¿Has oído hablar alguna vez de la Red Natura 2000? Es posible que no te suene mucho. La Red Natura 2000 es una red europea de espacios naturales protegidos. Pero en este artículo no vamos a hablar de la importancia paisajística y medio ambiental de estos espacios, que por supuesto es inconmensurable, sino de lo que pueden afectar urbanísticamente a los particulares.
Los espacios de la Red Natura 2000 no consisten solo en parques naturales, sino que incluyen también parcelas normales, que se pueden comprar y vender, pero que están en entornos de especial valor medioambiental. Esto no quiere decir que en estas parcelas no se pueda desarrollar ninguna actividad, ni realizar ninguna construcción, pero sí que habrá que tener un especial cuidado.
¿Qué es la Red Natura 2000?
Como dice la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: “Natura 2000 es una red ecológica europea de áreas de conservación de la biodiversidad. Consta de Zonas Especiales de Conservación (ZEC) establecidas de acuerdo con la Directiva Hábitat y de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) designadas en virtud de la Directiva Aves”.
El objetivo es detener la pérdida de biodiversidad, asegurando la supervivencia de las especies y tipos de hábitat en Europa. Red Natura 2000 es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.
Red natura 2000 mapa
El mapa de la Red Natura 2000 solo incluye las categorías ZEC y ZEPA, que no son excluyentes entre sí. Pero existen otras dos categorías que es bueno conocer también para no perdernos en esta maraña de siglas:
- Lugares de Importancia Comunitaria (LIC). Estos lugares no pertenecen todavía a la Red Natura 2000. Digamos que se trata de una fase previa propuesta por cada región de Europa, antes de convertirse en una de las siguientes zonas.
- Zonas Especiales de Conservación (ZEC). Se trata de áreas de gran interés medioambiental para la conservación de la diversidad. Se incluyen ecosistemas que por su rareza o valor simbólico tengan un interés comunitario, tanto por sus hábitats como por su flora o su fauna. Como referencia, en Galicia existen 59 de estas zonas.
- Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Se trata de áreas de especial importancia para la conservación de las aves, ya sea por su función reproductiva, por la alimentación o simplemente por su migración. Se designa directamente a nivel nacional. Pueden coincidir con las de la anterior categoría o no. Como referencia, en Galicia existen 16 de estas zonas.
- Zonas de Especial Protección de los Valores Naturales (ZEPVN). Se trata de una categoría obsoleta, utilizada a nivel autonómico en Galicia. Estas zonas actualmente se adscriben a alguna de las dos categorías anteriores. Se trataba de “aquellos espacios que, por sus valores de interés natural, cultural, científico, educativo o paisajístico, sea necesario asegurar su conservación y no tengan otra protección específica.
¿Cómo puedo saber si mi parcela está incluida en la Red Natura 2000?
Hoy en día existen varias vías para conocer la extensión y el alcance de la Red Natura 2000. Puedes consultar el mapa de la Red Natura 2000 gracias a un mapa interactivo, que existe a nivel de toda Europa, en el que se pueden examinar todas las áreas de la Red Natura 2000.
A nivel local, el planeamiento urbanístico de cada ayuntamiento debería incluir, si está actualizado, todas las zonas de la Red Natura 2000 que afectan al municipio.
También se puede comprobar en visores como el del Plan Básico Autonómico, en el que se pueden analizar todas las afecciones vigentes en cada parte del territorio gallego.
¿Qué actividades están permitidas en la Red Natura 2000?
En los espacios de la Red Natura 2000 se establecen usos y actividades permitidos, autorizables o prohibidos. Estos dependerán del tipo de zona en el que se encuentre dicho espacio (litoral, fluvial, rocosa, etc).
- Los usos y actividades permitidos no necesitan autorización. En general, se consideran usos o actividades permitidos aquellos de carácter tradicional que son compatibles con la protección del espacio natural porque no causan afección apreciable.
- Los usos y actividades autorizables en espacios de la Red Natura 2000 deben ser autorizados por el órgano competente (el organismo autonómico competente en materia de Medio Ambiente, como la Consellería de Medio Ambiente de Galicia, por ejemplo).
- Los usos y actividades prohibidos son aquellos que puedan causar perjuicio a la integridad del lugar. En general, están prohibidos todos aquellos usos y actividades que están prohibidos en el suelo rústico especialmente protegido.
A continuación, nos basaremos en el Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia, aunque la mayoría de sus condiciones son extrapolables para el resto de los espacios de la Red Natura 2000 de España.
Usos permitidos en la Red Natura 2000
Con carácter general, se fomentará la preservación de la flora y la fauna del lugar. Por tanto, se permiten las explotaciones agrícolas y ganaderas siempre que no incorporen especies no autóctonas.
Se pueden talar árboles frutales y árboles decorativos. En áreas forestales se permite la producción de madera de especies autóctonas cultivadas, continuando con el ciclo productivo de regeneración.
Se permite la recogida de castañas, setas o bellotas para autoconsumo. Se permiten las actividades de caza y pesca reguladas por las normativas sectoriales.
Usos prohibidos en la Red Natura 2000
Con carácter general, se prohíbe la introducción de especies de flora y fauna no autóctonas. No se podrán talar árboles ni arbustos silvestres. En general, todos los usos y actividades que no estén permitidos o sean autorizables, estarán prohibidos.
Usos autorizables en la Red Natura 2000
Se deberá solicitar autorización al órgano competente, entre otros, para los siguientes usos:
- Cambio de uso agropecuario o forestal
- Creación de nuevos pastizales o terrenos de labor sobre superficies ocupadas por hábitats
- Eliminación de setos en áreas de aprovechamiento agrícola o ganadero
- La fumigación con equipos aéreos
- Plantaciones o repoblaciones forestales
Zonificación
Se establecen 3 categorías para dar cabida a ciertas áreas que, estando integradas en la Red Natura 2000, por su configuración específica necesitan albergar ciertos usos o actividades menos restringidas.
En cada zona se establecen tres posibles categorías:
Zona 1. Área de protección (usos tradicionales compatibles)
Es el área más restringida. En esta área se fomentará la conservación y recuperación de los ecosistemas, siguiendo una política de mínima intervención.
Zona 2. Área de conservación (aprovechamiento ordenado de los recursos naturales)
Se fomentará el desarrollo de los sectores productivos y la mejora en su calidad de vida, mediante subvenciones y beneficios fiscales. Se fomentará la conservación de los paisajes culturales y los sistemas de explotación tradicional.
Zona 3. Área de uso general.
Se trata de las zonas con un valor de conservación más bajo, en las que se prevén los usos menos naturales, como los asentamientos y núcleos rurales, infraestructuras de comunicación y donde se deberán ubicar las actividades de uso recreativo.
Obras autorizables según su zonificación
En los espacios de la Red Natura 2000 también se pueden realizar obras de edificación, aunque de manera restringida y siempre respetando el entorno en el que se ubican.
En general, las obras de conservación y mantenimiento de las edificaciones existentes están permitidas sin autorización. Para el resto de casos, dependerá del área en la que se encuentren:
1. Obras autorizables en Áreas de Protección
- Rehabilitación o ampliación de construcciones agrícolas, aserraderos y otras instalaciones de primera transformación de productos agroganaderos y forestales.
- Rehabilitación de edificaciones tradicionales o de singular valor arquitectónico para su uso residencial, turístico o artesanal.
- Construcción de muros de contención y cierres o vallados.
- La instalación de establecimientos de acuicultura.
2. Obras autorizables en Áreas de Conservación:
- Todas las autorizables en las Áreas de Protección.
- Rehabilitación de edificaciones tradicionales, de interés patrimonial o etnográfico, situadas en el litoral.
3. Obras autorizables en Áreas de Uso General:
- Todas las autorizables en las Áreas de Conservación.
- Rehabilitación y ampliación de las edificaciones existentes que no supongan una variación de su tipología.
- Nueva construcción de usos residenciales vinculados a la explotación agrícola o ganadera.
- Construcciones agrícolas, ganaderas o forestales en general.
- Construcciones y rehabilitaciones destinadas al turismo en el medio rural, siempre que sean potenciadoras del medio donde se sitúen.
- Construcciones que hayan de situarse en el medio rural, tales como cementerios, escuelas agrarias, centros de investigación y educación ambiental, campamentos de turismo y pirotecnias.
- Instalaciones de playa o de carácter deportivo, sociocultural, recreativo o de baño, que se desarrollen al aire libre, con las obras o instalaciones imprescindibles.
Conclusión
Los espacios de la Red Natura 2000 son entornos que hay que proteger. Si tenemos una parcela en estos espacios, debemos saber que no podemos hacer cualquier cosa.
Esto en la práctica hace que estas parcelas suelan venderse a precios muy económicos. Pero el valor real de estas parcelas no es el productivo, puesto que tendremos una limitación de cultivos, de arbolado y, por supuesto, de construcciones. El valor real es el paisajístico, el natural y el cultural.
Existe una excepción, los espacios pertenecientes a la Zona 3, Áreas de Uso General, que en la práctica se tratan como suelo rústico común o incluso como suelo de núcleo rural, en los que se podrán realizar actividades de ocio y tiempo libre, de turismo rural e incluso viviendas en ciertas circunstancias.
Lo importante es saber respetar estos espacios para mantener al menos un pequeño porcentaje de naturaleza en nuestro entorno.