Si estás pensando en abrir un negocio, probablemente estés confuso con todos los trámites administrativos. 

La duda más frecuente surge cuando queremos retomar la actividad de un local que está a punto de cerrar o que ya lo ha hecho. ¿Se necesita la licencia de apertura en este caso? Sigue leyendo este artículo para conocer más sobre las licencias de actividad.

¿Qué es la licencia de actividad?

La licencia de actividad es un trámite administrativo necesario para poder abrir un negocio en cualquier municipio, por lo que se tendrá que solicitar en el Ayuntamiento de la localidad donde se encuentre el local.

La licencia se emitirá si se adapta a los requisitos marcados por el Plan General correspondiente o la normativa municipal, autonómica o nacional de aplicación en función de la actividad. Esta actividad comercial puede comprender desde un comercio al por menor hasta actividades relacionadas con el transporte, pasando por los servicios personales.

La normativa que debe cumplir un local para obtener de la licencia de actividad contempla aspectos técnicos, medioambientales, higiénicos y urbanísticos. De ellos, los más importantes son los relativos a la seguridad, la protección contra incendios, accesibilidad, emisión de ruidos, etc.

Excepciones en la licencia de actividad

Según la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, España es uno de los países de la OCDE con más trabas administrativas en este ámbito. Por lo tanto, esta ley establece excepciones en la necesidad de una licencia de actividad en los siguientes casos.

  • Comercios minoristas en establecimientos permanentes de menos de 300 m2.
  • Cambios de titularidad en las actividades comerciales o de servicio.
  • Obras de acondicionamiento del local para desempeñar la actividad prevista, siempre y cuando no requieran de un proyecto de obra. 

En estos casos, se pedirá una declaración responsable o comunicación previa. Esta manifestación explícita supone que la persona que la firma asume la responsabilidad de cumplir con todas las exigencias previstas. 

A pesar de que de esta manera no se necesitan revisiones previas, sí se podrán realizar inspecciones a posteriori y, en caso de no cumplir con la normativa, el propietario podrá ser sancionado.

¿Cuándo caduca la licencia de actividad?

La licencia de actividad, una vez concedida por el Ayuntamiento, no caduca. Sin embargo, si un negocio cesa su actividad y cierra las puertas al público, dejará de tener en vigencia la licencia pasado un período de tiempo que viene marcado por la normativa municipal.

En cuanto a la transmisión de las licencias de actividad, se puede cambiar la titularidad de una licencia en vigor siempre y cuando el negocio no lleve cerrado más tiempo del establecido para poder realizar dicho cambio. Además, la nueva actividad a desarrollar tendrá que ser la misma o equivalente a la anterior y no se podrán realizar reformas sustanciales en el local.

Este cambio de titularidad se solicita en los servicios municipales correspondientes mediante una comunicación previa. Una vez realizados estos trámites, se podrá abrir el negocio bajo el nombre del nuevo titular.

Por otro lado, la licencia de actividad puede estar a nombre del arrendador del local en el que se realiza la actividad, siempre y cuando tenga dada de alta la actividad en Hacienda.

¿Cómo se puede saber si un local tiene licencia de actividad?

Para saber si un local tiene licencia de actividad en vigor, hay que realizar una solicitud de información en los servicios de urbanismo del Ayuntamiento. Para proceder con esta consulta, es necesario tener unos datos básicos de la actividad, tales como:

• La referencia catastral del local en el que se desarrolla la actividad.

• Los datos fiscales de la empresa que está desarrollando la actividad.

Una vez comprobados los datos, si el local no dispone de la licencia, tendríamos que hacer una, pero solo en el caso de que no nos sirva una declaración responsable. 

También nos podemos encontrar en la situación de querer iniciar nuestra actividad en un local embargado o que hayamos accedido a un local traspasado con licencia problemática. En ese caso, tendríamos que asegurarnos de que las cargas no nos afectarían a nosotros. Por otro lado, si se ha embargado una licencia por irregularidades, se tendrían que subsanar para volver a tener la licencia. En caso de no hacerlo, existe el riesgo de sanción tanto administrativa como económica.

Ruben Ferreño Gonzalez
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