En la actualidad somos muy conscientes de los gastos que sufrimos en nuestra vivienda, en nuestro negocio, en nuestra empresa y por ello es nuestra obligación como consumidores de entender las facturas eléctricas.
Vamos a explicar en este post como vamos a interpretar o leer la factura de la luz. Vamos a ver un ejemplo con una factura tipo de las más habituales. Veremos qué contratos o qué tipo de contratos existen. Nuestra labor responsable como consumidores conlleva que sepamos interpretarlas, y, en caso de que se requiera, de reclamar o verificar que está correcta.
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En este ejemplo veremos una modalidad de contrato tipo 2.0 que será el tipo más habitual en los domicilios particulares.
Índice de contenidos
Periodos de facturación de la luz
En primer lugar comprobaremos que la factura está a nombre del propietario, con el número de contrato. Un tema importante que hemos de verificar es el periodo de facturación. Parece una obviedad pero no lo es tanto. Recomendamos introducir en un Excel o contar los días con un calendario delante nuestro.
En el periodo de facturación el primero de los días no se cuenta (en este caso el día 8 de febrero no cuenta) pero sí que lo hace el último día de facturación. Es decir cuentan los días 9-10-11-12… etc de febrero hasta el día 8 de marzo. Debiéramos comprobar los periodos de facturación a lo largo de todo el año y verificar que la suma de todos es 365 días (año).
Potencia contratada
Posteriormente comprobaremos la potencia contratada. No es dato nimio puesto que por ese concepto nos van a imputar un coste diario.
¿Cómo podemos saber cuánta potencia debemos de tener? Las compañías nos ofrecen unos rangos de potencia, comenzando desde 2,3 KW hasta 9,2 KW.
Una vivienda en bloque con unos electrodomésticos habituales (lavadora, lavavajillas, secador…) nos será suficiente una potencia de 3.45 kw. No nos debe dar miedo modificarlo, las compañías deben adaptarse, por lo que si lo necesitas puedes bajar la potencia contratada.
Si vemos que en nuestro domicilio nos “salta “ la luz, es porque el Interruptor de Control de Potencia (ICP) corta el suministro.
Una vez que sabemos el periodo de facturación y la potencia contratada analizamos línea a línea.
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Potencia facturada
La compañía nos va a facturar por un importe fijado multiplicado por los días del periodo de facturación y por los KW contratados. Aquí es donde hemos de tener cuidado con la potencia contratada. Si en el caso que estamos viendo, en vez de 3.45 KW fueran 9.2 KW en la línea superior haríamos la operación siguiente:
9.2 KW*29** 0.119445 €/Kw días = 31.87 €, es decir, un sobrecoste de 19.92€ en un mes.
Energía facturada
Se trata de la energía que consumimos día a día. Aquí van a entrar en juego todas las opciones de ahorro energético que nos ofrecen o que conocemos. Por ejemplo, una habitación con una típica luz de 300 w que tenemos encendida de 5 de la tarde a 10 de la noche en los meses de invierno (típica lámpara de pie con flexo para lectura) son 5 horas/día.
300 w/hora por 5 horas/día = 1.5 Kw/día
1,5 kw día * 29 días = 43.5 Kw que nos supone esta lámpara encendida.
En este caso el coste es de 0.132592 €/kwh * 43.5 KW = 5.77€ nos cuesta mantener la lámpara encendida.
Si la sustituimos por una lámpara LED de 20 w, el coste será de 38 cts de euro.
Impuesto sobre la electricidad
El impuesto sobre la electricidad viene fijado por ley, así que no podremos hacer nada para rebajar este concepto, con la excepción de que como se trata de un tanto por ciento de los términos anteriores, en la medida en la que aquellos se reduzcan, éste también se verá reducido. Es decir, la electricidad además de tener imputado un IVA tiene otro impuesto más. Este impuesto fue legislado para poder pagar la factura del carbón (deficitario) en nuestro país.
Alquiler de equipos de medida
Las compañías comercializadoras tienen que hacer la lectura de los consumos de los consumidores. Hemos visto muchas veces en nuestros recibos lecturas estimadas, esto es así porque no se tiene en un momento dado acceso a los contadores y nos encontramos con recibos muy bajos y posteriormente con recibos muy altos. Cada vez más nos encontramos con equipos telegestionados que proporcionan lecturas reales e inmediatas.
Por esos equipos de medida nos cobran una cantidad diaria que, normalmente, viene fijado por ley.
Finalmente se le aplica el IVA en vigor en ese momento.
Si tienes dudas sobre tu factura puedes hacer una consulta en nuestro foro de expertos.