Informe preliminar de suelos
¿En qué consiste una informe preliminar de suelos? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre informe preliminar de suelos
Normativa y requisitos del informe preliminar de suelos
La principal norma legal que regula los informes preliminares del suelo es el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero. Aunque las comunidades autónomas han desarrollado normativas propias para aplicar los principios generales de este Real Decreto.
En el ámbito nacional, también hay que mencionar la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos contaminados que actualiza la anterior Ley de Residuos de 1998. En esta norma se recogen los instrumentos para gestionar los residuos y los programas de prevención de residuos.
Este Real Decreto tiene un propósito eminentemente preventivo. Su objetivo es establecer una relación de actividades que pueden causar contaminación en el suelo y fijar criterios para determinar cuándo se tiene que declarar un suelo como contaminado. Otro de los propósitos de esta ley es la prevención de riesgos ambientales, es decir, evitar situaciones que pongan en peligro la salud humana o los ecosistemas.
En los anexos de este real decreto se establece la forma y el contenido del informe preliminar de situación del suelo que debe ser presentados a las comunidades autónomas. Si bien, otorga capacidad a las comunidades autónomas para que puedan ampliar el modelo del informe.
De todas maneras, se aconseja que se evite causar un gasto adicional importante a las empresas puesto que el principal objetivo es la recopilación de la máxima información de interés. También delimita el plazo en que este informe debe ser presentado a la administración, dos años desde el inicio de actividad.
Otro apartado importante de este Real Decreto es el Anexo I donde se tipifican todas las actividades consideradas como potencialmente contaminantes del suelo. Otras actividades que se consideran potencialmente contaminantes del suelo además de las listadas en este anexo son aquellas que almacenan o manejan diez toneladas anuales de sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo.
En el Real Decreto 1523/1999, de 10 de marzo también se específica que aquellos almacenamientos de combustibles para uso propio que superen los 300.000 litros y con volumen total de almacenamiento de 50.000 litros son actividades potencialmente contaminantes del suelo, y, por tanto, susceptibles tener que reflejarse en el informe preliminar de suelos.
Esta ley traslada la Directiva europea marco sobre residuos a la legislación española. La Ley quiere promover una gestión más eficiente de los residuos y prevenir la generación de los mismos mediante la aplicación de medidas racionales.
En el capítulo I de esta ley se presenta una clasificación y listado de residuos. También regular la potestad sancionadora de los distintos niveles de la administración y se definen las infracciones en materia de residuos.
Las comunidades autónomas han desarrollado legislación sobre la contaminación de suelos. Podemos citar, la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana, la Ley de Residuos de la Comunidad de Madrid, o la de Galicia, la Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.
¿Cuándo solicitar un informe preliminar de suelos?
El informe preliminar se situación de suelos (IPS suelos) es un trámite obligatorio si la actividad que realiza tu empresa se considera como potencialmente contaminadora del suelo. Este informe una exigencia impuesta por las comunidades autónomas para dar cumplimiento a las estipulaciones del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero.
La presentación del IPS de suelos es necesaria siempre que la actividad que desempeñes se encuadre en uno de estos cuatro supuestos:
- Si la actividad que realizas se considera potencialmente contaminante del suelo. El listado completo de actividades está recogido en el Real Decreto 9/2005. Para que te hagas una idea citaremos algunas: fabricación de papeles pintados, extracción de crudos y gas natural, artes gráficas, acabado de textiles, forja, estampación y embutición de metales.
- Si produces o manejas más de diez toneladas al año de lo que la ley considera sustancias peligrosas. Las sustancias peligrosas pueden provenir de la actividad agrícola, ganadera, de materiales de construcción, minerales, materiales textiles, cuero, madera, muebles, talleres de vehículos, etc.
- Si cuentas con una instalación de combustible para uso propio para un consumo anual superior a 300.000 litros con un volumen de almacenamiento de 50.000 litros o más.
- Cuando en el suelo donde vayas a desarrollar la actividad industrial o económica se hubiera llevado a cabo con anterioridad alguna actividad considerada como contaminante o si tuviera lugar un cambio de uso del suelo.
El informe preliminar de situación de suelos (IPS de suelos) tiene que presentarse antes de que trascurran dos años desde que hayas obtenido la licencia de apertura. También deberás presentarlo, en el mismo plazo, si la actividad que vas a desarrollar a pesar de no ser considerada como potencialmente contaminante, se va a desarrollar en un suelo que con anterioridad sí se hubiera llevado a cabo alguna actividad industrial o comercial considerada como potencialmente contaminante.
Por ejemplo, si tu empresa se va a ubicar en la instalación de un antiguo taller de vehículos, y aunque tu negocio nada tenga que ver con actividades contaminantes o sustancias peligrosas, tendrás que presentar el IPS de suelos.
Si trascurrido el plazo de dos años desde el inicio de la actividad no has presentado el informe preliminar de suelos, la administración autonómica podrá sancionarte. Normalmente, suelen notificar por escrito que el informe preliminar de situación de suelos (IPS de suelos) no ha sido presentado y que la inacción en este sentido tiene consecuencias jurídicas.
Las administraciones autonómicas facilitan información y herramientas como aplicaciones informáticas para que puedas elaborar el informe preliminar de suelos. También puedes recurrir a una consultora medioambiental o a un profesional para que se encargue de realizar el informe con garantías y de las gestiones y trámites administrativos. La elaboración de un informe preliminar de suelos no suele tardar más de una semana.
Si has presentado una Autorización Ambiental Integrada no tendrás que presentar IPS de suelos porque esta Autorización ya incluye el informe preliminar de suelos.
¿Qué es el informe preliminar de suelos?
El informe preliminar de suelos es una herramienta desarrollada por las administraciones para garantizar un equilibrio entre desarrollo económico y la calidad ambiental. El suelo es vital para tanto para el equilibrio medioambiental como para nuestra propia salud. La mayor concienciación medioambiental ha sido clave para desarrollar medidas como el informe preliminar de suelos.
Por sus características, el suelo es muy sensible y vulnerable a la recepción de elementos contaminantes. Las filtraciones de sustancias nocivas son un riesgo para la flora, la fauna, la calidad del agua son la principal causa de los suelos contaminados, y en consecuencia una amenaza para la salubridad.
Gracias al informe preliminar de suelos se puede evaluar qué tipo de actividades pueden ser potencialmente contaminantes del suelo, se pueden detectar problemas de contaminación en los suelos y, en estos casos, se adoptan las medidas correctoras oportunas para proteger el suelo.
Al poner en marcha una actividad comercial o industrial, no debes pasar por alto el informe preliminar de suelos si la actividad que vayas a desarrollar se encuentra entre las catalogadas como potencialmente contaminantes. En estos casos tendrás la obligación de presentar a la administración competente un informe preliminar de suelos.
El informe preliminar de situación de suelos o IPS de suelos no exige que se realicen análisis, ensayos o muestreos de los suelos donde se vaya a llevar a cabo la actividad. Tampoco hay que presentar análisis de aguas subterráneas. En principio, puede elaborarse con la información especificada por la legislación y regulaciones vigentes en materia de sustancias peligrosas. Es decir, es un documento en el que debes declarar el tipo de actividad interna que tu empresa realiza en cuanto a las sustancias que empleadas en los procesos como los residuos que generas.
En el informe preliminar de suelos, además, se deben incluir otros aspectos generales de tu empresa como la ubicación, los datos de la instalación, sus datos registrales, debe reflejar los datos concretos sobre los posibles riesgos de contaminación de los suelos como:
- Todas aquellas materias primas, materias secundarias y auxiliares que se consideren peligrosas.
- Los subproductos y productos finales considerados peligrosos.
- Los residuos generados por la actividad.
- Datos e información sobre las infraestructuras del almacenamiento empleado en tus instalaciones ya sean en superficie o en depósitos subterráneos.
Aunque los detalles sobre la tramitación y los contenidos concretos de los informes dependerán de la comunidad autónoma donde te encuentres, la legislación de ámbito estatal exige que se deben presentar estos informes de suelos:
- Informe preliminar de la situación del suelo (IPS de suelos). Este informe tiene que dar cuenta del estado del suelo donde estés desarrollando tu actividad empresarial.
- Informes complementarios con análisis más detallados: Si tras remitir al organismo competente de la comunidad autónoma el informe preliminar del suelo la administración considera que necesita información más detallada, deberás presentar los informes requeridos. Los informes complementarios pueden exigir una ampliación de datos, análisis sobre el estado de contaminación del suelo.
¿Cómo conseguir un informe preliminar de suelos?
Con el informe preliminar de suelos se comunica a la administración una serie de datos sobre las materias que utilizas para desarrollar tu actividad comercial o industrial, los residuos que generas y las instalaciones empleadas para el almacenamiento de sustancias que se consideran peligrosas.
Las administraciones autonómicas ponen a tu disposición guías, documentación de ayuda e incluso aplicaciones informáticas para que tú mismo puedas elaborar un informe preliminar de suelos o IPS de suelos.
No obstante, es recomendable acudir a un profesional, un estudio de ingeniería o una consultora medioambiental para que ellos se encarguen de confeccionar este informe porque se requiera conocimientos específicos tanto en materia medioambiental de gestión de residuos como de la aplicación de los aspectos legales.
La normativa establece un patrón normalizado con el contenido mínimo que tiene incluir un informe preliminar de suelos. Las comunidades autónomas pueden establecer exigencias particulares.
Por ejemplo, en la Comunidad Autónoma de Madrid existen modelos especiales para informes preliminares de situación del suelo (IPS del suelo) para talleres de mantenimiento y reparación de vehículos incluida la venta y mantenimiento de vehículos o para aquellas instalaciones de distribución al por menor de carburantes para automoción.
El informe preliminar de suelos de alcance mínimo debe acompañarse de una descripción detallada del proceso productivo, un plano detallado de las instalaciones principales y aledañas, documentación fotográfica sobre los lugares potenciales de contaminación del suelo, medidas de prevención, control y defensa ya existentes y el estado de suelo en los lugares más conflictivos.
Una vez que se haya presentado el informe preliminar de suelos a la administración autonómica, generalmente son las consejerías de medioambiente las encargadas de recibirlos, se estudia su contenido y pueden darse dos situaciones:
- Que la información aportada se considere completa y adecuada, y, por tanto, no se solicite más datos adicionales.
- Que la administración considere necesario la presentación de informes complementarios como análisis del suelo, análisis de agua o aguas subterráneas.
Las consultorías medioambientales quizás sean los más indicados para gestionar este tipo de trámites, sobre todo cuando la administración solicita la presentación de informes complementarios.
Las consultorías medioambientales están especializadas en la obtención de permisos, autorizaciones y licencias que dependen de los departamentos o consejerías medioambientales de las administraciones. Conocen y saben cómo se aplican la normativa en materia medioambiental y pueden asesorarte sobre las ayudas y subvenciones que la administración ofrece a actividades que fomenten el desarrollo sostenible.
No obstante, los estudios de ingeniería también pueden realizar estos trámites, de hecho, muchas de ellas ya lo incluyen en los procedimientos necesarios para el inicio de actividades consideradas potencialmente contaminantes.
Los arquitectos, geólogos, ingenieros agrícolas también son profesionales capacitados para elaborar informes preliminares del suelo. Lo más recomendable es buscar un profesional cuya especialidad esté relacionada con el tipo de actividad que tu empresa vaya a desarrollar.
Los precios dependerán del tamaño de tus instalaciones y la complejidad de la actividad que vayas a desempeñar, los más sencillos pueden rondar los 200 €.
Cuanto cuesta informe preliminar de suelos
Un Informe preliminar de suelos es un estudio esencial antes de iniciar cualquier proyecto de construcción, pues evalúa la capacidad del suelo para sostener la estructura proyectada. El proceso implica análisis de muestras de tierra, estudios topográficos y, dependiendo de la complejidad del terreno, incluso puede requerir estudios geotécnicos adicionales.
Los precios de este informe pueden variar considerablemente, dependiendo de varios factores como la ubicación del terreno, la extensión del área a estudiar, y la dificultad del acceso a la parcela. Para un estudio básico, el costo se encuentra frecuentemente en el rango de 400 a 1.000 euros. Sin embargo, para proyectos complejos o terrenos con dificultades particulares, el precio puede ascender hasta los 1.200 euros o más.
Es importante destacar que invertir en un informe de calidad puede resultar en ahorros significativos a largo plazo. Un suelo inadecuado o una mala interpretación del mismo podrían requerir de inversión adicional en cimentación o incluso provocar fallos estructurales críticos. Por lo tanto, buscar un proveedor con experiencia y buenas referencias es fundamental para garantizar la seguridad y sostenibilidad de cualquier obra.
200€ - 3000€
Plazo de presentación 2 años desde la puesta en marcha. La realización del informe tardará más o menos según su magnitud.
Arquitectos, ingenieros, geólogos, ambientólogos y otros profesionales especializados.
No
¿Te surgen más dudas sobre informe preliminar de suelos? Nosotros te las resolvemos
- Datos generales de la actividad: Razón social, datos de contacto, documentos de propiedad, actividad industrial (CNAE 93-REV 1), fechas de la actividad, personal, potencia instalada (kW), superficie ocupada, planos y descripción de las instalaciones, pavimentación, red de drenaje, red de saneamiento, accidentes o irregularidades ocurridas sobre el suelo.
- Materias consumidas (primas, secundarias y auxiliares) de carácter peligroso. Tipo, naturaleza, cantidad anual, estado de agregación, forma de presentación, almacenamiento.
- Productos intermedios o finales de carácter peligroso. Tipo, naturaleza, cantidad anual, estado de agregación, forma de presentación, almacenamiento.
- Residuos o subproductos generados, en caso de existir. Denominación, codificación según LER, composición, constituyentes principales, cantidad anual, estado de agregación, forma de presentación, tipo de almacenamiento temporal y forma de gestión.
- Almacenamiento. Para cada materia, producto o residuo se indicará su almacenamiento correspondiente señalando sus características.
- Áreas productivas.
- Actividades históricas potencialmente contaminantes que tuvieron lugar en el suelo, incluyendo toda la información disponible.
- Relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
- Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
- Reglamento de Instalaciones Petrolíferas. y sus Instrucciones técnicas complementarias, MI-IP 03 "Instalaciones petrolíferas para uso propio" y MI-IP 04 "Instalaciones fijas para distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público".
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