Informe preliminar de suelos

El Informe Preliminar de Suelos evalúa las condiciones del terreno antes de una construcción. Incluye análisis de composición, resistencia y propiedades geotécnicas para asegurar seguridad y durabilidad del proyecto.

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Todo lo que necesitas saber sobre informe preliminar de suelos

Normativa y requisitos del informe preliminar de suelos

La principal norma legal que regula los informes preliminares del suelo es el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero. Aunque las comunidades autónomas han desarrollado normativas propias para aplicar los principios generales de este Real Decreto.

En el ámbito nacional, también hay que mencionar la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos contaminados que actualiza la anterior Ley de Residuos de 1998. En esta norma se recogen los instrumentos para gestionar los residuos y los programas de prevención de residuos.

Este Real Decreto tiene un propósito eminentemente preventivo. Su objetivo es establecer una relación de actividades que pueden causar contaminación en el suelo y fijar criterios para determinar cuándo se tiene que declarar un suelo como contaminado. Otro de los propósitos de esta ley es la prevención de riesgos ambientales, es decir, evitar situaciones que pongan en peligro la salud humana o los ecosistemas.

En los anexos de este real decreto se establece la forma y el contenido del informe preliminar de situación del suelo que debe ser presentados a las comunidades autónomas. Si bien, otorga capacidad a las comunidades autónomas para que puedan ampliar el modelo del informe.

De todas maneras, se aconseja que se evite causar un gasto adicional importante a las empresas puesto que el principal objetivo es la recopilación de la máxima información de interés. También delimita el plazo en que este informe debe ser presentado a la administración, dos años desde el inicio de actividad.

Otro apartado importante de este Real Decreto es el Anexo I donde se tipifican todas las actividades consideradas como potencialmente contaminantes del suelo. Otras actividades que se consideran potencialmente contaminantes del suelo además de las listadas en este anexo son aquellas que almacenan o manejan diez toneladas anuales de sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo.

En el Real Decreto 1523/1999, de 10 de marzo también se específica que aquellos almacenamientos de combustibles para uso propio que superen los 300.000 litros y con volumen total de almacenamiento de 50.000 litros son actividades potencialmente contaminantes del suelo, y, por tanto, susceptibles tener que reflejarse en el informe preliminar de suelos.

Esta ley traslada la Directiva europea marco sobre residuos a la legislación española. La Ley quiere promover una gestión más eficiente de los residuos y prevenir la generación de los mismos mediante la aplicación de medidas racionales.

En el capítulo I de esta ley se presenta una clasificación y listado de residuos. También regular la potestad sancionadora de los distintos niveles de la administración y se definen las infracciones en materia de residuos.

Las comunidades autónomas han desarrollado legislación sobre la contaminación de suelos. Podemos citar, la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana, la Ley de Residuos de la Comunidad de Madrid, o la de Galicia, la Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.

Precio

200€ - 3000€

Tiempo de realización

Plazo de presentación 2 años desde la puesta en marcha. La realización del informe tardará más o menos según su magnitud.

Profesional cualificado necesario

Arquitectos, ingenieros, geólogos, ambientólogos y otros profesionales especializados.

¿Puedo hacerlo yo?

No

Última fecha de revisión:
13 Junio 2024
Tramite redactado por:
Sebastián Hollmann
Licenciado en Comunicación responsable de gestión de contenidos
SEDE: Paseo Independiencia 24-26. Zaragoza
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