 750€
70%
2 semanas
Hasta el Ayuntamiento
Gestoría, Técnico cualificado
Presencial
No obtener la ayuda por entrega de documentación erronea o insuficiente. La solicitud de la ayuda tiene diversos apartados técnicos que dificilmente puede completar alguien sin conocimientos sobre el proyecto de rehabilitación.
Sí
¿Te surgen más dudas sobre solicitar ayudas rehabilitación de vivienda? Nosotros te las resolvemos
- Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria: es una ayuda que ofrece el gobierno en el caso de que una persona quiera reformar su casa. La ayuda puede ascender a una cuantía de 4.000€. Esta subvención tiene como objetivo la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios residenciales.
- Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas: son unas ayudas para poder edificar viviendas en espacios donde se han demolido antiguos edificios.
- Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios: Pretende fomentar el uso de este informe que sustituye a la Inspección técnica del edificio ITE y el cual incluye el certificado de eficiencia energética. Este informe es necesario para pedir las las ayudas para la rehabilitación de la vivienda. Este informe es necesario Además el informe de evaluación del edificio es obligatorio para los edificios de más de 50 años.
- Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas: es una subvención para proyectos de mejora en barrios, la creación de eco-barrios y la renovación de zonas turísticas.
- El edificio debe haber sido construido antes de 1981 y dedicar al menos un 70% de su superficie a uso residencial.
- Las subvenciones deberán ir destinadas a la realización de obras en el inmueble para la mejora de las instalaciones de gas, electricidad, ventilación, aislamiento, ampliación de espacios hasta un máximo de 120m2 útiles e incluso para reforzar la estructura del edificio.
- La ayuda máxima por vivienda será de 2.000 euros para obras de conservación, 1.000 euros más si se realizan tareas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética de la casa y otros 1.000 cuando se hagan reformas para hacer la vivienda accesible.
- En el caso de las comunidades de propietarios, la subvención será de entre 2.000 y 5.000 euros para actuaciones relacionadas con la calidad y sostenibilidad del edificio, además de 4.000 euros más para mejora de la accesibilidad. Todas estas cuantías podrán incrementarse un 10% en edificios declarados bienes de interés cultural.
- Ambito deberá estar delimitado por la Administración competente, al menos a 100 viviendas.
- Un 60% de la edificabilidad deberá destinarse a uso residencial de vivienda habitual.
- Los edificios y viviendas deberán poseer el informe de evaluación y que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la Comunidad o Comunidades de Propietarios.
- Deberán circunscribirse a un único término municipal
- Contener la delimitación precisa del área de actuación, que tendrá carácter homogéneo y continuidad geográfica, con la descripción de la situación urbanística y social de la misma.
- Deberán Justificar la conveniencia de la propuesta de actuación.
- Incluir una memoria descriptiva y de viabilidad técnica y económica de la actuación.
- Adjuntar presupuesto estimativo, desglosado por tipos de actuación.
- Adjuntar un calendario previsible de ejecución.
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
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