Licencia de segunda ocupación
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¿Cómo obtener la cédula de segunda ocupación en Alicante?
El solicitante debe aportar documentación como la escritura de la vivienda o el contrato de arrendamiento, el DNI del propietario y una tasación municipal actualizada. A menudo, también se exige un Certificado de Habitabilidad, emitido por un técnico competente, que acredita que el inmueble cumple con los requisitos mínimos de habitabilidad y diseño.
Una vez presentada la solicitud junto con la documentación, el ayuntamiento procede a revisar los papeles. Si todo está en regla, se emite la Licencia de Segunda Ocupación, que es necesaria para trámites como contratación de suministros o cambios de titularidad.
Para el registro de esta licencia, es preciso abonar las tasas municipales correspondientes. El coste puede variar en función del municipio. Tras la verificación del pago y la documentación, el ayuntamiento procederá a registrar la licencia, otorgando al propietario un documento oficial que certifica la habitabilidad de la vivienda.
Este trámite se puede realizar de manera presencial en las oficinas municipales o, en algunos casos, a través de la sede electrónica del ayuntamiento, facilitando así la gestión a los propietarios y reduciendo los tiempos de espera y desplazamiento.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de segunda ocupación en Alicante?
Se han solicitado 628 presupuestos de licencia de segunda ocupación en Alicante . El precio mínimo son 135€ y el precio máximo son 490€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre licencia de segunda ocupación? Nosotros te las resolvemos
- Solicitud de la licencia de segunda ocupación cumplimentada.
- Pago de tasas administrativas.
- Copia del DNI del propietario o de su representante.
- Autorización de representación si fuera el caso.
- Certificado del técnico competente.
- Escritura de propiedad.