Nos disponemos a alquilar o vender un local que tenemos deshabitado y nos ofrece una empresa la oportunidad de arrendarlo para que desarrolle su nueva actividad y el nuevo dueño nos dice que ha oído hablar de la necesidad de presentar un certificado energético.
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¿Es obligatorio realizar una certificación energética de nuestro local comercial?
El certificado energético, salvo alguna excepción que contempla la norma, es de carácter obligatorio para todas aquellas viviendas, locales y edificios que se pongan en venta o alquiler a partir del 1 de junio de 2013, según el “Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.”
Ahora bien, ya sabemos de la necesidad de realizarlo pero tenemos que saber quien podría hacerlo.
¿Quién o quiénes son las personas competentes que lo tendrían que realizar?
El certificado nos lo tiene que emitir un técnico especializado y competente en la materia, ya sea arquitecto, arquitecto técnico o aparejador, ingeniero o ingeniero técnico, aunque dependiendo de la comunidad autónomo existen una serie de “tiranteces” entre los técnicos por el tema de las competencias.
Elegimos al que más nos convenga o nos interese, no solo desde el punto de vista de los honorarios, ya que habrá disparidad de honorarios y de precios del certificado energético entre los técnicos de la calle, así que nuestro consejo es que se elija al más “económico”, entendiendo “económico” como aquel que nos garantice el mejor precio acorde con el mejor trabajo; ya que quizás el más barato no siempre es el mejor realizado.
¿Qué datos necesito proporcionarle al técnico para realización del certificado energético?
Vamos a responder a esta cuestión planteando un ejemplo práctico:
“Tenemos un local comercial de 80 m2, cuya fachada da a dos calles haciendo esquina, dispone de un aseo para el personal de trabajo, escaparates continuos de cristal en ambas fachadas y luminarias de bajo consumo.”
Con estos datos ya podemos hacernos una idea y tener un punto de partida que darle a nuestro técnico, aunque una vez que nos visite el técnico (porque sí, los técnicos que realizan los certificados energéticos deben y tienen la obligación de visitar el local para realizar el certificado acorde con la realidad), él se encargará de tomar los datos más concretamente, como por ejemplo el tipo de cristal del escaparate, si es o no de doble aislamiento, si lleva cámara, si el marco es de metal o de madera, si lleva rotura de puente térmico, etc.
Tras realizar la toma de datos correspondiente, se introducen todos los datos en los programas autorizados por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, por citar alguno de los disponibles usaremos el programa CE3X, programa utilizado por método simplificado y una herramienta muy ágil para los técnicos.
Una vez introducidos todos los datos, visitado el local, medido la superficie, la distancia a los edificios que puedan generarnos un patrón de sombras, la superficie de las cristaleras, los tipos de instalaciones, y una serie de datos técnicos más precisos, obtendremos una categoría según la clasificación energética A,B,C,D,E,F o G.
Estos valores que nos da el programa nos indica lo “eficientemente energético que es nuestro local”, de modo que puede servirnos como punto de partida para realizar modificaciones y reformas que vayan encaminadas en la mejora del consumo energético de nuestro local y así contribuir a reducir las emisiones y los efectos nocivos sobre nuestro planeta.