Comprar una segunda vivienda
Para muchos tener una segunda residencia es una enorme ventaja. ¿A quién no le gusta retirarse del estresante ritmo de la ciudad para refugiarse en la costa o en la montaña? ¿A quién no le gustaría heredar un piso? ¿Acaso no sabéis lo fácil que es conseguir una hipoteca a día de hoy?
Hay varias razones por las cuales España es la tercera nación de Europa en cuanto a la cantidad de segunda residencia se refiere, con un 36,2%. No obstante, tener una segunda vivienda no es tan fácil como la mayoría cree. No nos referimos solo a responsabilidades o facturas, hablamos de los impuestos.
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La segunda vivienda, tal y como la conocemos, tributa una renta presunta o imputación de renta inmobiliaria. A continuación, te mostramos los requisitos para considerar que un inmueble sea segunda residencia.
¿Qué es una segunda residencia?
- Es un inmueble urbano. Es decir, se encuentra en zonas urbanas, bajo el registro de un ayuntamiento, catalogado como casa, edificio, nave o local.
- No constituye la vivienda habitual del contribuyente.
- No genera rendimientos de capital inmobiliario. En otras palabras, no se alquila.
- No se usa para llevar a cabo una actividad económica. Por ejemplo, no es ninguna oficina o sede comercial.
Aunque el inmueble no genere una renta real, se debe declarar una renta a anual en la declaración del IRPF equivalente al 2% del valor catastral o 1,1% si el valor se hubiera revisado en los últimos 10 años.
Ya, por último, si el inmueble no ha estado en el patrimonio del contribuyente durante un año completo o hubiera generado rendimiento parte de ese año, la imputación de renta inmobiliaria se debe prorratear en función del tiempo que éste haya estado a disposición de sus titulares.