ITEF inspección técnica edificios funerarios
¿En qué consiste una itef inspección técnica edificios funerarios? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre itef inspección técnica edificios funerarios
¿Cuándo solicitar una ITEF inspección técnica funeraria?
En Zaragoza, la Delegación de Cementerios de su ayuntamiento aprobó la Inspección Técnica de la Edificación Funeraria (ITEF). Esta inspección es obligatoria para los titulares de edificaciones funerarias dentro de los cementerios de gestión municipal que, por su antigüedad y falta de mantenimiento, supongan un riesgo para los trabajadores municipales que realizan tareas de enterramiento.
El plazo fijado por el ayuntamiento para pasar esta inspección técnica es de tres meses, aunque se pueden solicitar prorrogas siempre y cuando sean necesarias obras de adecuación o mejora.
Además de los aspectos de seguridad y salubridad, con esta Inspección Técnica de Edificios Funerarios, el Ayuntamiento de Zaragoza podrá ponerse al día y recapitular información sobre los cementerios como superficies, titulares, número de edificaciones funerarias y de unidades funerarias y titulares actuales, entre otras cosas.
En otros municipios pueden llevarse a cabo medidas parecidas dado que el estado de conservación de las edificaciones funerarias en cementerios municipales no es el deseable. Existen varios informes elaborados por ayuntamientos como el de Madrid que reflejan la necesidad de obras de rehabilitación en cementerios como el de la Almudena.
Aunque no haya sido la principal motivación para implantar una Inspección Técnica de la Edificación Funeraria, podría significar la primera de una serie de medidas orientadas a fomentar la conservación del patrimonio y el arte funerario. Muchos de los cementerios de nuestro país albergan arquitectura funeraria de gran interés y asociada a esta arquitectura la cultura transmitida a través de los usos y costumbres funerarias
La Inspección Técnica de las Edificaciones Funerarias es necesaria porque en caso de incumplir con este requerimiento municipal, el ayuntamiento está facultado para cerrar la unidad funeraria, aunque sea de titularidad privada.
De manera que, si has recibido el aviso del ayuntamiento, es imprescindible saber qué pasos seguir para obtener una resolución de Inspección Técnica de las Edificaciones favorable dentro de los plazos que han sido fijados por el ayuntamiento.
La conservación y el mantenimiento de las edificaciones funerarias deben cumplir con las medidas de seguridad y salubridad que la normativa contempla. La inspección pretende evitar situaciones de riesgo que puedan poner en peligro a los trabajadores del cementerio o transeúntes como el desprendimiento de elementos arquitectónicos. Hay que tener en cuenta el auge del turismo a cementerios singulares, de manera, que el número de visitantes a este tipo de edificios va en aumento.
La Inspección Técnica de la Edificaciones Funerarias en Zaragoza es un trámite que deberá cumplirse en tres meses. De manera, que deberás ponerte en contacto con el técnico o el estudio de arquitectura con tiempo suficiente para que pueda redactar el informe.
Dependiendo de la antigüedad, las dimensiones y la naturaleza de la edificación funeraria (capilla, panteón, conjuntos escultóricos conjuntos artísticos o mausoleos, entre otros) el arquitecto puede tardar de dos o tres días a varias semanas. En el caso del cementerio de Torrero de Zaragoza, hay que tener en cuenta que cuenta con edificaciones de 1834, fecha en que se inauguró.
¿Qué es la ITEF inspección técnica funeraria?
La Inspección Técnica de la Edificación Funeraria o ITEF es, en realidad, una inspección técnica de edificaciones que tiene en cuenta las características de los tipos de edificación clasificados como funerarios. El Ayuntamiento de Zaragoza ha sido el pionero en establecer una inspección técnica para la edificación funeraria, aunque en otros municipios y ciudades existen ordenanzas que regulan el uso y funcionamiento de las construcciones de enterramiento.
La Inspección Técnica de la Edificación Funeraria (ITEF) tiene por objetivo garantizar las condiciones de salubridad, seguridad, conservación y ornato público en las edificaciones funerarias como cementerios y en particular las capillas y panteones.
El Ayuntamiento de Zaragoza ha querido regular y establecer medidas de supervisión para garantizar que se cumplen las normas establecidas por el consistorio en relación con las medidas sanitarias mortuorias. También se propone garantizar el cumplimiento de la normativa de seguridad o salubridad laboral de los trabajadores municipales encargados de los trabajos de enterramiento.
Esto es de especial importancia en edificaciones funerarias que se encuentran en las zonas más antiguas de los cementerios, algunas con una antigüedad de más de un siglo. Por ejemplo, en los panteones y capillas. En estos lugares el riesgo para los trabajadores municipales y visitantes puede ser mayor debido a la falta de mantenimiento lo que ha resultado en el deficiente estado de conservación de las arquitecturas.
Una de las causas de esta situación en la conservación de las edificaciones funerarias es que a veces resulta difícil saber la titularidad de las mismas por el largo tiempo transcurrido desde que la primera concesión tuvo lugar.
Dado que las leyes autonómicas, y en este caso, la Ley de Administración Local de Aragón otorga a los municipios autonomía para actuar en los ámbitos de los servicios funerarios y servicio de cementerio, el Ayuntamiento de Zaragoza aprobó una Ordenanza Municipal de Cementerios de Zaragoza de la que emana la Inspección Técnica de la Edificación Funeraria (ITEF).
La puesta en marcha de la Inspección Técnica de la Edificación Funeraria, aprobada por la Delegación de Cementerios, comenzó en el Cementerio de Torrero. La Delegación determinó la evaluación y la inspección de más de mil trescientas capillas y panteones. La ordenanza es de obligado cumplimiento para los propietarios de este tipo de edificaciones y el ayuntamiento podrá clausularlas si en los plazos establecidos no se ha presentado el informe técnico al ayuntamiento para tramitar la ITEF.
El ayuntamiento pedirá a los titulares de las edificaciones funerarias:
-Una ficha descriptiva de la unidad de enterramiento.
-Un informe técnico que siga el modelo oficial normalizado redactado por un arquitecto licenciado o diplomado visado por el colegio profesional del que el técnico sea miembro.
Existen dos modelos de informes técnicos uno para panteones y otro para capillas. Si los titulares no presentan la documentación o si ante un informe desfavorable no realizan las obras de rehabilitación exigidas, el ayuntamiento tiene potestad para clausurar la unidad funeraria.
Normativa y requisitos de la ITEF inspección técnica funeraria
La legislación aplicable a la regulación de los cementerios municipales es muy dispersa. Cada municipio ha desarrollado sus propias ordenanzas para regular el servicio público en materia de cementerios. Prueba de ello es la Inspección Técnica de la Edificación Funeraria.
El Ayuntamiento de Zaragoza ha sido el primero en establecer una Inspección Técnica de las Edificaciones Funerarias y por ese motivo, expondremos la normativa que hace referencia a este trámite cuyo objetivo es garantizar que las construcciones funerarias de titularidad privada cumplan la normativa vigente en relación con la seguridad y salubridad de los trabajadores municipales de los cementerios, así como la de los visitantes y transeúntes.
Sin embargo, hay que mencionar en primer lugar una ley de ámbito nacional, la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevención de Riesgos Laborales. El cumplimiento de esta ley en el ámbito laboral de los trabajadores municipales de los cementerios de Zaragoza fue el principal motivo que impulsó al Ayuntamiento de Zaragoza a establecer una Inspección Técnica de las Edificaciones Funerarias (ITEF). El estado de conservación y las características constructivas de estas edificaciones funerarias, sobre todo las de más antigüedad, comprometían la seguridad de los trabajadores.
Centrándonos en la normativa que hace alusión directa a la ITEF, mencionamos, a continuación, las más representativas:
Este Decreto del Gobierno de Aragón reconoce la vigencia del Decreto 2263/1974 de 20 de julio de ámbito nacional que regula la Policía Sanitaria Mortuoria. Sin embargo, cree necesaria una actualización del mismo debido al avance de las técnicas constructivas. Dado que las comunidades autónomas tienen la capacidad competencial en materia de sanidad e higiene, la Delegación de Cementerios del Ayuntamiento de Zaragoza se inspira en el artículo 6.3 de este Decreto para conformar el cuerpo normativo que rige la Inspección Técnica de la Edificación Funeraria.
La ordenanza es de aplicación a varios cementerios de Zaragoza como el de Torrero, Alfocea, Monzalbarba entre otros. Pero la Inspección Técnica de la Edificación Funeraria se refiere, de momento, al cementerio de Torrero por la antigüedad e interés de sus construcciones funerarias.
Este decreto junto con el Decreto 106/1996 de 11 de junio son de especial importancia cuando en el informe del técnico para la Inspección Técnica Funeraria arroja un dictamen no favorable. En estos casos hay que llevar a cabo obras de rehabilitación o subsanación. Este tipo de obras en construcciones funerarias requieren el cumplimiento de unas medidas de seguridad especiales porque su ejecución puede dar pie al traslado de restos humanos.
Como botón de muestra para ilustrar que en otros municipios existe también normativa similar citamos también el Reglamento de Sanidad Mortuoria de Madrid y la Ordenanza de Protección de Salud Pública de Madrid. En el caso de Madrid, hay que tener en cuenta los estudios que reflejan el mal estado de conservación de muchos cementerios municipales y que el Ayuntamiento de Madrid ya se plantea poner en marcha planes de rehabilitación.
¿Cómo conseguir una ITEF inspección técnica funeraria?
Para tramitar una Inspección Técnica de la Edificación Funeraria, tendrás que ponerte en contacto con un estudio de arquitectura o bien con un profesional, arquitecto licenciado o diplomado, que sea miembro del Colegio Profesional de Arquitectos. Esto es importante que lo tengamos en cuenta porque el ayuntamiento exige que el informe técnico que se les presente esté visado por el colegio profesional correspondiente.
El ayuntamiento solicita a los titulares de edificaciones funerarias (capillas, panteones y mausoleos) en cementerios de gestión municipal la presentación de una ficha descriptiva de la unidad de enterramiento que deberá ir acompañada del correspondiente informe técnico. Este informe debe ajustarse a la normalización que el ayuntamiento ha previsto para este tipo de inspecciones.
El impreso de la ficha técnica de construcciones funerarias para la inspección técnica funeraria consta de cuatro bloques. En el primer bloque se tiene que indicar su emplazamiento, la zona del cementerio, la referencia catastral, en número de capilla o panteón.
En el segundo bloque, nos pedirá una serie de datos: los datos del titular de la construcción funeraria y el NIF o CIF. En el tercer bloque se tiene que hacer constar los datos del representante (su nombre, dirección y teléfono de contacto)
Y por último en el cuarto bloque tiene que cumplimentarse con los datos de titularidad y ocupación. Aquí, se indica el tipo de edificación funeraria (capilla, semicapilla o panteón) la duración de la concesión, la superficie útil y construida en metros cuadrados, el número de nichos y el número de nichos ocupados. Además, de otros datos sobre dimensionado, altares, altura de la construcción, año de construcción y si la construcción funeraria es un bien catalogado o protegido.
El Ayuntamiento de Zaragoza tiene dos modelos de informe técnico para la Inspección de la Edificación Funeraria. Uno es para capillas y el otro, para panteones. Los dos impresos para el informe técnico son iguales, salvo en la parte que hace referencia a los elementos constructivos propios de cada una de las edificaciones funerarias.
En los impresos de informe técnico se indica la normativa aplicable en relación con el estado de conservación y seguridad de las construcciones funerarias y en la parte final de los mismos aparece la certificación de dictamen favorable en el que se hace constar el técnico o los técnicos que han elaborado el informe su o sus números de colegiados, la fecha y sello de los visados colegiales además de la firma de los técnicos.
El informe técnico tiene que evaluar las características constructivas de la edificación funeraria en relación con la seguridad laboral, el estado de conservación de las edificaciones funerarias y el estado de salubridad de las mismas.
Además, se deberán presentar como anexos al informe técnico y a la ficha descriptiva, fotografías tanto del exterior como del interior que sirvan para corroborar el estado de la edificación funeraria.
Cuanto cuesta itef inspección técnica edificios funerarios
La Inspección Técnica de Edificios Funerarios (ITEF) es un control técnico que deben pasar los edificios destinados a servicios funerarios para garantizar la seguridad, salubridad y ornato público, conforme a la normativa vigente. Esta inspección es obligatoria y debe ser realizada por profesionales cualificados en función de la antigüedad del edificio y las ordenanzas municipales aplicables.
El precio de la ITEF puede variar dependiendo de diversos factores, tales como el tamaño y la complejidad del inmueble. Para edificios de hasta 500 m², el precio medio se encuentra en torno a los 400€ y 800€. En el caso de edificios de entre 500 m² y 1.000 m², el coste medio se eleva a entre 800€ y 1.200€. Por último, para aquellos edificios funerarios de más de 1.000 m², el precio puede oscilar entre 1.200€ y 2.000€.
Además del tamaño, otras variables como la ubicación del edificio y la honorabilidad del técnico que efectúa la inspección influirán en el costo final. Tras la inspección, si se hallan deficiencias, es responsabilidad del titular del edificio realizar las reparaciones necesarias para cumplir con los estándares exigidos. La ITEF es una práctica esencial para asegurar que las instalaciones funerarias mantienen condiciones adecuadas para el ejercicio de su función.
150€ - 300€
7 - 15 días
Arquitecto o arquitecto técnico
No
¿Te surgen más dudas sobre itef inspección técnica edificios funerarios? Nosotros te las resolvemos
- Ficha técnica descriptiva de la construcción funeraria con los datos de la titularidad y de ocupación de la misma
- Informe técnico de la inspección técnica de capillas o de panteones emitido por profesional competente y en ejercicio, colegiado en el correspondiente Colegio Profesional.
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