En menos de un mes se cumplirá un año desde la entrada en vigor la normativa de certificación energética, y digo polémico por muchas razones. Desde su inicio no han sido pocas las dudas que se generaron alrededor del mismo, en primer lugar respecto a la gestión de su registro en la autoridad autonómica competente, y posteriormente respecto al control que se realizaría para comprobar su correcta aplicación.
Desde el punto de vista administrativo parece ser que se han ido despejando dudas, y no sólo eso, se han estado articulando las herramientas administrativas pertinentes para que sea posible la aplicación de la normativa de certificación energética y por tanto del RD sin problemas por parte de los certificadores energéticos y de los propietarios.
Desde el punto de vista formal de las certificaciones, después de casi un año analizando el panorama, ya se puede llegar a algunas conclusiones:
1. En líneas generales, el segmento de la sociedad al que va dirigido este real decreto, no ha sido informado. Desde colegios de arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros sí ha habido una campaña importante de información y formación para facilitar a los técnicos competentes en este campo todo lo necesario para que realicen su trabajo en condiciones, pero sin una campaña pública de información al público general, todo se hace más complicado.
2. Las personas que han solicitado este certificado, son en su gran mayoría aquellas que la propia inmobiliaria, o la notaría en el momento de su venta, ha informado al cliente de la obligatoriedad de presentar esta documentación.
3. Los propietarios de viviendas que han realizado el certificado de su vivienda no saben para qué sirve, únicamente interpretan que se trata de un "papel" más necesario para formalizar la venta/alquiler de su inmueble.
4. Finalmente, existe una tendencia a solicitar el certificado una vez se ha asegurado la venta/alquiler, en lugar de solicitarlo en el momento de publicitar dicha venta/alquiler. Para comprobar esto no hay más que visitar cualquiera de los portales on line de venta y alquiler de inmuebles. Si bien después de casi un año, prácticamente todos o los más importantes, ya disponen de su apartado referente a la certificación energética de edificios existentes, en la práctica totalidad de los inmuebles no se indica la calificación de la vivienda, o la existencia de dicho certificado.
Actuando de esta forma, además de no estar dentro de la legalidad, se desvirtúa completamente el concepto de la calificación energética de viviendas, ya que al fin y al cabo, se trata de información al consumidor, por lo que si no se aporta en el momento de publicitarlo el consumidor no podrá tener en cuenta este parámetro para contrastar con otros posibles inmuebles.
Como vemos, sí parece ser que se ha normalizado en cierto grado el procedimiento, pero aún queda mucho por hacer en lo referente a la concienciación por parte de la población de lo que significa este certificado energético, que sin duda ha llegado en el peor momento para todos, pero que es un paso más para la integración de nuevos sistemas de control de gasto energético que a la postre redundarán en una mejora de la eficiencia energética, y por tanto en un ahorro.