Segregación de fincas
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¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en A Coruña?
Una vez que hayas seleccionado al técnico adecuado, el siguiente paso es la realización de un levantamiento topográfico. Este estudio es fundamental para conocer con precisión las dimensiones y características del terreno. Con esta información, el técnico elaborará un plano detallado de la finca y un informe técnico que describirá las condiciones y posibilidades de la segregación.
Posteriormente, tendrás que presentar este informe junto con otros documentos requeridos, como la escritura de propiedad, en el Ayuntamiento correspondiente. El técnico también puede asistirte en esta fase, asesorándote sobre los trámites burocráticos y ayudándote a cumplimentar la documentación necesaria.
Recuerda que en A Coruña, la normativa urbanística puede variar según el municipio, por lo que es esencial contar con un técnico que conozca bien las regulaciones locales. Al cumplir con todos estos pasos y contar con la asesoría adecuada, podrás obtener la segregación de tu finca de manera efectiva y sin contratiempos.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en A Coruña?
Se han solicitado 58 presupuestos de segregación de fincas en A Coruña . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Segregación de fincas con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias