Gestorías y abogados especialistas en contratos de arras en Madrid
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1. Selección de la vivienda y acuerdo verbal: Lo primero es seleccionar la vivienda que se desea adquirir y acordar verbalmente con el propietario las condiciones básicas de la operación como el precio, la fecha de entrega de la vivienda y las condiciones específicas del contrato de arras.
2. Redacción del precontrato o contrato de arras: Una vez acordado, se procede a la redacción del documento. Este puede ser elaborado por las partes o con asesoramiento legal, garantizando que se incluyan todas las cláusulas necesarias, como la identificación de las partes, descripción del inmueble, cantidad entregada como señal (normalmente entre el 5% y el 10% del precio total), consecuencias del incumplimiento y la fecha límite para la firma de la escritura pública.
3. Firma del contrato: Las partes firman el contrato de arras, comprometiéndose al cumplimiento de lo estipulado. Al firmar, el comprador entrega la cantidad acordada al vendedor, que recibe este pago como señal de la operación.
4. Registro no obligatorio: A diferencia de la escritura de compraventa, el contrato de arras no necesita ser inscrito en el Registro de la Propiedad de forma obligatoria. Sin embargo, algunas personas optan por hacerlo notarialmente para dotarlo de mayor seguridad jurídica, aunque esto implica unos gastos adicionales.
Para registrar el contrato, sería necesario acudir a un notario para que eleve el contrato privado a público (esto es opcional y no suele ser lo habitual). Este documento notarial sí podría ser objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad, proporcionando así una protección adicional contra terceros.
5. Proceso de compra-venta definitiva: Cumplido el acuerdo de arras, se procede a la firma de la escritura pública de compraventa ante notario, momento en el que el comprador abona el resto del precio y se procede, sí de forma obligatoria, a la inscripción en el Registro de la Propiedad para que el cambio de titularidad sea efectivo y oponible a terceros.
Es importante tener presente que el contrato de arras, aunque no es un documento que necesite inscripción registral, es un pacto vinculante que tiene efectos legales entre las partes, por lo que es recomendable contar con asesoramiento legal durante su elaboración y firma.
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