El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, la inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.
Es bastante habitual que haya un error de titularidad catastral en una finca. Los casos más comunes son:
- No se aparece como titular catastral de una parcela que es tuya.
- Se aparece como titular catastral en una parcela que ya no es tuya.
- No aparecen todos los propietarios como titulares de una parcela catastral.
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¿Cómo se tramita?
La realización del cambio de titularidad catastral y de propiedad se debe tramitar:
- Tras la compraventa, donación o herencia de una finca, es decir, cuando la finca cambia de propietario.
- Cuando se modifiquen los porcentajes de propiedad de una parcela.
- Cuando la parcela tenga una Titularidad Catastral Errónea hay que realizar un procedimiento de Rectificación de Errores en Catastro.
¿Cómo se puede realizar la modificación de datos catastrales erróneos?
Para solicitar la corrección de errores catastrales, se puede iniciar el trámite de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Catastro, o cumplimentando el modelo de subsanación de discrepancia de catastro.
Los impresos de cada modelo se pueden obtener gratuitamente en las Gerencias Territoriales del Catastro, en las Delegaciones de Economía y Hacienda o en Ayuntamientos colaboradores.
Además, se deberá aportar la siguiente documentación:
- Original y fotocopia del documento que origine la alteración, ya sea escritura pública, contrato privado, sentencia judicial, certificación del Registro de la Propiedad u otros, a efectos de comprobación.
- En caso de adquisición del bien o derecho en común por los cónyuges, se debe aportar original y fotocopia, o copia cotejada, del Libro de Familia o cualquier documento que acredite tal condición.
- Si se trata de un derecho de superficie o una concesión administrativa sobre parte de un bien inmueble, se debe presentar la documentación con planos a escala y todas las cotas necesarias para realizar el cálculo de superficies. Esta documentación representará el inmueble antes y después de constituir la concesión administrativa o derecho de superficie.
Cuando se tramite la modificación de la titularidad o la variación de las cuotas de participación afectando simultáneamente a bienes inmuebles urbanos y rústicos, se presentarán dos declaraciones diferentes, una para cada tipo.