En relación a la realización de obras en casa se debe tener en cuenta que cada Ayuntamiento tiene competencias; estas competencias habitualmente vienen explicadas en la normativa municipal de ruidos, que en el caso del Concello de A Coruña, es la Ordenanza Municipal Contra la Contaminación Acústica, aprobada en Julio de 2014.

En el  caso de realización de obras, hay que tener en cuenta:

  • Si las obras van a producir ruido.
  • El día o días en el que se van a realizar
  • Si el ruido de las obras a realizar excede el permitido por la normativa.

¿En qué horario se pueden hacer obras los fines de semana?

Según el artículo 50 de la Ordenanza Municipal, se prohíbe la realización  de obras que transmitan algún tipo de ruido o vibración al interior de viviendas o locales, desde las 21.00 horas hasta las 8,00 h, en días laborales. Tampoco se permite la realización de obras los sábados y los domingos.

El Ayuntamiento podrá eximir a los titulares de las obras en los siguientes casos:

a. Obras de reconocida urgencia.

b. Aquellas cuya demora en su realización pudiera comportar peligro de hundimiento, corrimiento, inundación explosión o riesgo de naturaleza análoga.

c. Obras que por sus características no resulten convenientes ejecutarse durante el período diurno. Tendrán publicidad previa y seguimiento por la Policía Local mientras estos trabajos se encuentren en ejecución.

d. Aquellas operaciones en las que de forma razonada, sea técnicamente inviable cumplir las limitaciones acústicas determinadas. Tendrán publicidad previa y seguimiento por la Policía Local mientras estos trabajos se encuentren en ejecución.

Para obtener la autorización municipal para estos supuestos se tramitará una  solicitud, en la que se especificará horario, duración, período de actuación, maquinaria utilizada y memoria justificativa de la necesidad de la exención del cumplimiento de la Ordenanza Municipal. En muchos ayuntamientos estas licencias son llamadas licencias de obra menor o mayor dependiendo de la amplitud de la obra.

¿Tiene alguna sanción la realización de ruidos de obras los sábados y domingos?

Según la Ordenanza Municipal, se considera falta grave el incumplimiento de los horarios autorizados para la realización de obras, por lo que, en caso de hacer ruido de obras en sábados, domingos o por la noche, si no se dispone de autorización municipal, se sancionará con una multa entre 601 € hasta 12.000€.

La recomendación es que te asegures de la normativa específica de tu ciudad antes de emprenderte en las obras, y que solicites todas las licencias necesarias para no incurrir en una falta.

Ruben Ferreño Gonzalez
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