El Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). La finalidad del sistema CAE es la acreditación de ahorros de energía en el ámbito del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).
El objetivo del sistema de CAE es contribuir al cumplimiento, para el año 2030, de como mínimo alcanzar el ahorro acumulado de energía final establecido en el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética.
El Sistema de CAE se aplica a aquellos que tengan la condición de sujetos obligados del SNOEE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre.
Este Sistema será de carácter voluntario y podrá ser alternativo, total o parcialmente, al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Así, las obligaciones de ahorro de los sujetos obligados podrán cumplirse mediante la presentación de CAE, siempre que se respete el porcentaje mínimo de aportación al Fondo que será determinado periódicamente mediante orden de la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Índice de contenidos
¿Qué agentes intervienen en el sistema CAE?
Principalmente encontramos el sujeto obligado, el sujeto delegado, el usuario final, el instalador o subcontratista, ingenierías y organismos de control de la conformidad OEC.
Sujeto obligado: Tendrán esta condición las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor y los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor, tal y como se establece en el artículo 69 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre.
Sujeto delegado: Toda aquella persona jurídica de naturaleza pública o privada que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de ahorros de energía de uno o varios sujetos obligados y que haya sido previamente acreditado como tal por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE.
¿Qué es un certificado de ahorro energético y para qué sirven?
El CAE es un documento electrónico que establece el reconocimiento del ahorro anual de consumo de energía final derivado de una actuación de eficiencia energética realizada según el catálogo (fichas) de posibles actuaciones o como una actuación singular.
Los CAE permitirán a los sujetos obligados a cumplir con sus obligaciones de inversión en eficiencia energética. Es un activo que puede ser objeto de compraventa y a la vez permite mejorar la rentabilidad de la inversiones en eficiencia energética.
Este sistema CAE es una herramienta para conseguir los objetivos de ahorro energético que marca Europa de una manera más flexible y eficaz. Además, facilitando a las comercializadoras el cumplimiento de ahorro energético sustituyendo un porcentaje de sus pagos obligatorios al FNEE por un CAE proveniente de una inversión en eficiencia energética.
Este sistema también beneficiará a las personas consumidoras ya que supondrá una reducción de su factura energética.
¿Qué actuaciones pueden formar parte de un sistema CAE ?
Hay un catálogo de actuaciones, que es un conjunto de fichas técnicas con una relación de actuaciones estandarizadas de ahorro de energía final que dan derecho a la emisión de un CAE.
En el sistema CAE pueden existir las actuaciones estandarizadas que se pueden replicar fácilmente mediante las fichas técnicas. Otra posibilidad son las actuaciones singulares que por sus características no se pueden incluir en una ficha del catálogo ya existente. Sólo tendrán derecho a la emisión de un CAE válido una vez ejecutadas las actuaciones y se confirmen los ahorros anuales de energía obtenidos mediante un verificador de los ahorros energéticos.
¿A quién pertenecen los CAE ?
Se tiene que formalizar un acuerdo firmado o convenio CAE entre el sujeto obligado o delegado con el propietario del ahorro energético final por el cual se cede el ahorro energético obtenido CAE a cambio de una contraprestación.
El beneficiario podría no ser el propietario del ahorro de energía final y ser una persona física o jurídica de naturaleza pública o privada que hace la inversión de la actuación de ahorro energético con la finalidad de obtener un ahorro de energía final para sí mismo o para un tercero.
¿Qué es una entidad verificadora?
Para verificar los ahorros de energía obtenidos se necesita de una entidad independiente que verifique los ahorros obtenidos por la ejecución de las actuaciones de eficiencia energética. Además, deberá verificar que la documentación entregada en el expediente cumpla con todos los requerimientos de información necesaria.
Esta entidad puede ser elegida libremente por el sujeto obligado o sujeto delegado, y tiene que estar acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) que son los que emitirán y publicarán en el sistema los certificados CAE.
¿Cuál es el producto en el sistema CAES?
El producto es el Certificado de Ahorro Energético que es un documento electrónico que tiene como unidad de medida 1 Kwh/año de ahorro. A este CAE se le asigna un precio en € por cada CAE, que lo determina el mercado financiero en cada momento.
Las actuaciones elegibles son prácticamente todas las que supongan un ahorro energético. Estas actuaciones están recogidas en un catálogo mediante fichas que definen las actuaciones a realizar. En el caso de que la actuación a realizar no esté recogida en el catálogo por una ficha en concreto se definirá una actuación singular usando una metodología de cálculo.
¿Cuál es el proceso para el sistema CAES?
Una vez se ha efectuado la verificación del CAE mediante un verificador acreditado por ENAC se emitirá el CAE en cada Comunidad Autónoma a petición del Sujeto delegado o Sujeto Obligado. Estos podrán hacer una compra/venta de los CAES emitidos. La liquidación de los CAES se efectuará al Ministerio de para la transición Ecológica y reto demográfico MITECO.
El propietario de los CAES es el Sujeto Obligado o el Sujeto delegado mediante la firma de un convenio con los usuarios finales.
En definitiva, el sistema CAES es una justificación de los ahorros energéticos demandada por la Unión Europea. Este sistema ya existe en otros países de la Unión Europea como Francia e Italia y es muy similar al nuestro.
Al final el último beneficiario de la actuación energética es el usuario final el cual efectúa y realiza las medidas obteniendo principalmente ayudas económicas para su realización. El usuario final es el propietario de las medidas efectuadas de ahorro energético, pero no es el propietario de los CAES.