Libro del Edificio Existente
en Murcia
- Home
- Libro del Edificio Existente
- Murcia
- Libro del Edificio Existente en la comunidad de Murcia
¿Cómo obtener el lee en Murcia?
La obtención del Libro del Edificio Existente (LEE) en la provincia de Murcia comienza con la contratación de un técnico competente, generalmente un arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación, quien se encargará de realizar la inspección del inmueble y redactar el documento.
Este profesional evaluará aspectos como la accesibilidad, eficiencia energética y la seguridad estructural del edificio, cumpliendo con la normativa vigente.
Una vez redactado, el técnico debe firmar el LEE y registrarlo en la Sede Electrónica de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia correspondiente para darle validez oficial.
Con el LEE debidamente registrado, los propietarios contarán con una herramienta fundamental que recoge la información técnica del edificio para su adecuada conservación, mantenimiento y cumplimiento de la normativa de edificación.
Este documento es esencial en procesos como la venta o alquiler del inmueble y para la solicitud de ayudas o subvenciones para la rehabilitación de edificios.
¿Cuánto cuesta realizar la libro del Edificio Existente en Murcia?
Se han solicitado 4 presupuestos de libro del edificio existente en Murcia . El precio mínimo son 1100€ y el precio máximo son 2400€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Libro del Edificio Existente con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre libro del edificio existente ? Nosotros te las resolvemos
Para redactar el Libro del Edificio es imprescindible que un edificio haya pasado la ITE, por lo tanto, será obligatorio en aquellos casos en los que los edificios deban pasar la Inspección Técnica de Edificios.
La Ley no hace diferenciaciones entre viviendas, por lo que el Libro del Edificio sí es obligatorio también en viviendas unifamiliares.
En el caso de edificios de nueva construcción, el promotor es el que tiene la obligación legal de confeccionarlo para luego entregárselo a los usuarios finales del edificio. Esto queda reflejado en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación.
El Libro del Edificio incluye:
- Informe Inspección Técnica de Edificio con registro en la Agencia de Vivienda y con Certificado de Aptitud, si ya se tiene.
- Certificado final de obra de todas las intervenciones que se realicen en el edificio.
- Certificado energético del edificio.
- Manual de uso y mantenimiento (normalmente incluido en la ITE).
- Reparaciones realizadas en el edificio, con contratos, presupuestos firmados, albaranes de entrega, datos de las empresas ejecutoras, etc.
- Ídem con cualquier actualización / reparación de las instalaciones.
El arquitecto y arquitecto técnico (aparejador) es el profesional mejor cualificado para esta labor.
En el ejemplo más radical para ahorrar un tiempo precioso a cualquier profesional que deba intervenir en el edificio, sobre todo en casos de urgencia. Muchas veces el desconocimiento de las condiciones constructivas del edificio da lugar a diagnósticos erróneos que conducen a soluciones erróneas que conducen a la ruina.
Si tu edificio tiene que pasar la ITE por el Decreto 67/2015 (en Cataluña para edificios de 45 o más años de antigüedad), y no lo ha hecho, sí pueden sancionar a la Comunidad de Propietarios.
Sí, el Libro del Edificio Existente cuenta con subvenciones. Las Ayudas Next Generation reservan fondos para costear la redacción del Libro del Edificio. Hay que consultar las páginas web correspondientes. También, en caso de la redacción del Libro del Edificio dentro de un Plan de Rehabilitación, en subvenciones locales, se puede incluir los honorarios del arquitecto en el coste final.
El libro del edificio existente para la rehabilitación es compatible con las ayudas del programa 1, ayudas a las actuaciones de rehabilitación de barrios, o el programa 3, de ayudas a las actuaciones de rehabilitación de edificios, de la misma convocatoria. En este caso si se obtiene la subvención por este programa, se descontará la cantidad recibida de la subvención con cargo al programa 1 o 3.
También es compatible, en el caso de viviendas unifamiliares, con el programa 4, ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, siempre que tenga presentada la solicitud de la ITE.