Existen casos en los que se puede construir en terrenos quemados gracias a su recalificación. Descubre qué casos son y sobre qué base jurídica se sostienen.
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Ley de Montes
En el año 2015, el gobierno del Partido Popular, en funciones en ese momento, decidió modificar la ley de Montes existente, pasando a aprobarse la nueva Ley de Montes 21/2015. La novedad más polémica de dicha ley vino con la eliminación de la restricción de 30 años. Hasta entonces debía transcurrir para permitirse la recalificación de un terreno quemado.
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Controversia surgida con la nueva Ley
Concretamente, lo que recoge dicha ley (que regula el 54% de la superficie del país), es que “con carácter excepcional”, las diferentes Comunidades podrán cambiar el uso que se le da a los terrenos quemados siempre que “concurran razones imperiosas de interés público de primer orden” y con la condición de que se tomen las medidas necesarias para recuperar una superficie forestal equivalente a la afectada.
Muchas asociaciones ecologistas han dado la voz de alarma ya que prevén que el número de incendios provocados crecerá para que de esa manera se recalifiquen estos suelos para la construcción de edificaciones u otras infraestructuras.
Desde el gobierno niegan que esta interpretación sea correcta, ya que el significado que le dan a este aspecto de la ley es totalmente contrario. La justificación en este caso sería, por ejemplo en el caso de un propietario que se negara a la expropiación de sus terrenos con destino a obra pública, pudiese quemar dicho terreno y así impedir la construcción de la obra pública durante 30 años.
Interpretación de la ley de montes
Si nos ceñimos al contenido exacto de la ley, concretamente al artículo 50, no estaría permitido recalificar un terreno quemado con fines de interés particular, sino que sería para intereses colectivos o públicos.
De momento, al ser una ley bastante reciente, no hay ningún caso concreto sobre el que podamos opinar, con lo que deberemos esperar para ver en qué casos la ley se aplica de manera correcta o surgen casos en los que se incumple.