Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
en Alicante
- Home
- Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
- Comunidad Valenciana
- Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en la comunidad de Comunidad Valenciana
¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Alicante?
Para impugnar un acuerdo, es fundamental que el propietario disconforme con la decisión tomada por la Junta sea titular de al menos uno de los inmuebles que componen la comunidad y que se encuentre al corriente en el pago de todas las deudas comunitarias, a no ser que la impugnación se base en la existencia de una cuota indebida, en cuyo caso podría impugnar aunque existiesen deudas pendientes.
El plazo para impugnar es crítico: se tiene un plazo máximo de tres meses desde la adopción del acuerdo por parte de la Junta de propietarios para los acuerdos contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad, y de un año si el acuerdo es gravemente lesivo para la comunidad pero no viola la ley ni los estatutos.
El proceso comienza presentando una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde esté situada la finca. Es aconsejable contar con la asesoría legal de un abogado especializado en derecho inmobiliario o propiedad horizontal. En la demanda, se deberán detallar los motivos de impugnación, presentando las pruebas que se consideren necesarias para fundamentar la impugnación.
Además, si el acuerdo impugnado implica una obra que puede ocasionar perjuicios a la propiedad o a los propietarios, se puede solicitar como medida cautelar la suspensión inmediata de dicha obra hasta que se resuelva el litigio.
Hay que recordar que cualquier propietario que no asistió a la junta donde se tomó el acuerdo o que habiendo asistido votó en contra del mismo, tendrá legitimidad para impugnar. Aquellos que estuvieron ausentes deben hacer constar su desacuerdo con el acuerdo en el plazo de 30 días naturales a partir de la fecha en que se les notifique la adopción del acuerdo de forma fehaciente.
La impugnación, además de los motivos ya mencionados, puede prosperar si se demuestra que los acuerdos fueron tomados sin la convocatoria adecuada o sin el quórum necesario, o si se tomaron decisiones que perjudican de forma manifiesta a un propietario en beneficio de otro sin justificación suficiente.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Alicante?
Se han solicitado 37 presupuestos de impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Alicante . El precio mínimo son 150€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre impugnación de acuerdos comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.