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En la nueva orden de certificación energética de Madrid se especifica que la visita del certificador energético es absolutamente obligatoria, evitando así certificaciones fraudulentas en la Comunidad de Madrid
El nuevo proyecto de Orden de certificación energética en Madrid actualiza la existente y desarrolla puntos claves de la normativa de certificado energético en Madrid.
La dirección general de Industria y Minas ha elaborado un proyecto de Orden de la Consejería de Economía y Hacienda que desarrolla algunos aspectos referentes a la Certificación Energética en Madrid. Este proyecto de Orden ha sido sometido al trámite de audiencia pública durante este verano, enviándose a los distintos colegios profesionales afectados por la normativa para que hagan sus comentarios y observaciones. En la página web del colegio de arquitectos puede consultarse. Se tarta de una medida muy positiva ya que aclara algunos conceptos del Real Decreto de certificación energética que causaban cierta confusión y cuya ambigüedad se ha aprovechado para hacer mal uso de la normativa.
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La certificación energética en Madrid obligará a la toma de datos in situ
Unos de los aspectos que más polémica a causado en el último año han sido las certificaciones energéticas a distancia. Certificados energéticos realizados por certificadores energéticos que, sin desplazarse al inmueble, calculan la certificación energética basándose en los datos que el propietario les facilita. En el Artículo 4 del proyecto de Orden se indica que los certificados energéticos serán expedidos por técnicos competentes tras la correspondiente toma de datos realizada in situ. De esta manera queda claro que la visita al inmueble es imprescindible para cumplir con la normativa de certificación energética en Madrid
Cómo mostrar la certificación energética en Madrid : agencias, portales y prensa.
Además, esta Orden regula cómo deben mostrar la etiqueta energética las agencias y portales inmobiliarios en Madrid. La etiqueta energética completa o, por lo menos, la escala cromática con los valores de emisión y consumo debe mostrase en folletos divulgativos, en los portales inmobiliarios, en los escaparates de las agencias inmobiliarias y otros medios similares. En los anuncios de prensa bastará con mencionar la calificación energética de emisiones. Por último, en los anuncios de venta o alquiler que se colocan en el exterior del edificio donde solo aparece el teléfono, no es necesario incluir la etiqueta energética ni la calificación.
La certificación energética en Madrid debe realizarse siempre antes del contrato de venta o alquiler.
Una de las actuaciones más denunciadas por los agentes implicados en la certificación energética, es la de encargar el certificado energético en el momento de la firma del contrato, o incluso después de la escritura. Actuando así se incumple el deber de información al comprador o al arrendatario. En el proyecto de Orden de certificación energética en Madrid se indica que el certificado energético debe entregarse al comprador o inquilino siempre antes de la firma del contrato.
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