El segundo año de normativa ha supuesto el aumento en un 80% de las solicitudes de certificados energéticos en el comparador de Certicalia. 

Las sanciones por alquilar y vender sin certificado entre las causas de este incremento.

Con el inicio de este mes de Junio se cumplen ya dos años desde que entrara en vigor el Real Decreto de Certificación Energética. Esta normativa, impuesta desde la Unión Europea, obliga a todos los inmuebles en venta o alquiler a tener a disposición de compradores e inquilinos su calificación energética en pro de ofrecer una información más completa del edificio en cuestión.

La certificación energética solo puede ser realizada por un técnico habilitado, que una vez haya realizado la visita al inmueble podrá categorizarlo en una escala que va de la A a la G, siendo A la mejor calificación energética posible y G la peor. Si bien la entrada de esta normativa ha reactivado notablemente el sector, todavía se espera un aumento mayor en los próximos años. S

in ir más lejos, en este último año se han incrementado un 80% las solicitudes de certificados energéticos en el comparador de Certicalia.com. Esta tendencia se explica gracias a la creciente información que empieza a existir sobre la certificación energética, así como a las primeras sanciones en certificación energética que ya se están dando en muchas comunidades. 

En Madrid, por ejemplo, la Dirección General de Industria, Energía y Minas realiza inspecciones aleatorias que han abierto expedientes a propietarios por alquilar sus inmuebles sin contar con el certificado energético obligatorio. Otras de las infracciones más comunes son la de falsear la información del certificado energético o la de actuar como certificador energético sin estar habilitado. Según los datos de los que dispone Certicalia el 87% de los inmuebles en venta y alquiler que obtienen calificaciones energéticas se encuentran entre las más bajas, es decir, E, F y G, siendo la calificación energética más común la E, presente en más de la mitad de los certificados energeticos tramitados por Certicalia.com  

 Lo que debes saber sobre el certificado energético…

  • Antes de anunciar el inmueble

El certificado energético debe realizarse con anterioridad a la publicación en venta o alquiler del inmueble. Esperar a tener un comprador o inquilino para encargar la certificación supone una infracción.

  • No se exige una calificación mínima

La certificación energética ni se aprueba ni se suspende. Se trata de información objetiva acerca del consumo del inmueble y la normativa obliga a mostrar el resultado a los interesados en habitar una vivienda, pero no exige superar una calificación en concreto.

  • Ningún acuerdo entre las partes exime de la obligatoriedad

Aunque haya consentimiento por parte del comprador, un contrato de compraventa sin certificado energético es ilegal.  

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