Impagos, exceso de ruidos, insalubridad, aparición de humedades o controversias sobre derramas son algunos ejemplos de conflictos entre vecinos que se pueden ver día a día en cualquier foro de comunidades de vecinos, en los que se aprecia cómo la convivencia en un bloque de viviendas puede convertirse en un auténtico desafío.
Por ello, ante una pelea vecinos o cualquier desavenencia conviene consultar la Ley de Propiedad Horizontal, que traza las líneas de actuación ante estos conflictos. Además si quieres impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios puedes solicitar ayuda de un abogado.
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Problemas en la comunidad de vecinos
¿Quién no ha tenido un vecino ruidoso o que haga un mal uso de los lugares comunes? Si estas situaciones te resultan familiares, conviene saber que la normativa prohíbe actividades que puedan resultar “dañosas para la finca” o que contravengan “las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
Si un propietario detecta actuaciones como estas, puede alertar al presidente de la comunidad para que advierta al vecino. Si persiste en su actitud, se convocará Junta de propietarios con el inicio de actuaciones contra él en el orden del día.
Las acciones judiciales, que pueden ir precedidas de demanda administrativa en casos como molestias por ruido, se tramitarán por procedimiento ordinario, salvo cuando se emprendan contra un vecino moroso, en cuyo caso se activará lo que se conoce como proceso monitorio.
Para iniciar este procedimiento de reclamación de deudas se seguirá la pauta indicada, aunque la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda que quede constancia del requerimiento de pago al moroso, por ejemplo con un burofax.
Reclamar contra acuerdos de la comunidad
¿Y si el problema es una decisión de la Junta de propietarios? En esta situación, quienes no votaran a favor pueden oponerse judicialmente en los tres meses siguientes al acuerdo, plazo que se extiende a un año si va en contra de la Ley o los estatutos. Los vecinos ausentes también pueden impugnar si manifiestan su discrepancia en el mes siguiente de conocer el acuerdo.
Estar libre de deudas, salvo cuando la decisión sea sobre variaciones de cuotas, será un requisito para iniciar esta vía, válida ante asuntos contarios a la normativa o los estatutos de la comunidad. Las decisiones en beneficio de propietarios particulares y aquellas de las que se puedan derivar perjuicios para un vecino también pueden impugnarse judicialmente.
Problemas con el presidente de la comunidad de propietarios
Si el conflicto es con el presidente de la comunidad de propietarios también se puede actuar por lo civil cuando haya tomado alguna decisión al margen de la Junta de propietarios de la que se deriven daños para el resto. Asimismo, es posible denunciar por lo penal ante posibles coacciones o usos indebidos de los fondos de la comunidad.
Para emprender acciones legales contra el presidente se recomienda convocar una Junta de propietarios, para lo que se requerirá el apoyo de la cuarta parte o de tantos como representen ese porcentaje de cuota de participación.
El arbitraje y la mediación para resolver conflictos entre vecinos de una comunidad, que se está potenciando en lugares como Cataluña, es una alternativa a la judicial, que consume tiempo y se puede traducir en gastos extra para la comunidad de propietarios, que necesitará un abogado para acudir a los tribunales.