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Te contamos como funciona
¿Cómo funciona la certificación energética?
Qué es un certificado energético
El certificado energético es un documento imprescindible para vender o alquilar un inmueble en España. Este certificado informa sobre el consumo energético y las emisiones de CO2 de un inmueble que se anuncia en venta o alquiler. Es obligatorio desde el 1 de junio de 2013, y su obtención es responsabilidad del propietario, quien debe contratar el servicio de un técnico certificador.
El contenido del certificado se resume en una etiqueta energética que indica las calificaciones de emisiones y de consumo del inmueble, en una escala de colores que va de la A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente). La calificación energética debe figurar en cualquier anuncio o acto publicitario del inmueble, y en caso de venta o alquiler, debe anexarse al contrato correspondiente.
Validez o duración del certificado
La validez del certificado energético es una cuestión importante para quienes necesitan obtener uno para vender o alquilar un inmueble.
Según el Real Decreto para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios, el certificado de eficiencia energética tiene una validez de diez años.
Esta estipulación se encuentra en el Real Decreto 390/2021, en el artículo 13, que establece una validez máxima de diez años para el certificado, excepto cuando la calificación energética sea G, en cuyo caso la validez máxima será de cinco años.
Qué significa la calificación obtenida
A: Eficiencia energética excepcional y un consumo mínimo de energía.
B: Alto nivel de eficiencia con un consumo notablemente bajo
C: Nivel satisfactorio de eficiencia energética
D: Eficiencia moderada, con un consumo ligeramente superior al estándar.
E: Eficiencia baja, con un consumo energético notablemente superior
F y G: Representan una eficiencia muy baja y mínima, respectivamente, con consumos de energía considerablemente altos
Normativa aplicable
La normativa que aplica al certificado energético en España se encuentra en el Real Decreto 390/2021, que regula la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Esta normativa establece las condiciones y el procedimiento para la certificación energética, incluyendo la validez, renovación y actualización del certificado.
Cómo es un certificado energético
El certificado energético consta de varias páginas.
En la primera página del certificado energético contienen los datos generales del inmueble, además de los datos del técnico certificador. En la parte inferior se indica la calificación energética global del inmueble, en términos de emisiones de dióxido de carbono liberado a la atmósfera. Se expresa en una escala de la A a la G.
Esta calificación aparecerá en la etiqueta de eficiencia energética del edifico existente, cuando se registre el certificado energético. También aparecerá en la etiqueta energética la calificación de consumo de energía (Kw h/m2•año) indicada en el Anexo II de este informe.
Además de esta primera página, el informe dispone de cuatro anexos donde desglosa la información:
- Anexo I, describe las características térmicas del inmueble.
- Anexo II, desglosa la calificación energética del inmueble en la calificación de las diferentes demandas y consumos energéticos.
- Anexo III, referente a las recomendaciones de mejora.
- Anexo IV, el técnico describe las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo durante el proceso de toma de datos.
Cuándo necesitas una certificación de eficiencia energética
- En la compraventa de inmuebles
Para realizar compraventa o alquiler de una vivienda, local o edificio, no disponer del certificado energético puede suponer una multa de hasta 6.000€, además el comprador debe poseer el certificado original por parte del propietario, en caso del arrendatario, este debe poseer una copia.
La certificación energética es obligatoria para todos aquellos inmuebles que se alquilen, se vendan o se comercialicen.
- Menor gasto en luz y gas
Para mejorar tu gasto en luz y gas, este certificado energético de la vivienda plantea medidas de mejora con el objetivo de generar confort, reducir emisiones y consumo de energía, lo que se traduce en menor gasto económico en facturas de luz y gas
El análisis contiene dos calificaciones diferentes: una de consumo y otra de emisiones. La suma de ambas nos dará una idea de la eficiencia del inmueble. (aquí debajo pondría una escala a colores de las siete letras)..
- Contribución a la mejora del medio ambiente
Para cuidar el medio en el que vivimos y compartimos todos, son las medidas de mejora planteadas por el certificado energético precisamente las que contribuyen a esto.
Son 7 los niveles de certificación energética, clasificados de “A” (más eficiente) hasta la “G” (menos eficientes) y son dos las clasificaciones que se tienen en cuenta, una de consumo y otra de emisiones. El resultado de la suma de ambas dicta la eficiencia del inmueble.
- Solicitud de subvenciones
Para poder beneficiarte de los programas de ayudas que consideran deducciones fiscales de entre 1.000€ y 3.000€ si se demuestra que se han realizado reformas.
Gracias únicamente a la obtención del certificado energético del edificio puedes justificar de forma oficial que tu actual nivel de demanda/consumo se ha reducido tras la reforma realizada. Además esta, funciona tanto para ejercicios nuevos como retroactivamente a trabajos realizados a partir del 6 de octubre de 2021.
- Renovación de certificado energético tras más de 10 años
Para renovación de la validez del certificado energético, la cual es como máxima de 10 años y de 5 años a partir de la fecha de inscripción del certificado en el registro de cada Comunidad Autónoma, normalmente en el Ministerio de Industria, cuando la calificación energética sea G. En cualquier caso, el propietario/a es el responsable de renovarlo.
Para cambios importantes realizados en el inmueble que puedan afectar a su calificación energética, el propietario puede actualizar el certificado cuando crea de forma voluntaria.
Cómo solicitar el certificado energético de una vivienda
Para obtener un certificado de eficiencia energética tendrás que contactar con un técnico cualificado. Una vez que encuentres un experto, el técnico tomará una serie de datos para realizar el certificado y lo registrará en el órgano competente de tu comunidad autónoma.
Quién realiza el CEE (Certificado de Eficiencia Energética)
Para obtener el certificado de eficiencia energética es necesario el trabajo de un técnico certificador habilitado. Un técnico competente es aquel que dispone de la titulación habilitante para la certificación energética.
El RD 390/2021, de 1 de junio, establece quien hace el certificado de eficiencia energética: arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos. Por lo tanto, es muy amplia la variedad de titulaciones de quien puede certificar, desde un ingeniero de caminos a un aparejador.
Para delimitar las titulaciones se ha tenido en cuenta el tipo de tareas que conlleva, como el trabajo previo de toma de datos o el conocimiento de las edificaciones. Por ello, cuando vayas a ponerte en contacto con un certificador, comprueba que tiene una titulación habilitante.
Proceso trámite
A continuación, te detallamos cómo obtener la certificación energética:
- Contactar con un Técnico Cualificado: Debes contactar con un técnico certificador habilitado, como arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos, quienes están autorizados para realizar la certificación energética.
- Visita y Toma de Datos: El técnico realizará al menos una visita al inmueble para realizar las tomas de datos, pruebas y comprobaciones necesarias. Esto incluye datos constructivos, de instalaciones (calefacción, agua caliente y aire acondicionado) y medidas del inmueble.
- Cálculo de la certificación energética: El técnico introducirá los datos recogidos en el programa informático habilitado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para obtener el certificado de eficiencia energética. Los programas utilizados pueden ser Ce3 y Ce3x.
- Registro del Certificado Energético: Es obligatorio presentar el certificado energético ante el registro habilitado de cada comunidad autónoma. Este trámite puede realizarlo el técnico certificador como representante del propietario.
- Etiqueta Energética: El registro habilitado de cada comunidad autónoma emite la etiqueta energética de cada certificado energético, que expresa la calificación energética obtenida por el inmueble en una escala de la A a la G.
- Obtención del Certificado de eficiencia energética: Tras el registro, recibirás la etiqueta energética y el certificado energético, que será obligatorio para la venta o el alquiler del inmueble. Cuando obtienes la calificación energética podrás descargar la etiqueta de eficiencia del edificio o la vivienda.
La etiqueta indica la calificación energética de emisiones y la calificación energética de consumo. Estas dos calificaciones con sus correspondientes letra y color deben constar en cada anuncio o publicidad de la venta o alquiler del inmueble.
Factores constructivos para la certificación energética en viviendas y edificios
Estos son los factores que se evalúan en el certificado:
- Altura media del techo.
- Año de construcción o de la reforma si condiciona los requisitos de diseño en función del Código Técnico de la Edificación que aplique.
- Disposición y tamaño del inmueble.
- Dimensiones y cantidad de los huecos ventanales.
- Calidad de la energía térmica y solar que es transmitida a través de las ventanas, esta debería estar detallada en el informe técnico.
- Presencia de aislamiento térmico en cerramientos, espesor y calidades. Deberá definirse detalladamente la situación real de dichos cerramientos siempre que se pueda, evitando definiciones estimadas o por defecto.
- Evaluación de puertas, ventanas y fachadas a nivel cualitativo, siendo como mínima una evaluación de este tipo y de forma opcional, el técnico encargado de realizar la certificación energética puede realizar un ensayo de estanqueidad de la vivienda del tipo Blower Door Test (no suele ser realizada por costes en este tipo de inmuebles).
- Revisión de equipos de climatización, su rendimiento, estado y configuración. Estos equipos de climatización son los encargados de responder a las cargas térmicas que necesita el inmueble por lo que estos mismos equipos influyen en el resultado. Además la zona climática de la vivienda unifamiliar condiciona el resultado de la evaluación energética por la demanda energética característica.
- En el caso de disponer de paneles fotovoltaicos, colectores solares para ACS o bomba de calor geotérmica, entre otras, la calificación del certificado de eficiencia energética de la vivienda se verá mejorada debido al uso renovable de energía.
Cuánto tarda
La obtención del certificado energético es un proceso que se divide en dos partes principales, y el tiempo total para completarlo puede variar. A continuación, te detallamos cuánto tarda cada parte del proceso:
Parte 1: Visita al Inmueble y Elaboración del Certificado
- Visita al Inmueble: El técnico certificador realiza una visita al inmueble para tomar medidas y datos necesarios.
- Elaboración y Registro: Tras la visita, el técnico tarda un máximo de 48 horas en elaborar el informe de certificación de eficiencia energética y presentarlo ante el registro habilitado por la comunidad autónoma.
- Entrega a los Clientes: Los clientes de Certicalia reciben su certificado energético y el resguardo del registro 2 días después de la visita.
Parte 2: Generación de la Etiqueta Energética por la Comunidad Autónoma
- Entrega inmediata: En comunidades como Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, y Murcia, la entrega de la etiqueta energética es inmediata.
- Plazo mayor a 15 días: En Cantabria, la entrega de la etiqueta energética puede tardar más de 15 días.
- 3 meses: En Castilla La Mancha, Castilla y León, y País Vasco, la entrega de la etiqueta energética puede tardar hasta 3 meses.
- Menos de 5 días: En Cataluña, la entrega de la etiqueta energética puede tardar menos de 5 días.
- 2 días: En Madrid, la entrega de la etiqueta energética puede tardar 2 días.
- 1 día: En Navarra, la entrega de la etiqueta energética puede tardar 1 día.
Cuánto vale el certificado energético
El precio del certificado energético puede variar dependiendo de diversos factores como la ubicación, el tamaño de la propiedad y el técnico que realice el trabajo. En general, el coste puede oscilar entre 50€ y 200€. Es importante tener en cuenta que este precio no incluye las tasas de registro en la Comunidad Autónoma, que son un coste adicional.
Cómo se calcula el precio
El precio del certificado de eficiencia energética se calcula teniendo en cuenta varios factores:
- Tamaño de la propiedad: Las propiedades más grandes suelen tener un costo mayor.
- Ubicación: Dependiendo de la región o ciudad, los precios pueden variar.
- Técnico: La elección del técnico y su experiencia también influyen en el costo.
- Complejidad del inmueble: Si el inmueble tiene características especiales o es más complejo de evaluar, el precio puede aumentar.
- Ofertas y promociones: Algunos técnicos pueden ofrecer descuentos o promociones especiales.
Qué son las tasas CCAA y cuánto suponen
Las tasas de las CCAA (Comunidades Autónomas) son un coste adicional que se debe pagar al registrar el certificado energético en la Comunidad Autónoma correspondiente. Estas tasas varían según la región y pueden oscilar entre 0€ y 30€ para pisos de menos de 50m2. Es un coste obligatorio y se paga directamente a la administración de la Comunidad Autónoma donde se encuentra la propiedad.
¿Es obligatorio obtener la calificación energética?
Sí, el certificado de eficiencia energética de un inmueble es obligatorio para edificios de nueva construcción y aquellos que se vendan o alquilen (total o parcialmente), según el Real Decreto 390/2021. También es obligatorio para construcciones con una superficie útil total superior a 500 m² y destinadas a diversos usos como administrativo, comercial, sanitario, residencial público, docente, cultural, recreativo, logístico, hostelero o deportivo. Los edificios o partes de edificios pertenecientes a una Administración Pública que tengan una superficie útil total superior a 250 m² también deben obtener el certificado energético.
¿Existen casos especiales o exenciones?
Existen algunas excepciones a la obligatoriedad del certificado energético, como:
- Edificios protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico.
- Construcciones provisionales con un plazo de utilización igual o inferior a dos años.
- Edificios industriales, de defensa y agrícolas no residenciales de baja demanda energética.
- Edificios independientes con una superficie útil total inferior a 50 m².
- Edificios comprados para demolición o para realizar reformas que intervengan en más del 25% de la envolvente o modifiquen las instalaciones térmicas.
¿Es obligatorio el certificado de eficiencia energética para alquilar?
Tanto si se trata de un edificio antiguo como de uno nuevo, es obligatorio disponer del certificado energético para los contratos de compraventa y/o de alquiler desde el 1 de junio de 2013.
Por ello, si alquilaste tu inmueble antes de la entrada en vigor del Real Decreto en 2013, no tienes de qué preocuparte, solo tendrías que hacer un certificado después de la expiración del contrato. Además, si tu edificio dispone de un certificado de acuerdo con el Real Decreto 47/2007, también es válido.
Sin embargo, si la fecha del contrato es posterior al 1 de junio de 2013, deberías hacer el certificado de eficiencia energética cuanto antes porque es obligatorio para alquilar un inmueble. De lo contrario, se podría aplicar el régimen de sanciones.
¿Es necesario para vender un piso?
Al igual que sucede con el alquiler, el certificado de eficiencia energética también es necesario para vender un piso.
Sanciones aplicables
Las sanciones por no tener la certificación energética varían según la gravedad de la infracción:
- Infracciones leves: multas de 300€ a 600€.
- Infracciones graves: multas de 601€ a 1000€.
- Infracciones muy graves: multas de 1001€ hasta 6000€.
La falta de certificado energético puede ser denunciada por los inquilinos, ya que se trata de un derecho del consumidor. La renuncia al certificado o la inclusión de una cláusula de exoneración en el contrato de compraventa o alquiler no evitará la infracción y el correspondiente pago de la multa.
El registro de tu certificado energético
El registro del certificado energético es obligatorio para alquilar o vender un inmueble. Así lo estipula el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio.
Cada comunidad autónoma dispone de un órgano competente en materia de certificación energética de edificios en el que presentar el certificado de eficiencia energética. El proceso de registro es diferente en cada comunidad autónoma, tanto en la fórmula de registro como en el coste del mismo. Puedes consultar cómo es el registro del certificado energético en tu comunidad en el siguiente enlace: registro del certificado energético en cada comunidad autónoma.
Precio del registro del certificado energético
El coste de registrar el certificado energético es diferente en cada una de las comunidades autónomas.
En algunas comunidades autónomas no se aplica tasa alguna al trámite de registro del certificado energético, como en Andalucía, Aragón, Canarias, Navarra y País Vasco. En el resto de las comunidades sí se aplican tasas al trámites del registro del certificado energético, que pueden variar según si el registro es presencial, como en Cantabria, o en función de si se trata de edificios ya existentes o de nueva construcción.
El técnico certificador registra el certificado energético
El registro del certificado energético puede realizarlo el técnico certificador como representante del propietario del inmueble.
Es recomendable que sea el técnico certificador que ha realizado el certificado energético, quien se encargue además de su registro. A veces el proceso de registro puede ser pesado y complicado para quién no está familiarizado con los términos de la certificación energética.
En Certicalia todos los técnicos certificadores tramitan el registro del certificado energético como parte del servicio de certificación energética y su coste está incluido en el presupuesto que genera la página web de Certicalia.
El registro emite la etiqueta de eficiencia energética
Una vez registrado el certificado energético se obtiene la etiqueta energética.
La etiqueta energética resume el contenido del certificado energético de una manera gráfica y fácil de entender.
La etiqueta energética
La etiqueta energética contiene los datos generales del inmueble en su parte superior.
La normativa de construcción vigente en el momento de la construcción del edificio.
Referencia Catastral.
Tipo de edificio: edificio de viviendas, vivienda unifamiliar, local etc..
Ubicación: dirección, municipio y comunidad autónoma del inmueble.
La etiqueta energética indica a través de una escala de colores la calificación energética. Los inmuebles se califican de la A, inmuebles más eficientes, a la G, inmuebles menos eficientes.
La calificación energética del edificio se mide en dos valores:
- Consumo de energía, expresado en kWh/m2año: Determina la energía primaria que consume un inmueble para alcanzar los niveles estándar de confort.
- Emisiones de CO2, expresado en kgCO2/m2año: Mide las emisiones de CO2 anuales que se pueden verter a la atmósfera con el uso del inmueble.
En la parte baja de la etiqueta se indica el número de registro y la fecha de validez de la etiqueta energética. El número de registro lo emite el registro competente de cada Comunidad Autónoma, y es imprescindible para que la etiqueta tenga validez.
La fecha de validez de la etiqueta es diez años desde la fecha de emisión del certificado de eficiencia energética, excepto cuando la calificación energética sea una G, en cuyo caso la validez máxima es de 5 años.
El registro se encarga de inspecciones
El órgano competente en certificación energética encargado del registro en cada comunidad autónoma es también el encargado de llevar a cabo las labores de control e inspección para el correcto cumplimiento de la normativa de certificación energética.
El registro del certificado energético en las diferentes comunidades autónomas
55€ - 1955€
Medio
3 a 5 días hábiles desde la visita
No, el técnico lo hacer por ti
Presencial o en plataformas digitales, siempre con el apoyo de un técnico
Si, un técnico cualificado
Podrías enfrentar sanciones legales y la necesidad de repetir el trámite correctamente
No
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En caso de venta, es obligatorio anexar al contrato de compraventa una copia del certificado de eficiencia energética debidamente registrado y la etiqueta de eficiencia energética.
En caso de alquiler, se deberá adjuntar al contrato de arrendamiento una copia de la etiqueta de eficiencia energética y una copia del documento de Recomendaciones de uso para el usuario.
El certificado de eficiencia energética es obligatorio para edificios de nueva construcción y aquellos que se vendan o alquilen (total o parcialmente), de acuerdo con el Real Decreto 390/2021.
El certificado de eficiencia energética tiene una validez de diez años. Así queda estipulado en el Real Decreto para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios.
Se trata del distintivo que señala el nivel de calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio o partes del mismo.
Será el órgano competente de cada Comunidad Autónoma en materia de certificación energética el que se encargue de establecer las condiciones especificas para proceder a su renovación o actualización.
El Real Decreto no obliga a las comunidades de vecinos a la realización de un certificado conjunto ya que no están frecuentados habitualmente por el público. Aunque si que es interesante desde el punto de vista económico la realización de un certificado conjunto ya que el precio de certificar el edificio entero será menos al de certificar vivienda por vivienda.
Es el proceso por el cuál se obtiene el certificado energético. Para completar la certificación energética de un inmueble un técnico certificador debe realizar las pruebas y comprobaciones necesarias al inmueble, calcular el certificado energético y registrarlo en la administración correspondiente.
El propietario o promotor del inmueble que se pongan en venta o alquiler y que no disponga ya de su certificado energético en vigor, es el responsable de obtener el certificado de eficiencia energética.
Además, desde 2007 es obligatorio el certificado energético para edificios de nueva construcción, así que aquellos cuya proyección y construcción haya sido realizada después de ese año deben contar con su calificación energética.
Los edificios o partes de edificios pertenecientes u ocupados por una Administración Pública que tengan una superficie útil total superior a 250 m2 también tienen la obligación de obtener un certificado de eficiencia energética.
El Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, también establece la obligatoriedad de obtener el certificado energético para construcciones con una superficie útil total superior a 500 m2 y destinadas a un uso administrativo, comercial, sanitario, residencial público, docente, cultural, recreativo, logístico, hostelero o deportivo.
Por otra parte, es obligatorio el certificado energético para los edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones, especialmente si afectan a la envolvente térmica.
Con el certificado energético se pretende concienciar a los futuros compradores e inquilinos de la importancia de habitar una vivienda más eficiente. Además se quiere fomentar la demanda de inmuebles eficientes desde el punto de vista energético. La intención es que al informar sobre el comportamiento energético de un inmueble, para que se tenga en cuenta que con mejor calificación energética menos gasto en energía, y por lo tanto menores facturas anuales.
El certificado energético lo realiza un técnico certificador competente
Según establece el Real Decreto 390/2021, los técnicos competentes son aquellos en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de cualquiera de los proyectos de edificación, dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética. Estas titulaciones son: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.
A través de :
Inspecciones: la administración autonómica competente realizar la labor inspectora, para velar por su cumplimiento y detectar casos de falseamiento o fraude.
Sanciones: el vendedor o arrendador podrá ser multado por infracción de la normativa y de los derechos de los consumidores.
Reclamaciones: el comprador o inquilino podrá reclamar al vendedoro arrendador por no haber cumplido el deber de información al consumidor.
Si a la entrada en vigor del Real Decreto, el 1 de junio de 2013 ya existía contrato de arrendamiento no es necesario obtener el certificado, así como tampoco en el caso de que el contrato de arrendamiento se renueve al mismo inquilino. Sí que será necesario la obtención del certificado de eficiencia energética en caso de realizar un nuevo contrato.
No, el Real Decreto sólo obliga a la obtención de la calificación energética. El técnico establecerá unas medidas de mejora y reforma, pero dependerá del criterio del propietario el realizarlas o no.
Relativas a la envolvente y a elementos constructivos. Entre ellas podemos encontrar mejoras en fachadas, cubiertas, y huecos, como la sustitución de ventanas y vidrios.
Relativas a los sistemas de climatización. Mejoras en los equipos de climatización y producción de agua caliente sanitaria y, en el caso de edificios terciarios, la iluminación. Por ejemplo la sustitución de calderas por otras de alto rendimiento o condensación.
No. El certificado energético debe estar incluido en la información que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino, por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación.
Un local comercial se puede certificar una vez esté acabado, con acabados, cierres, etc. Además, los edificios industriales destinados a talleres u otras actividades no necesitan certificado energético.
La visita para certificar un inmueble puede durar más o menos dependiendo del tipo de inmueble y la cantidad de factores a analizar, así como ventanas, sistemas de climatización, etc. Por norma general, el tiempo que necesita el técnico certificador es de 30 minutos.
Sí, es posible mejorar la calificación energética de tu hogar. Para conseguir una mejor calificación debes realizar una serie de reformas, así como; mejorar los sistemas de aislamiento, calefacción y refrigeración, también incorporar energías renovables y utilizar electrodomésticos eficientes, entre otras.
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