Segregación de fincas
en Valencia
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¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en Valencia?
El primer paso es contar con un técnico competente, como un arquitecto o ingeniero agrónomo, que realice un levantamiento topográfico detallado. Este levantamiento es crucial para definir los nuevos límites de las fincas. Con esta información, el técnico elaborará un plano de segregación y una memoria descriptiva que incluirá datos relevantes sobre la superficie, lindes y características de las nuevas fincas resultantes.
Una vez confeccionada la documentación técnica, será necesario presentar una solicitud de licencia de segregación ante el Ayuntamiento correspondiente de la provincia de Valencia. El técnico podrá asesorarte sobre la normativa local y los requisitos específicos que se deben cumplir. Tras obtener la licencia, deberás inscribir la segregación en el Registro de la Propiedad, lo que formalizará la división de las fincas.
En resumen, contar con un técnico especializado no solo asegura que el proceso sea completo y sin contratiempos, sino que también te brinda la tranquilidad de saber que todo se realiza conforme a la ley en Valencia.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en Valencia?
Se han solicitado 72 presupuestos de segregación de fincas en Valencia . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Segregación de fincas con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias