Segregación de fincas
en Almería
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¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en Almería?
El primer paso es contactar con un técnico, como un arquitecto o un ingeniero agrónomo, que esté familiarizado con la normativa local en Almería. Este profesional realizará un estudio de la finca para determinar la viabilidad de la segregación. Posteriormente, se elaborará un proyecto que incluirá planos detallados y una memoria descriptiva, elementos esenciales para presentar la solicitud ante el Ayuntamiento correspondiente.
Es importante verificar que todos los documentos requeridos estén completos y correctamente elaborados. Durante este proceso, el técnico puede facilitar el contacto con el Ayuntamiento y gestionar cualquier consulta o modificación que se le requiera. Tras la aprobación municipal, se procede a la inscripción de las nuevas fincas en el Registro de la Propiedad.
Contar con un técnico cualificado asegura que el proceso se realice de manera eficiente y conforme a la legislación vigente en Almería, garantizando así un trámite sin contratiempos. A través de este método, obtener la segregación de fincas se convierte en una tarea manejable y rápida.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en Almería?
Se han solicitado 30 presupuestos de segregación de fincas en Almería . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias