Antes que dar las sencillas pautas para diseñar de manera correcta una rampa de minusválidos, recordemos dos conceptos importantes, el de los derechos de las personas con discapacidad y la definición de la Accesibilidad Universal.

Derechos de personas con discapacidad

  1. Una solución que no es segura, no es accesible.
  2. Un escalón es una barrera. Una rampa debe tener la pendiente adecuada en los dos sentidos.
  3. La puerta del baño adaptado se debe abrir hacia afuera o ser corredera.
  4. El pomo no es un dispositivo accesible porque no puede girarse con facilidad sin utilizar los dedos.

Definición de Accesibilidad Universal

La accesibilidad universal es la posibilidad de que cualquier persona pueda realizar una acción con las mismas condiciones que el resto de las personas. Esto supone un titánico trabajo en sistemas de adaptación de elementos para discapacitados y solamente en las últimas dos décadas nos estamos encontrando como algo habitual con estos dispositivos de “normalización”, que no solamente hacen un mundo mejor para los discapacitados, sino que por un efecto de rebote, hacen que el diseño generalizado se vea más cuidadoso y solidario. Y esto no debería suceder solamente en el campo de la arquitectura, sino en el de la medicina, informática, domótica y diseño web.

Una vez presentada la materia, hay que conocer que para diseñar de manera correcta una rampa de minusválidos debemos recurrir al Código Técnico de la Edificación, en concreto al DB-SUA Apartado 4.3.

Medidas de las rampas para minusválidos

En líneas generales, si nos quedamos exclusivamente con la respuesta del enunciado, el ancho mínimo de cualquier rampa de minusválidos debe ser de 1,20 metros, con una pendiente máxima del 6% para todos los casos. Así nos aseguraremos siempre cumplir con la normativa.

Pero, como siempre, hay matices que nos permiten jugar con algo más de margen. En las comunidades de propietarios deberemos tener en cuenta las prexistencias para dar una correcta solución de accesibilidad. En bastantes ocasiones es difícil y hay que recurrir a sistemas mecánicos. Por eso mismo, en los informes de Inspección Técnica de Edificios (ITE) e Informes de Evaluación de Edificios (IEE), ya se exige un Informe de Accesibilidad aparte.

Para tramos menores de 3 metros, se permitirá una pendiente máxima del 10%. Para tramos comprendidos entre 3 y 6 metros (esta medida excluida), la pendiente máxima será de un 8%. Y para tramos de 6 metros para arriba, la pendiente máxima será del 6%.

  • Tramo máximo de una rampa 

Suponiendo que debamos salvar una distancia mayor de 9 metros, la rampa tendrá que ser de dos tramos, ya que precisamente es de 9 metros el máximo permitido para una rampa en recta.

  • Mesetas de la rampa

Se trata de los descansos entre los diferentes tramos de la rampa, supongan un cambio de dirección o no. La longitud mínima será de 1,5 metros y jamás se reducirá la anchura mínima en dichos rellanos.

Alejandro Darias Mateos
¿Eres un profesional?
Recibe ofertas de trabajo y contacta con nuevos clientes
¿Eres un profesional?
Recibe ofertas de trabajo y contacta con nuevos clientes

Tabla de contenidos

Últimas publicaciones de Legislación y Normativas

Normativa de pisos turísticos por comunidades autónomas en España
El alquiler de pisos turísticos en España está regulado por normativas que dependen de cada Comunidad Autónoma. Aunque existen diferencias...
Cómo declarar las criptomonedas en la renta 2023
Las criptomonedas están cambiando la cara del mundo financiero. Pero, a medida que su aceptación se generaliza, también lo hacen...
Descubre todo lo que necesitas saber de la licencia turística en Galicia
Desde hace unos pocos años es habitual, cuando buscamos en páginas de hoteles para reservar una habitación, encontrar muchas de...